Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 57 de 18/05/1999

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Consejería de Trabajo e Industria

ANUNCIO de la Dirección General de Cooperativas, sobre la notificación a la entidad Edica, SCA, de la Resolución que se cita.

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De conformidad con el artículo 59.4 de la Ley 4/99, de modificación de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y habida cuenta que ha sido intentada la notificación sin que haya surtido efecto, se notifica, por medio de este anuncio.

El tenor literal de la Resolución de fecha 7 de septiembre de

1998 es el siguiente:

Expte. núm.: 1021/97 (recurso ordinario), JC/mp.

Visto el recurso ordinario interpuesto por doña María del Carmen Gómez Perera, en nombre y representación de «Edica, S.C.A.¯, contra Resolución de la Dirección General de Cooperativas, de fecha 5 de marzo de 1997, por la que se acordó el archivo de la solicitud de subvención a la inversión que dio lugar al expediente SC.030.CA/96, declarando concluso el procedimiento.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Que como consecuencia del expediente instruido reglamentariamente, se dictó la Resolución que ahora se recurre, en la que se acordó el archivo de la solicitud de subvención y se declaró concluso el procedimiento, por no haber sido cumplimentado por la recurrente, dentro del plazo establecido, el requerimiento que se le efectuó en 2 de octubre de 1996, para que remitiera los documentos y datos que se hacían constar en la correspondiente notificación.

Segundo. Que contra la expresada Resolución se interpuso en tiempo y forma recurso ordinario, en el que la recurrente, en síntesis, alega haber enviado la documentación dentro de plazo y que si el motivo de la diligencia de archivo es que la documentación enviada no se ajusta a la requerida, debe abrirse un plazo de subsanación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Que esta Consejería de Trabajo e Industria es competente para conocer y resolver el presente recurso, a tenor de lo dispuesto en el art. 114.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; art. 39.8 de la Ley

6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía; Decreto del Presidente

132/1996, de 16 de abril, sobre Reestructuración de Consejerías, y Decreto 316/1996, de 2 de julio, de Estructura Orgánica de la Consejería de Trabajo e Industria, habiendo sido observadas en la tramitación las prescripciones legales y reglamentarias de aplicación.

Segundo. Que, efectivamente, como puede deducirse de su simple observación, los documentos y justificaciones aportados con el escrito presentado en 15 de octubre de 1996 no daban cumplimiento a los contenidos del requerimiento realizado el día 2 anterior, sin que el artículo 71.1 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, prevea un doble trámite de subsanación al respecto, por lo que ha de entenderse correctamente producido el archivo decretado.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Consejería de Trabajo e Industria

RESUELVE

Desestimar el recurso ordinario interpuesto por doña María del Carmen Gómez Perera, en nombre y representación de «Edica, S.C.A.¯, contra Resolución de la Dirección General de

Cooperativas de fecha referenciada, confirmando la misma en todos sus términos.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía

administrativa, podrá interponerse recurso contencioso- administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, previa comunicación a este órgano, de conformidad con lo establecido en los artículos 57.2 y 58 de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de

1956. Sevilla, 7 de septiembre de 1998. El Consejero de Trabajo e Industria, P.O. (Orden de 8 de julio de 1996, BOJA núm. 87, de 30 de julio de 1996), El Viceconsejero, Antonio Fernández García.

Sevilla, 16 de abril de 1999.- El Director General, Fernando Toscano Sánchez.