Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 73 de 26/06/1999

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTO DE ESPEJO (CORDOBA)

ANUNCIO de bases.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

BASES DE SELECCION DE UNA PLAZA DE FUNCIONARIO/A DE CARRERA, DE LA SUBESCALA AUXILIAR DE ADMINISTRACION GENERAL

Primera. Objeto de la convocatoria.

Es objeto de esta Convocatoria la provisión mediante Concurso- Oposición de una plaza de Funcionario de carrera de plantilla de este Ayuntamiento perteneciente al Grupo D, escala Administración General, subescala Auxiliar, correspondiente a la Oferta de Empleo Público año 1995, por el procedimiento de promoción interna.

Segunda. Requisitos.

Para tomar parte en las pruebas selectivas correspondientes, será necesario reunir, en el momento de la finalización del plazo de presentación de instancias, los siguientes requisitos:

a) Ser español.

b) Tener cumplidos 18 años de edad.

c) Estar en posesión del título de Graduado Escolar, Formación Profesional 1. Grado o equivalente.

d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal ejercicio de la función.

e) No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, del Servicio al Estado, Comunidades Autónomas o Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas.

f) Los aspirantes a la plaza de promoción interna deberán ser funcionarios/as de carrera de este Ayuntamiento, pertenecientes a cualesquiera de las Escalas con Grupo de Clasificación E, del artículo 25 de la Ley 30/84, de 2 de agosto. Debiendo tener en la Escala de procedencia una antigüedad, al menos, de 2 años.

Tercera. Presentación de instancias.

A) Contenido. Las instancias para tomar parte en la convocatoria se dirigirán al Ilmo. Sr. Alcalde de este Ayuntamiento y en ellas los/las aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la Base Tercera.

Si concurriesen aspirantes con alguna discapacidad, deberán indicarlo en la solicitud precisando las adaptaciones de tiempo y medios para la realización de las pruebas, debiendo acompañar certificado de discapacidad expedido por la Administración competente, donde deberá expresar que la misma no le incapacita para el desempeño del puesto de trabajo de Auxiliar (artículo

19 del Real Decreto 364/95, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso de personal al servicio de la Administración General del Estado).

B) Lugar y plazo. Se presentarán en el Registro General de este Ayuntamiento, durante el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al que aparezca el extracto del Anuncio de la Convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Las instancias también podrán presentarse en la forma que determina el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

C) Documentación acreditativa de los méritos alegados. Junto a la instancias, los/as aspirantes deberán presentar, para la valoración de los méritos, los siguientes documentos:

- Certificación administrativa donde se acrediten los servicios prestados en este Ayuntamiento.

- Contrato de Trabajo o nóminas o cualquier otro documento con fuerza probatoria y certificado de cotizaciones a la Seguridad Social.

Cuarta. Derechos de examen.

Los derechos de examen se fijan en 1.000 ptas., serán

satisfechos por los/las aspirantes en la cuenta que a nombre de este Ayuntamiento se encuentra abierta en Cajasur y cuyo número de cliente es 2025/0149/26/3119090106; sólo serán devueltas en caso de ser admitidos/as en la Convocatoria y previa solicitud del interesado/a.

El resguardo acreditativo se unirá a la instancia.

Quinta. Lista de admitidos.

Transcurrido el plazo de presentación de instancias, el Ilmo. Sr. Presidente procederá a la aprobación de la lista de admitidos/as, en el plazo de 10 días previsto en el artículo

71.1 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, subsanar las deficiencias, que por su naturaleza sean subsanables. Asimismo, el Ilmo. Sr. Alcalde-Presidente

procederá al nombramiento del Tribunal, que se hará público junto con la lista de admitidos/as en el Boletín Oficial de la Provincia.

En dicho Edicto se determinará el lugar, fecha y hora de comienzo de las pruebas, a los efectos recusatorios previstos en la legislación vigente.

Sexta. Tribunal.

El Tribunal calificador del Concurso-Oposición será constituido de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 896/91, de 7 de junio, y Real Decreto 364/95, de 10 de marzo, en la

siguiente forma:

Presidente: Alcalde-Presidente o Concejal en quien delegue. Vocales:

- Un Funcionario de carrera, de igual o superior Grupo de clasificación de la plaza que se selecciona, designado por la Comunidad Autónoma Andaluza.

- Un Funcionario de carrera de la Corporación, de la Subescala Auxiliar de Administración General, designado por el Sr. Presidente de la Corporación.

