Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 64 de 5/6/1999

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

RESOLUCION de 29 de abril de 1999, de la Dirección General de Universidades e Investigación, por la que se adjudican becas para prácticas de alumnos universitarios en empresas de Granada, convocadas por Orden que se cita.

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Artículo 1. De acuerdo con lo establecido en el artículo 34 de la Orden de la Consejería de Educación y Ciencia de 10 de marzo de 1998 (BOJA núm. 42, de 16 de abril de 1998), por la que se convocan becas para la realización de prácticas de alumnos universitarios en empresas radicadas en Andalucía y vista la propuesta de la Comisión de Selección, esta Dirección General propone conceder becas a los alumnos seleccionados por dicha Comisión para las empresas de la provincia de Granada.

Artículo 2. Obligaciones del beneficiario. Son obligaciones del beneficiario de la subvención:

a) Realizar la actividad objeto de la subvención.

b) Justificar ante la entidad colaboradora la realización de la actividad.

c) El sometimiento a las actuaciones de comprobación a efectuar por la Consejería de Educación y Ciencia o por la entidad colaboradora, y a las de control financiero que corresponden a la Intervención General de la Junta de Andalucía y a las previstas en la legislación del Tribunal de Cuentas y de la Cámara de Cuentas de Andalucía.

d) Comunicar a la Consejería de Educación y Ciencia la obtención de subvenciones o ayudas para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administración Pública, o ente público o privado, nacional o internacional.

Artículo 3. Obligaciones de la entidad colaboradora. Son obligaciones de la entidad colaboradora:

a) Entregar a los beneficiarios los fondos recibidos de acuerdo con las normas reguladoras de la subvención o ayuda.

b) Verificar el cumplimiento y efectividad de las condiciones determinantes para su otorgamiento.

c) Justificar la aplicación de los fondos recibidos ante la Consejería de Educación y Ciencia y, en su caso, entregar la justificación presentada por los beneficiarios.

d) Someterse a las actuaciones de comprobación que, respecto a la gestión de dichos fondos, pueda efectuar la Consejería de Educación y Ciencia, a las de control financiero que corresponden a la Intervención General de la Junta de Andalucía, y a las previstas en la legislación del Tribunal de Cuentas y de la Cámara de Cuentas de Andalucía.

e) Colaborar en la restitución de las subvenciones otorgadas en los supuestos en que concurra causa de reintegro, y conforme a las normas que se establezcan.

Artículo 4. Modificación de la resolución de concesión. Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención podrá dar lugar a la modificación de la resolución de concesión.

Artículo 5. Conforme al art. 31 de la Orden de 17 de julio de

1997 (BOJA núm. 96, de 19 de agosto de 1997) y el artículo

59.5, apartado b) de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los listados de beneficiarios de las becas se harán públicos en los tablones de anuncios de los Centros de Orientación e Información de Empleo (COIE) y en el caso de no existir este departamento, en el Rectorado de cada Universidad, así como en el tablón de anuncios de los Servicios Centrales de la Consejería de Educación y Ciencia.

Artículo 6. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su notificación recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo

ContenciosoAdministrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, desde el día siguiente a su notificación, ante esta Dirección General, de conformidad con lo previsto en los artículos 107.1,

116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 29 de abril de 1999.- El Director General, José Luis Pino Mejías.