Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 60 de 25/5/1999

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación y Justicia

RESOLUCION de 30 de abril de 1999, de la Delegación del Gobierno de Jaén, dictada en el expediente 10/99 de enajenación mediante subasta de diez parcelas propiedad del Ayuntamiento de Carboneros.

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En el expediente instruido al efecto por el Ilmo. Ayuntamiento de Carboneros (Jaén), se ha dado cumplimiento a lo establecido en los artículos 22.2.l) y 47 de la Ley 7/1985, de Bases de Régimen Local; 79.1 y 80 del R.D. Legislativo 781/86, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local y artículos 109 y siguientes del Reglamento de Bienes de las Corporaciones Locales, aprobado por Real Decreto 1372/1986, de

13 de junio.

Siendo competente la Delegada del Gobierno de la Junta de Andalucía en Jaén para dar conformidad a los expedientes de enajenación de bienes, cuando su cuantía no exceda del 25% del Presupuesto Ordinario de la Corporación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.9 del Decreto 29/1986, de 19 de febrero, de desconcentración de competencias.

En virtud de lo anteriormente expuesto he tenido a bien disponer:

Primero Prestar conformidad a la enajenación mediante subasta pública, acordada por el Ayuntamiento de Carboneros (Jaén), en sesión ordinaria celebrada el día 11 de noviembre de 1998, de los siguientes bienes:

Descripción: 10 parcelas sitas en el denominado «Ejido de Carboneros¯ numeradas correlativamente desde el B1 al B10 con una superficie individual de 86,80 m¯ cada una de ellas a segregar de finca matriz de superficie de 2.083,20 m¯. Lindan: Por la izquierda, con vivienda de don Dámaso Cobler Alonso (la B1) y el resto con las numeradas anterior y sucesivamente; por la derecha, con las numeradas posterior y sucesivamente, hasta la B10 que linda con la parcela B11 (adjudicada anteriormente a don Ciriaco Martínez García); al frente, con calle de nueva apertura y al fondo con resto de la finca de la que se segrega (franja C).

Valor pericial: A 4.061 ptas./m¯ son trescientas cincuenta y dos mil cuatrocientas noventa y cinco pesetas, cada parcela (352.495 ptas./parcela).

Inscripción en Registro de la Propiedad de La Carolina; Tomo

994. Libro 49, Folio 228, Finca 2.836; Inscripción 2ª

Notifíquese la presente resolución al Ayuntamiento de Carbaneros y remítase al BOJA para su publicación.

Contra la presente Resolución que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente al que tenga lugar su notificación o publicación de la misma en el BOJA, ante la Excma. Sra. Consejera de Gobernación y Justicia de la Junta de Andalucía, bien directamente, o a través de esta Delegación del Gobierno, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 107.1 y 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Jaén, 30 de abril de 1999.- La Delegada, María del Mar Moreno Ruiz.