Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 6 de 14/01/1999

2. Autoridades y personal2.1 Nombramientos, situaciones e incidencias

Consejería de Gobernación y Justicia

RESOLUCION de 2 de diciembre de 1998, de la Dirección General de Administración Local, por la que se deja sin efecto la acumulación de las funciones del puesto de trabajo de Secretaría del Ayuntamiento de Puerto Serrano (Cádiz), efectuada a favor de don Francisco Ruiz López.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Vista la petición formulada por el Ayuntamiento de Puerto Serrano (Cádiz), mediante acuerdo de fecha 30 de noviembre de

1998, por la que se solicita se deje sin efecto el nombramiento en régimen de acumulación efectuado a favor de don Francisco Ruiz López, funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala de Secretaría- Intervención, mediante Resolución de la entonces Dirección General de Administración Local y Justicia de fecha 26 de julio de 1994, a instancia del propio interesado, de confomidad con lo establecido en los artículos 31 y 37 del Real Decreto

1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, y en el Decreto 467/1994, de

13 de diciembre, por el que se asigna a la entonces Consejería de Gobernación las competencias atribuidas por las Disposiciones Adicionales Novena de la Ley 22/1993, de 29 de diciembre, y Tercera del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, relativas al régimen de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Esta Dirección General ha resuelto:

Dejar sin efecto la acumulación de las funciones del puesto de trabajo de Secretaría del Ayuntamiento de Puerto Serrano (Cádiz), a favor de don Francisco Ruiz López,

NRP 31631908/02/A3015, Secretario del Ayuntamiento de Zahara (Cádiz).

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con el artículo 48, apartado e), de la Ley 6/83, del Gobierno y la Administración de esta Comunidad Autónoma y el artículo 109, apartado d), de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía competente en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, previa comunicación de dicha interposición a esta Dirección General de conformidad con el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, anteriormente citada.

Sevilla, 2 de diciembre de 1998.- El Director General, Jesús Mª Rodríguez Román.

Descargar PDF