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Es competencia del Servicio Andaluz de Salud prestar la asistencia sanitaria adecuada a los ciudadanos y promover todos los aspectos relativos a la mejora de dichas actuaciones, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 18 de la Ley General de Sanidad, condiciones que se extienden más allá de la prestación asistencial, que debe ser entendida en un sentido totalizador del conjunto de atenciones y prestaciones en que se presta la asistencia.
La Cruz Roja es una Institución Humanitaria de carácter voluntario y de interés público, que desarrolla su actividad bajo la protección del Estado, ajustándose a lo previsto en los Convenios Internacionales sobre la materia suscritos y ratificados por España, al R.D. de las Normas de Ordenación de la Cruz Roja Española de 27 de noviembre de 1987, a la legislación que le sea aplicable y a sus propias normas internas.
Según Resolución de 11 de noviembre de 1996, del Consejero de Asuntos Sociales, el Centro de Drogodependencias de la Cruz Roja en Córdoba está acreditado como Centro Dispensador de Metadona, dependiente de la Asamblea Provincial de la Cruz Roja Española de Córdoba.
La Delegación Provincial de Salud de Córdoba reconoce y valora muy positivamente la labor humanitaria que la Cruz Roja Española viene desarrollando.
La existencia en Córdoba capital de una bolsa de 250 pacientes adscritos al Programa de dispensación de metadona, hace necesario, para su correcta realización, unas dependencias de características especiales.
En consecuencia, de conformidad con lo previsto en el artículo
13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en uso de las facultades de representación legal del Organismo que me atribuye el artículo
69 de la Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía, y el artículo 11 del Decreto 317/96, de 2 de julio, por el que se establece la Estructura Orgánica Básica de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluz de Salud, esta Dirección-Gerencia
RESUELVE
Primero. Delegar en el Delegado Provincial de Salud de Córdoba la competencia necesaria para suscribir el Convenio de Colaboración para la dispensación de metadona entre la Delegación Provincial de Salud de Córdoba y la Asamblea Provincial de Cruz Roja Española de Córdoba.
Segundo. Esta Resolución tendrá efectos a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 22 de abril de 1999.- La Directora Gerente, Carmen Martínez Aguayo.