Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 69 de 17/06/1999

1. Disposiciones generales

Consejería de Gobernación y Justicia

RESOLUCION de 10 de junio de 1999, del Instituto Andaluz de Administración Pública, por la que se convocan Cursos de Informática, incluidos en los Planes de Formación.

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Aprobados el Plan de Formación para 1999, publicado por Resolución de 25 de enero de 1999 (BOJA núm. 18, de 11-2-1999), y el Plan de Formación Continua para 1999, se contienen en distintos programas de ambos cursos de informática, unos mediante metodología presencial y otros con metodología a distancia.

Los cursos versarán sobre productos ofimáticos de uso generalizado en las unidades administrativas y respecto de los cuales exista la conveniencia de su conocimiento por todos los empleados que realizan sus funciones en entornos administrativos.

El objetivo de esta formación es proporcionar a los empleados públicos el conocimiento de los productos ofimáticos, potenciando la utilización de los mismos, para incidir positivamente en la calidad de los trabajos y al mismo tiempo facilitar un mejor rendimiento en el desempeño de los puestos de trabajo.

Por consiguiente, y de acuerdo a los fines perseguidos se establecen las siguientes

BASES DE LA CONVOCATORIA

Primera. El Instituto Andaluz de Administración Pública convoca los Cursos de Formación Informática Presencial y Formación Informática a Distancia que se indican en el Anexo I, destinados al personal al servicio de la Administración General de la Junta de Andalucía y de otras Instituciones de la Junta de Andalucía que hayan suscrito acuerdos o convenios con el Instituto Andaluz de Administración Pública para la participación en las actividades formativas de éste.

Segunda. Queda expresamente excluido de esta convocatoria el personal Funcionario al servicio de la Administración de Justicia de la Junta de Andalucía, que, por sus propias peculiaridades, tiene asignado un programa de cursos de informática en exclusiva.

Tercera. Cada solicitante deberá rellenar una sola instancia, en la que optará por un máximo de dos de los tres cursos convocados. Bastará con marcar el recuadro o recuadros de los cursos elegidos con la correspondiente modalidad presencial o a distancia.

Es decir, se seleccionará uno o dos cursos y dentro de ellos, exclusivamente, una modalidad.

Los cursos de la misma denominación serán idénticos y tendrán la misma validez, pertenezcan al Plan de Formación Continua o al Plan de Laborales.

Cuarta. Las solicitudes se presentarán o enviarán, según el modelo que se adjunta, a la Delegación del Gobierno de la Provincia en que radique el centro de trabajo donde preste el servicio.

Sólo las personas que trabajen en los Servicios Centrales radicados en Sevilla las dirigirán al IAAP.

Las solicitudes podrán remitirlas, también, vía fax, a los siguientes números:

DELEGACIONES DEL GOBIERNO

Almería: 950/21.3.172.

Cádiz: 956/24.52.23.

Córdoba: 957/47.32.22.

Granada: 958/20.70.74.

Huelva: 959/28.55.79.

Jaén: 953/27.02.29.

Málaga: 952/60.45.62.

Sevilla: 954/93.86.29.

Instituto Andaluz de Administración Pública: 954/50.76.42.

No se tendrán en cuenta las instancias que no se cumplimenten en su totalidad e igualmente las que no se envíen

adecuadamente, en cuanto a la provincia o Instituto Andaluz de Administración Pública, a que se adscribe el solicitante.

Quinta. La selección de alumnos se realizará dando prioridad a las personas con menos cursos de formación impartidos u homologados por el IAAP de acuerdo al siguiente baremo de aplicación:

1º Tendrán preferencia los que hayan participado en un menor número de cursos de formación informática, durante los últimos cinco años.

2º A igualdad en el número de cursos del punto anterior, tendrán preferencia los que hubieran realizado un menor número de actividades de formación, o cursos, durante ese mismo período.

3º Los que se igualen en los anteriores apartados serán seleccionados en función de su mayor antigüedad en la

Administración Pública.

Sexta. El plazo de presentación de solicitudes para todos los cursos convocados será de un mes, contado desde el día

siguiente a la publicación de esta Resolución.

