Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 69 de 17/06/1999

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación y Justicia

RESOLUCION de 18 de mayo de 1999, de la Delegación del Gobierno de Málaga, por la que se aprueba la transferencia correspondiente a la Diputación Provincial de Málaga, en concepto de planes Provinciales de Obras y Servicios para 1999.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

En el marco de lo dispuesto en la Ley 11/1987, de 26 de diciembre, de relaciones entre la Comunidad Autónoma de Andalucía y Diputaciones Provinciales, el Decreto 131/1991, de

2 de julio, establece en su artículo 8 los criterios con arreglo a los cuales se distribuirá entre las Diputaciones Provinciales la aportación de la Comunidad Autónoma de Andalucía a los planes provinciales de obras y servicios de competencia municipal.

En base a dichos criterios, la Orden de 5 de marzo de 1999, de la Consejería de Gobernación y Justicia, establece la distribución de la aportación de la Junta de Andalucía a los Planes Provinciales de Obras y Servicios para 1999, delegando en los Delegados del Gobierno de la Junta de Andalucía, dentro de su correspondiente ámbito territorial, la competencia para dictar la Resolución por la que se aprueba la transferencia a su respectiva Diputación Provincial, así como la aprobación del gasto, su compromiso y liquidación, interesando de la Consejería de Economía y Hacienda la ordenación de los pagos correspondientes.

En su virtud, y en uso de las facultades que me confiere el artículo 2 de la Orden de la Consejería de Gobernación y Justicia de 5 de marzo de 1999

RESUELVO

Primero. Aprobar la transferencia a la Diputación Provincial de Málaga por importe de doscientos dieciocho millones quinientas cincuenta y una mil pesetas (218.551.000 ptas.), correspondiente a la aportación de la Junta de Andalucía al Plan Provincial de Obras y Servicios para 1999.

Segundo. Aprobar, con cargo a la aplicación presupuestaria

765.07.81A, el gasto correspondiente a la citada transferencia, que se hará efectiva mediante el abono de un primer pago correspondiente al 75% de su importe, librándose el 25% restante una vez justificado el primer pago.

Tercero. El ingreso de la transferencia deberá justificarse, en el plazo de tres meses a partir de la fecha de materialización de cada pago, ante la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Málaga, mediante una certificación con indicación del número y fecha del correspondiente asiento contable.

Cuarto. La presente Resolución, que se dicta por delegación de la Consejera de Gobernación y Justicia, pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra ella recurso contencioso-administrativo, en la forma y plazos establecidos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción.

Málaga, 18 de mayo de 1999.- El Delegado, Luciano Alonso Alonso.