Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 61 de 27/5/1999

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación y Justicia

DECRETO 98/1999, de 20 de abril, mediante el que se modifica parcialmente la Relación de Puestos de Trabajo de la Administración de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Educación y Ciencia.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Es el objeto del presente Decreto la modificación parcial de la Relación de Puestos de Trabajo de la Consejería de Educación y Ciencia al objeto de adecuarla a las diversas modificaciones operadas en la estructura organizativa de los Centros de destino que componen el servicio 03 de la citada Consejería. En primer lugar, se ven afectados diversos Colegios Públicos que, a consecuencia de la implantación del nuevo sistema educativo previsto en la LOGSE y de la desaparición de las enseñanzas correspondientes a la Educación General Básica, han visto modificada su composición jurídica, llegando a desaparecer como tales en algunos casos. Por otra parte, mediante Decreto 194/1997, de 29 de julio, se ha regulado el Sistema Andaluz de Formación del Profesorado, introduciendo importantes modificaciones en la red de Centros de Profesores, así como en la plantilla de personal que se adscribe a los mismos. Además, mediante diversas disposiciones dictadas por la Consejería de Educación y Ciencia se ha producido el desdoblamiento, reagrupación o cierre de otros Centros de destino como puedan ser residencias escolares, complejos educativos integrados y escuelas profesionales de arte dramático y danza.

En todos los casos referenciados procede efectuar una modificación de la Relación de Puestos de Trabajo, suprimiendo de la misma los puestos adscritos a Centros suprimidos y creándolos en aquellos otros Centros donde las necesidades de medios humanos han aconsejado la reubicación del personal afectado. Este personal pasa a desempeñar los nuevos puestos con el mismo carácter de ocupación que mantuvieran en el puesto anterior.

Según lo previsto en el artículo 32, letra d), de la Ley

9/1987, de 12 de junio, de órganos de representación y determinación de las condiciones de trabajo y participación del personal al servicio de las Administraciones Públicas, en la redacción dada por la Ley 7/1990, de 19 de julio, sobre negociación colectiva y participación en la determinación de las condiciones de trabajo de los empleados públicos, se han efectuado los trámites oportunos ante los representantes de las organizaciones sindicales presentes en la Comisión del V Convenio Colectivo para el personal laboral al servicio de la Junta de Andalucía y la Mesa Sectorial de Negociación de Administración General.

En su virtud, conforme a lo previsto en el artículo 4.2.g) de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública andaluza, y en el artículo 10.2 del Decreto 390/1986, de 10 de diciembre, de elaboración y aplicación de la Relación de Puestos de Trabajo, a propuesta de la Consejería de Gobernación y Justicia, con informe de la Consejería de Economía y Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 20 de abril de 1999,

DISPONGO

Artículo único. Modificación de la Relación de Puestos de Trabajo.

Se aprueba la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo de la Administración de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Educación y Ciencia en los términos expresados en el Anexo 1 de este Decreto.

Artículo 2. Adscripción del personal.

El personal relacionado en el Anexo 2 de este Decreto queda destinado a los puestos de trabajo que se indican, que desempeñarán con el mismo carácter de ocupación que tuvieran en el puesto anterior.

Disposición adicional primera. Modificación Presupuestaria. Por la Consejería de Economía y Hacienda se realizarán las modificaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo previsto en el presente Decreto, de conformidad con el procedimiento establecido.

Disposición final. Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 20 de abril de 1999

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

CARMEN HERMOSIN BONO

Consejera de Gobernación y Justicia

VEANSE ANEXOS EN EDICION IMPRESA DEL BOJA