Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 67 de 12/06/1999

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

RESOLUCION de 17 de mayo de 1999, sobre la modificación de la revisión del Plan General de Ordenación Urbana de Málaga en el área de reserva AR.4, Parque Tecnológico de Andalucía.

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La presente Modificación de la Revisión del Plan General de Ordenación Urbana de Málaga fue aprobada provisionalmente por el Pleno del Ayuntamiento el 4 de junio de 1998 y remitida con posterioridad a esta Consejería para su aprobación definitiva, de conformidad con el art. Unico de la Ley 1/1997, de 18 de junio, por la que se adoptan con carácter urgente y transitorio disposiciones en materia de Régimen de Suelo y Ordenación Urbana, que asume como Derecho Autonómico el contenido de los artículos 118.3.a) y 128.1 del Texto Refundido de la Ley sobre el Régimen del Suelo y Ordenación Urbana de 1992.

La Sección de Urbanismo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Urbanismo, en sesión celebrada el 4 de mayo de

1999, ha informado el expediente después de su análisis y tras conocer el informe emitido por la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo de 27 de abril de 1999.

Vistos los referidos informes, las disposiciones legales de aplicación y de acuerdo con las competencias que tengo atribuidas por el art. 5-2-10 del Decreto 77/1994, de 5 de abril, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Junta de Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo, determinándose los órganos a los que se atribuyen,

R E S U E L V O

Primero. Aprobar definitivamente la Modificación Puntual de la Revisión del Plan General de Ordenación Urbana de Málaga que tiene por objeto el cambio de clasificación de Suelo No Urbanizable a Suelo Urbanizable No Programado de la zona de reserva (AR-4) de 114.141 m para la ampliación del Parque Tecnológico de Andalucía.

El Programa de Actuación Urbanística que desarrolle el suelo ahora clasificado como urbanizable no programado, dada su situación de contacto con el núcleo de Campanillas, debe establecer una estructura viaria continua y localizar las Dotaciones en las proximidades del citado núcleo de Campanillas.

Segundo. La presente Resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de acuerdo con lo previsto en el art. 29 del Decreto 77/1994, de 5 de abril, y se notificará a los interesados.

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a la publicación o, en su caso, notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa, en relación con el art. 107.3 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 17 de mayo de 1999

FRANCISCO VALLEJO SERRANO

Consejero de Obras Públicas y Transportes