Séptima. Los cursos se impartirán a partir de las dieciséis treinta horas.

A los alumnos que asistan regularmente, más del 90% de las horas lectivas programadas en los cursos presenciales, y a los que realicen la prueba de seguimiento correctamente, en los cursos a distancia, les corresponderá un certificado de asistencia de 20 horas lectivas, en todos los cursos.

Sevilla, 10 de junio de 1999.- El Director, Joaquín Castillo Sempere.

ANEXO I

A) PLAN DE FORMACION CONTINUA

A.1. Cursos presenciales:

Windows: Una edición por provincia, más otra para personal de los Servicios Centrales.

Veinte horas lectivas.

Treinta alumnos como máximo.

Word: Dos ediciones por provincia, más otras dos para personal de los Servicios Centrales.

Veinte horas lectivas.

Treinta alumnos como máximo.

Hoja de Cálculo Excel: Una edición por provincia, más otra para personal de los Servicios Centrales.

Veinte horas lectivas.

Treinta alumnos como máximo.

A.2. Cursos a distancia:

Windows: Una edición por provincia, más otra para personal de los Servicios Centrales.

Veinte horas lectivas.

Cincuenta alumnos como máximo.

Word: Una edición por provincia, más otra para personal de los Servicios Centrales.

Veinte horas lectivas.

Cincuenta alumnos como máximo.

Hoja de Cálculo Excel: Una edición por provincia, más otra para personal de los Servicios Centrales.

Veinte horas lectivas.

Cincuenta alumnos como máximo.

A.3. Destinatarios: Personal de todos los grupos,

funcionarios y laborales.

B) PLAN PARA PERSONAL LABORAL

B.1. Cursos presenciales:

Hoja de Cálculo Excel: Una edición por provincia.

Veinte horas lectivas.

Treinta alumnos como máximo.

B.2. Cursos a distancia:

Windows: Una edición por provincia.

Veinte horas lectivas.

Cuarenta alumnos como máximo.

Word: Una edición por provincia.

Veinte horas lectivas.

Cuarenta alumnos como máximo.

B.3. Destinatarios y ediciones: Los cursos se destinarán al personal laboral de la Administración General de la Junta de Andalucía.

Las ediciones provinciales de Sevilla agruparán al personal de los Servicios Centrales y al de las Delegaciones de Sevilla.

ANEXO II

Aplicación de la metodología a distancia:

1º Los alumnos de los cursos de formación a distancia

recibirán el material para autoaprendizaje, debiendo disponer en su domicilio de los equipamientos informáticos siguientes:

Windows.

- PC compatible con un procesador 804860 o superior.

- MB de espacio libre en disco duro.

- Tarjeta gráfica VGA o de características superiores.

- MB de memoria RAM como mínimo.

- Posibilidad de un ratón.

Requisitos de software: Disponer de Microsoft Windows 95 instalado en el equipo.

Word.

- Ordenador compatible con un procesador 486 o superior.

- MB de RAM.

- Disco duro con 30 MB de espacio libre.

- Windows 95 o NT.

- Adaptador de gráficos y VGA.

- Ratón.

Requisitos de software: Tener instalado en el ordenador Windows

95 o NT y el procesador de textos Word versión.

Hoja de Cálculo Excel.

- PC compatible con un procesador 80486 o superior.

- 9 MB de espacio libre en disco duro.

- Tarjeta gráfica compatible con la versión 3.1 o posterior de Microsoft Windows tal como EGA o VGA.

- 4 MB de memoria RAM como mínimo, se recomienda el uso de ratón.

Requisitos de software: Disponer de Microsoft Windows y Microsoft Excel instalado en el equipo.

2º Durante el desarrollo del curso se realizarán tres

sesiones lectivas presenciales y se contará con la

disponibilidad de los profesores-tutores para atender las consultas que los alumnos planteen durante el tiempo de duración del curso.

3º Las pruebas de seguimiento se realizarán 30 días después de haberse realizado la sesión inaugural del curso, en el lugar y fecha que se comunicará oportunamente a los alumnos.

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]