- Un Funcionario de carrera de la Corporación, de igual o superior Grupo de clasificación de las plazas que se

seleccionan, designado por el Sr. Presidente de la Corporación.

- El Delegado de Personal de la Corporación.

Secretario: El de la Corporación o Funcionario/a de carrera en quien delegue, que actuará a efectos de fe pública.

La designación de los miembros del Tribunal incluirá la de los respectivos suplentes, debiendo poseer titulación igual o superior a la plaza convocada.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia del Presidente, Secretario/a y al menos dos vocales, titulares o suplentes, indistintamente.

Séptima. Fases de selección.

Constará de dos fases, una de Concurso y otra de Oposición. La Fase de Concurso será previa a la de Oposición.

1. Fase de Concurso.

A) Experiencia Profesional:

- Por cada mes completo de servicios prestados en la

Administración Local en puestos de trabajo relacionados con la plaza objeto de la convocatoria: 0,15 puntos.

- Por cada mes completo de servicios prestados en cualquiera de las Administraciones Públicas en puestos de trabajo

relacionados la plaza objeto de la convocatoria: 0,10 puntos.

- Por cada mes completo de servicios prestados en la empresa privada en puestos de trabajo relacionados con la plaza objeto de convocatoria: 0,05 puntos.

Máximo: 5 puntos.

B) Cursos de Formación. Siempre que se encuentren

relacionados con los contenidos de las plazas a que se optan e impartidos por Instituciones de carácter público:

Hasta 14 horas o 2 días, 0,05 puntos.

De 15 a 40 horas o de duración de 3 a 7 días, 0,10 puntos. De 41 a 70 horas o de duración de 8 a 12 días, 0,20 puntos. De 71 a 100 horas o de duración de 13 a 20 días, 0,30 puntos. De 101 a 200 horas o de duración de 21 a 40 días, 0,50 puntos. De 200 horas en adelante, 1,00 punto.

Los cursos en los que no se exprese duración alguna serán valorados con la puntuación mínima a que se refiere la anterior escala.

Máximo: 2 puntos.

Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a la puntuación obtenida en la fase de oposición a los efectos de establecer el orden definitivo de aprobados. Estos puntos no podrán ser aplicados para superar los ejercicios de la Fase de Oposición.

2. Fase de Oposición.

Los ejercicios de la Oposición serán tres, obligatorios y eliminatorios. La duración máxima del proceso de celebración de los mismos no excederá del plazo máximo de cuarenta y cinco días naturales.

- Primer ejercicio: Consistirá en la realización de un test de preguntas concretas sobre Materias Comunes del Programa Anexo y de cultura general a nivel de titulación exigida. El número de preguntas será determinado por el Tribunal, que, asimismo, establecerá el tiempo máximo para su realización.

- Segundo ejercicio: Consistirá en desarrollar, por escrito, durante un máximo de una hora, un tema de los comprendidos en el Programa Anexo de Materias Específicas, de entre dos a elegir por el opositor. Para la determinación de los mismos, antes de celebrarse el ejercicio, se extraerán al azar dos bolas de los temas referidos. Inmediatamente después de finalizado el mismo, los aspirantes transcribirán dicho ejercicio en máquina de mecanografiar, aportada por los mismos, en un tiempo a determinar por el Tribunal.

- Tercer ejercicio: Realización de una prueba práctica, a determinar por el Tribunal y relacionada con las tareas propias de la plaza de referencia, que se pasará a ofimática.

Todos los ejercicios serán calificados hasta un máximo de 10 puntos, siendo eliminados aquéllos que no alcancen un mínimo de

5 puntos. Cada miembro del Tribunal otorgará de 0 a 10 puntos, adoptándose las calificaciones sumando las otorgadas y

dividiéndolas por el número de miembros del Tribunal,

despreciándose las puntuaciones diferenciales en tres puntos.

Octava. Relación de aprobados/as, presentación de documentos y nombramiento.

Terminada la calificación de los ejercicios y valoración de méritos, el Tribunal publicará el nombre de los/as aspirantes que hayan obtenido la mayor puntuación en función de la suma de las puntuaciones obtenidas en las Fases de Concurso y de Oposición, que elevará al Ilmo. Sr. Presidente de la

Corporación para que proceda a formular el correspondiente nombramiento como Funcionario de carrera.

Los/as aspirantes propuestos/as presentarán en el Registro de Entrada dentro del plazo de 20 días naturales, a contar del siguiente a la publicación de aprobados/as, los documentos acreditativos del cumplimiento de las condiciones que para tomar parte en el Concurso-Oposición se exigen en la Base Tercera.

