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El Estatuto de Autonomía para Andalucía, en su artículo
13.15, establece la competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma en materia de ferias y mercados interiores, correspondiéndole también, de acuerdo con su artículo 17.5, la ejecución de la legislación del Estado relativa a ferias internacionales que se celebren en Andalucía.
En el ejercicio de estas competencias, el Gobierno Andaluz promovió la aprobación de la Ley 3/1992, de 22 de octubre, de Ferias Comerciales Oficiales de Andalucía (BOJA núm. 114, de 7 de noviembre de 1992), y con posterioridad la desarrolló mediante Decreto 81/1998, de 7 de abril (BOJA núm. 65, de 13 de junio de 1998), que aprueba su Reglamento.
Con anterioridad a la normativa citada, mediante Orden de la Consejería de Fomento y Trabajo de 11 de octubre de 1989 (BOJA núm. 88, de 3 de noviembre de 1989), se aprobaron los Estatutos de la Institución Ferial de Sevilla denominada Feria Internacional de Muestras Iberoamericana de Sevilla (FIBES).
Con la entrada en vigor de la Ley 3/1992, de 22 de octubre, se procedió por el órgano competente en materia de ferias y mercados interiores a solicitar a la citada Institución Ferial la adecuación de sus Estatutos al contenido de la Ley, como establece la Disposición Transitoria de la misma, todo ello al objeto de su aprobación por el Consejo de Gobierno y posterior inscripción en el Registro Oficial de Ferias Comerciales Oficiales de Andalucía (artículo 12 de la Ley).
La Institución Ferial de Sevilla (FIBES) aprueba provisionalmente, tanto por parte de su Consejo de Administración como por su Asamblea General, los nuevos Estatutos que habrán de regir la Institución, adaptándose a las disposiciones de la Ley 3/1992, de 22 de octubre, y del Decreto
81/1998, de 7 de abril.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Trabajo e Industria, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 18 de mayo de
1999,
ACUERDA
Artículo único. Se aprueban, de acuerdo con lo previsto en la Disposición Transitoria de la Ley 3/1992, de 22 de octubre, los nuevos Estatutos de la Institución Ferial de Sevilla denominada Feria Internacional de Muestras Iberoamericana de Sevilla (FIBES), que figuran como Anexo.
DISPOSICION DEROGATORIA
Queda sin efecto cualquier disposición que se oponga a la presente y de forma especial la Orden de la Consejería de Fomento y Trabajo de 11 de octubre de 1989 (BOJA núm. 88, de 3 de noviembre).
DISPOSICION FINAL
El presente Acuerdo surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 18 de mayo de 1999
MANUEL CHAVES GONZALEZ
Presidente de la Junta de Andalucía
GUILLERMO GUTIERREZ CRESPO
Consejero de Trabajo e Industria
[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]