Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 69 de 17/06/1999

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Otros. AYUNTAMIENTO DE MALAGA. GERENCIA MUNICIPAL DE URBANISMO

ANUNCIO. (PP. 1462/99).

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Por el Excmo. Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 8 de abril del año en curso, se han adoptado los siguientes acuerdos en expediente relativo a Revisión del Catálogo de Edificios Protegidos del PGOU, del inmueble sito en C/ Zaragueta, núm. 22, esquina a C/ Castilla, promovido por don Angel González Giles:

«1º Aprobar definitivamente la Revisión del Catálogo de Edificios Protegidos del PGOU vigente para la exclusión del inmueble sito en Calle Zaragueta, núm. 22, esquina a calle Castilla, de acuerdo con los informes técnico y jurídico mencionados de este Departamento, todo ello en cumplimiento del art. 13-3-4 de la Normativa del PGOU y de los arts. 93, 114,

124 y 131 del Texto Refundido de la Ley del Suelo.

2º Dar traslado a la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de este acto resolutivo y remitir dos ejemplares del presente expediente, todo ello en el plazo de quince días, de conformidad con el art. 27 del Decreto

77/1994, de la Junta de Andalucía.

3º Disponer, la publicación del presente acuerdo en el BOJA, de conformidad con lo dispuesto en los arts. 29 y 32 del Decreto 77/1994, de la Junta de Andalucía, significando al promotor que hasta entonces no adquirirá ejecutoriedad¯.

Lo que se hace público para general conocimiento, significándose que contra el acuerdo transcrito, acto que es definitivo en vía administrativa, podrá interponerse, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOJA, recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que lo dictó, o bien, interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Málaga, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, advirtiéndose, que en el primer caso, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que no sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto, por el transcurso del plazo de un mes sin notificación de su Resolución expresa, en cuyo caso el plazo para interponer el recurso contencioso- administrativo se contará desde el día siguiente a aquél en que se notifique la Resolución expresa del recurso postestativo de reposición, o en que éste deba entenderse presuntamente desestimado, conforme a lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según redacción modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Todo ello se advierte sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.

Málaga, 21 de abril de 1999.- La Alcaldesa, P.D. El Tte. Alcalde Delegado de Urbanismo, Vivienda, Obras y Transportes, Francisco de la Torre Prados.