Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 6 de 14/01/1999

3. Otras disposiciones

Consejería de Turismo y Deporte

RESOLUCION de 2 de octubre de 1998, de la Secretaría General para el Deporte, por la que se pone a disposición de la Empresa Pública de Deporte Andaluz, SA, la piscina cubierta de las Instalaciones Deportivas de Carranque en Málaga.

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El Decreto 496/1996, de 26 de noviembre, autorizó la constitución de la Empresa Pública del Deporte Andaluz, S.A., siendo adscrita a la Consejería de Turismo y Deporte. Tanto el mencionado Decreto como los Estatutos de la Sociedad disponen que el objeto social de esta entidad instrumental está constituido, entre otros cometidos, por la gestión de las instalaciones deportivas que se pongan a su disposición para su uso y gestión por la Administración de la Junta de Andalucía.

Tras la constitución de la Empresa Pública y la adquisición de personalidad jurídica, la Orden de 16 de mayo de 1997, ha regulado la efectiva prestación de las actividades asignadas a la sociedad y ha puesto a disposición de la misma algunas instalaciones deportivas, determinando que los órganos competentes para poner a disposición de la empresa otras instalaciones deportivas y para asignarle la realización de actividades deportivas serán aquellos centros directivos que lo sean en función de las competencias atribuidas por el Decreto

181/1996, de 14 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Turismo y Deporte; en su disposición final primera faculta a la Secretaría General para el Deporte para dictar cuantas disposiciones sean precisas para la aplicación y desarrollo de la Orden.

En virtud de lo anterior y del artículo 5 del Decreto 181/1996, de 14 de mayo, de acuerdo con el informe favorable de la Dirección General de Patrimonio y previa aceptación de la Empresa Pública de Deporte Andaluz, S.A., de fecha 30 de septiembre, dispongo:

Primero. Poner a disposición de la Empresa Pública de Deporte Andaluz, S.A., la piscina cubierta de las Instalaciones Deportivas de Carranque, sitas en Málaga, que consta de los siguientes servicios:

- Planta sótano de instalaciones.

- Planta baja, compuesta por vaso de natación y vaso de enseñanza con sus correspondientes playas o servicios anexos: Almacén, botiquín-enfermería, monitores, control-pruebas, vestíbulo, control de acceso y vestuarios.

- Primera planta de zonas comunes de acceso a gradas, gradas y aseos.

- Planta segunda, compuesta por zona de administración, sala de usos múltiples, aseos, almacenes y archivos.

Esta puesta a disposición conllevará el ejercicio de las facultades y obligaciones derivadas de la gestión de las instalaciones, no suponiendo la transmisión de la titularidad de ningún derecho, manteniendo la Administración de la Junta de Andalucía la potestad de tutela en todo momento.

Segundo. Tendrán la condición de recursos de la Empresa de Deporte Andaluz, S.A., en los términos del artículo 2.2 del Decreto 496/1996, de 26 de noviembre, los ingresos derivados de las contraprestaciones exigidas por la misma para la realización de sus actividades, que se efectuarán en régimen de Derecho Privado, razón por la cual las tarifas reguladoras de las mismas no tendrán la consideración de precios públicos, de conformidad con lo dispuesto en el art. 5.2 de la Ley 4/1988, de 5 de julio, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Tercero. Los costes derivados del ejercicio de dicha gestión se efectuarán con cargo al programa de actuación, inversión y financiación de la Empresa.

Cuarto. La presente Resolución podrá ser revocada previa audiencia a la Empresa, una vez puesta de manifiesto a la misma en los términos y plazos regulados por el artículo 84 de la vigente Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 2 de octubre de 1998.- El Secretario General para el Deporte, Javier Sánchez-Palencia Dabán.

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