Si dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o no reunieran los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la falsedad en su solicitud de participación.

Quienes tuvieran las condiciones de empleados/as públicos/as estarán exentos/as de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento o

designación, debiendo presentar únicamente Certificación de la Administración Pública de quien dependan, acreditando su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal.

Novena. El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen desarrollo del Concurso-Oposición.

En lo no previsto en estas Bases, se estará a lo establecido en la Ley 30/84, de 2 de agosto; Ley 7/85, de 2 de abril; Real Decreto 896/91, de 7 de junio; Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril; Real Decreto 364/95, de 10 de marzo, y demás disposiciones aplicables.

Décima. Recursos.

La presente Convocatoria, sus Bases y cuantos actos

administrativos de carácter firme se deriven de la misma podrán ser impugnados por los/las interesados/as, en los plazos y forma establecidos en la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

PROGRAMA ANEXO

MATERIAS COMUNES

Tema 1. La Constitución española de 1978, estructura y

principios generales. Los derechos fundamentales en la

Constitución española. El modelo Constitucional. La reforma de la Constitución.

Tema 2. La Organización del Estado en la Constitución:

Organización institucional o política y organización

territorial. La Corona. Las Cortes Generales: Referencia al Defensor del Pueblo y al Tribunal de Cuentas. El Poder

Judicial.

Tema 3. El Gobierno y la Administración. Principios de

actuación de la Administración Pública. La Administración del Estado. Las Comunidades Autónomas: Especial referencia a los Estatutos de Autonomía. La Administración Local. La

Administración Institucional.

Tema 4. El Régimen Local español: Principios Constitucionales y regulación jurídica. Relaciones entre Entes Territoriales. La Autonomía Local.

Tema 5. El Municipio: Concepto y elementos. El término

municipal. La población: Especial referencia al

empadronamiento. La organización. Competencias municipales.

Tema 6. La Provincia. Organización Provincial. Competencias.

Tema 7. Otras Entidades Locales. Mancomunidades. Comarcas u otras Entidades que agrupen varios municipios. Las áreas Metropolitanas. Las Entidades de ámbito territorial inferior al municipal.

Tema 8. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Administrativo: Especial

referencia a la Ley y a los Reglamentos. La potestad

reglamentaria en la esfera local. Ordenanzas, Reglamentos y bandos: Procedimiento de elaboración y aprobación.

MATERIAS ESPECIFICAS

Tema 9. La relación Jurídico-Administrativa. Concepto.

Sujetos: La Administración y el Administrado. Capacidad y representación. Derechos del Administrado. Los actos jurídicos del Administrado.

Tema 10. El acto administrativo: Concepto, Clases y Elementos. Motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos administrativos. Revisión de los actos administrativos: De oficio y en vía de recurso administrativo.

Tema 11. El procedimiento administrativo: Principios

informadores. Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación, Ordenación, Instrucción y Terminación. Dimensión temporal del procedimiento. Referencia a los procedimientos especiales.

Tema 12. Especialidades del procedimiento administrativo local. El Registro de Entrada y Salida de Documentos. Funcionamiento de los Organos Colegiados locales: Régimen de sesiones y acuerdos. Actas y certificaciones de acuerdos. Las Resoluciones del Presidente de la Corporación.

Tema 13. Formas de la acción administrativa, con especial referencia a la Administración Local. La actividad de fomento. La actividad de Policía. Las licencias. El Servicio Público Local. Las responsabilidades de la Administración.

Tema 14. Los bienes de las Entidades Locales. El dominio público. El patrimonio privado de las mismas.

Tema 15. Los contratos administrativos en la esfera local. La selección del contratista. Las garantías y responsabilidad en la contratación.

Tema 16. El personal al servicio de las Entidades Locales: Concepto y Clases. Derechos, deberes e incompatibilidades.

Tema 17. Las Haciendas Locales. Clasificación de los ingresos. Las Ordenanzas Fiscales.

Tema 18. Estudio especial de los ingresos tributarios:

Impuestos y Tasas y contribuciones Especiales. Los Precios Públicos.

Tema 19. Los Presupuestos de las Entidades Locales. Principios, integración y documentos de que constan. Proceso de aprobación del Presupuesto Local. Principios generales de ejecución del Presupuesto. Modificaciones Presupuestarias: Los créditos extraordinarios y los suplementos de crédito. Las

transferencias de créditos y otras figuras. Liquidación del Presupuesto.

Espejo, 1 de junio de 1999.- El Alcalde.