Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 66 de 10/06/1999

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación y Justicia

DECRETO 127/1999, de 18 de mayo, por el que se aprueban las segregaciones, para sus posteriores agregaciones recíprocas, de parte de los términos municipales de Ecija y La Luisiana, ambos de la provincia de Sevilla.

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Los Ayuntamientos de Ecija y La Luisiana, ambos de la provincia de Sevilla, han tramitado los correspondientes expedientes para la segregación de parte de sus términos municipales y su agregación posterior recíproca, amparados en el supuesto contemplado en el artículo 10.2.a), c) y d) de la Ley 7/1993, de 27 de julio, Reguladora de la Demarcación Municipal de Andalucía, dado que el término de Ecija extiende su territorio hasta la parte sur del casco urbano de La Luisiana, rodeando el mismo en gran parte, lo que imposibilita cualquier proyecto de expansión urbanística.

Queda acreditada la no privación a ninguno de los municipios de los recursos necesarios para prestar los servicios mínimos establecidos legalmente, así como que se beneficiarían a los habitantes que se encuentran en la zona próxima a La Luisiana y a 16 kilómetros de la Ciudad de Ecija, y mejoraría el mantenimiento y conservación de los caminos que transcurren por el término municipal de Ecija y acaban su recorrido en el núcleo de población de La Luisiana.

Sometido el expediente al trámite de información pública, mediante inserción de la Resolución dictada por el Director General de Administración Local de fecha 8 de enero de 1998, tanto en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma número 13, de 3 de febrero de 1998, como en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla número 59, de 13 de marzo de 1998, y en los tablones de anuncios de los Ayuntamientos afectados por el expediente, no se producen alegaciones al respecto.

Solicitado informe del Consejero de Obras Públicas y Transportes se emite el mismo en sentido favorable. Asimismo, se ha interesado el parecer sucesivo del Consejo Andaluz de Municipios y de la Diputación Provincial de Sevilla, obteniéndose un pronunciamiento favorable a la alteración de la Federación Andaluza de Municipios y Provincias, e informe del Servicio de Urbanismo de la expresada Corporación Provincial.

El artículo 17.1 de la Ley Reguladora de la Demarcación Municipal de Andalucía dispone que los expedientes de alteración de términos municipales serán resueltos por Decreto del Consejo de Gobierno, a propuesta del titular de la Consejería de Gobernación y Justicia.

En su virtud, de acuerdo con el Consejo Consultivo de Andalucía, a propuesta de la Consejera de Gobernación y Justicia y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 18 de mayo de 1999,

D I S P O N G O

Primero. Se aprueba la alteración de parte de los términos municipales de Ecija y La Luisiana, ambos de la provincia de Sevilla, por segregación de parte del término de Ecija para su agregación al de La Luisiana, y la incorporación al término de Ecija, por compensación, de parte del término de La Luisiana, con las extensiones y nueva delimitación que se señalan en el siguiente apartado.

Segundo. Las porciones segregadas son las siguientes:

A) Segregación del término de Ecija para su agregación al de La Luisiana, de una extensión de 476.169 metros cuadrados.

B) Segregación del término de La Luisiana para su agregación al de Ecija, de una extensión de 476.169 metros cuadrados.

La nueva linea de término en las tres zonas objeto de alteración es la reseñada en el informe obrante en el expediente suscrito el 23 de septiembre de 1997 por el Ingeniero Técnico Agrícola del Ayuntamiento de Ecija, que hace mención a tres tramos denominados Oeste, Sur y Este, en los que se contienen las superficies afectadas para cada uno de ellos y la descripción literal de la nueva línea límite, que fue objeto de aprobación por los plenos de ambas Entidades, y que a continuación se describe:

Tramo Oeste: Arranca en el mojón M3T común a los Términos Municipales de Cañada Rosal, La Luisiana y Ecija de acuerdo a las vigentes actas de deslinde de 24 de marzo de 1988,

situándose en el paraje conocido por La Motilla, junto al camino de La Luisiana a Palma del Río. A partir de este punto toma dirección Sur-Este en 1.220 m, discurriendo junto al citado camino de Palma del Río a La Luisiana hasta el arroyo conocido por Arroyo del Capricho o de la Motilla. Sigue en dirección Sur en 2.940 m, hasta un punto en tierras del Cortijo de Picate siempre junto al mencionado camino de Palma del Río. En este punto gira en dirección Oeste, y sigue 17 m hasta unirse con el mojón M14, en el cual se une con la vigente línea límite.

Tramo Sur: Se inicia en el cruce de la antigua N-IV, actual límite de los términos, y la Variante de La Luisiana cerca del Cortijo de Mingo Andrés, que tomará dirección Sur-Este para seguir por el Centro de la Autovía de Andalucía en 830 m hasta el punto que se cruza la Autovía con el camino de Valdecañas, en este punto girará la nueva línea en dirección Sur tomando la misma dirección del camino, y un recorrido de 494 m, quedando dicho camino en el T.M. de La Luisiana, en el punto en que se cruza con la cañada de Rubalcaba, cuyo límite Sur coincidiría con el nuevo límite propuesto, gira en dirección Este, se sigue en línea recta en 900 m hasta llegar a la margen Oeste del camino que va al Molino de Paz Flores, donde se gira en dirección Norte por la margen de este camino, en una longitud de 600 m hasta volverse a cruzar con la Autovía de Andalucía, donde vuelve a girar al Este con un recorrido de 1.167 m, siendo el eje de la Autovía la nueva línea de Término, que llegaría hasta la antigua N-IV, donde se uniría con la actual línea límite de término.

Tramo Este: En su parte Norte arranca en el M51 de las vigentes actas de deslinde, toma dirección Norte por un camino rural con un recorrido de 300 m donde se unirá con el M52 donde girará hacia el Este por el mismo trazado del Cordel de Ecija a El Campillo, hasta el mojón M55 donde se vuelve a juntar con la actual línea límite, en una distancia de 1.347 m. En la parte Sur la línea límite va por el centro de la antigua N-IV, 540 m antes de llegar al mojón M45, arrancará la nueva línea límite tomando dirección Norte por la margen Este de un camino rural en un recorrido de 1.150 m, donde gira al igual que el camino hacia el Este en 177 m, donde se vuelve a unir con la actual línea límite.

Tercero. Los bienes, derechos, acciones, usos públicos, aprovechamientos, obligaciones, deudas y cargas de los

territorios que se segregan pasan a serlo de la titularidad de los municipios a que se agregan.

Cuarto. Los Ayuntamientos de Ecija y La Luisiana entregarán copia autenticada de todos los expedientes en trámite que afecten y hagan referencia exclusiva a las zonas segregadas.

Quinto. Por el titular de la Dirección General de

Administración Local, de la Consejería de Gobernación y Justicia, se solicitará al Instituto Geográfico Nacional que, con la colaboración de las Corporaciones interesadas, proceda a materializar el deslinde de las porciones segregadas.

Sexto. Se faculta al titular de la Dirección General de Administración Local, de la Consejería de Gobernación y Justicia, para actuaciones de desarrollo y ejecución de este Decreto, incluyéndose la potestad de arbitrar los conflictos que puedan surgir entre ambas Corporaciones en relación con las zonas objeto de segregación.

Séptimo. El presente Decreto entrará en vigor el día

siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Octavo. Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante este Consejo en el plazo de un mes, o recurso contencioso- administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día

siguiente al de la publicación del presente Decreto, sin perjuicio de plantear cuantos otros recursos se consideren oportunos.

Sevilla, 18 de mayo de 1999

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

CARMEN HERMOSIN BONO

Consejera de Gobernación y Justicia