Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 60 de 25/5/1999

3. Otras disposiciones

Consejería de Trabajo e Industria

RESOLUCION de 4 de mayo de 1999, de la Secretaría General Técnica, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada en los recursos contencioso-administrativos acumulados núms. 3532/94 y 1759/96, interpuestos por Centros Comerciales Pryca, SA.

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En los recursos contencioso-administrativos acumulados números 3532/94 y 1759/96, tramitados a instancia de Centros Comerciales Pryca, S.A., contra Resolución de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo de la Junta de Andalucía, de fecha 19 de febrero de 1996 (recurso ordinario 1108/94), que desestimó el recurso ordinario interpuesto por la actora contra otra Resolución de la Delegación de la Consejería de Salud en Jaén, de fecha 4 de agosto de 1994, recaída en expediente sancionador núm. 23046/94, ha dictado sentencia con fecha 11 de mayo de 1998, la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Granada, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

«Fallo: Estima en parte el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Procuradora doña María Victoria Aguilar Ros en la representación acreditada de Centros Comerciales Pryca, S.A., contra la Resolución de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo de la Junta de Andalucía, de fecha 19 de febrero de 1996 (recurso ordinario 1108/94), que desestimó el recurso ordinario interpuesto por la actora contra otra Resolución de la Delegación de la Consejería de Salud, en Jaén, de fecha 4 de agosto de 1994, recaída en expediente sancionador núm. 23046/94, que le habla impuesto sanción de ochocientas mil pesetas de multa como autora de sendas infracciones calificadas como graves en materia de defensa de los consumidores, cuyos actos administrativos se anulan por no conformes a derecho, declarándose en su lugar que la calificación ha de ser de infracciones leves y la sanción total a imponer de cien mil pesetas; sin expresa imposición de costas¯.

En virtud de lo establecido en el artículo 2º de la Orden de

8 de julio de 1996, de delegación de competencias, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 118 de la Constitución y 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y 104 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa, he dispuesto el cumplimiento en sus propios términos de la expresada sentencia, así como su publicación en el BOJA.

Sevilla, 4 de mayo de 1999.- El Secretario General Técnico, Javier Aguado Hinojal.