Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 73 de 26/06/1999

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

ORDEN de 9 de junio de 1999, por la que se hace público el reajuste de la subvención a favor del promotor público Vimcorsa para la promoción de Viviendas de Protección Oficial de Régimen Especial en Alquiler, en la carretera Madrid, km 174 (Barriada Alcolea) en Córdoba, al amparo de lo establecido en el Título I, Capítulo II, del Decreto que se cita.

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Ilmos. Sres.:

Por Orden de 4 de noviembre de 1998, y al amparo del Decreto

51/1996, de 6 de febrero, se hizo pública una subvención de

104.187.762 ptas. (ciento cuatro millones ciento ochenta y siete mil setecientas sesenta y dos pesetas) a favor de Vimcorsa, Viviendas Municipales de Córdoba, S.A., para hacer frente a la amortización del préstamo cualificado para la construcción de 16 Viviendas de Protección Oficial de Régimen Especial en Alquiler en la Carretera de Madrid, km, Barriada de Alcolea (Córdoba), de las cuales 62.897.063 ptas. (sesenta y dos mil ochocientas noventa y siete mil sesenta y tres pesetas) correspondían al principal del préstamo y el resto a intereses.

Previa Resolución Administrativa de la Delegación Provincial de Obras Públicas y Transportes de Córdoba, el Ministerio de Fomento concedió una subvención de 19.655.330 ptas. (diecinueve millones seiscientas cincuenta y cinco mil trescientas treinta pesetas) correspondientes al 25% del precio máximo al que hubieran podido venderse las viviendas en el momento de su Calificación Definitiva, en virtud de lo establecido en el artículo 20.1, apartado b), del Real Decreto 2190/95, de 20 de diciembre.

El mencionado Real Decreto, en su artículo 20.3, estipula que si la suma de los importes del préstamo cualificado y de la subvención concedida excediera del coste real de las actuaciones, excluido el del suelo, los excesos deberán aplicarse al reembolso anticipado del préstamo cualificado. En este caso, el exceso a reembolsar asciende a 3.666.393 ptas. (tres millones seiscientas sesenta y seis mil trescientas noventa y tres pesetas).

En consecuencia, teniendo en cuenta el cumplimiento de todas las formalidades legales exigidas en la normativa aplicable, por esta Consejería se ha dispuesto lo siguiente:

Primero. Reajustar el préstamo cualificado a la cantidad de

59.231.063 ptas. (cincuenta y nueve millones doscientas treinta y una mil sesenta y tres ptas.), por lo que las anualidades de la subvención para hacer frente a la amortización del mismo quedan tal como expresa el cuadro adjunto, cuadro que sustituye al que figura en la Orden ya publicada y referida anteriormente.

Segundo. Autorizar al Sr. Viceconsejero a que dicte las instrucciones necesarias para la ejecución, desarrollo y cumplimiento de lo dispuesto en la presente Orden, que entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Lo que comunico a VV.II. para su conocimiento y efectos.

Sevilla, 9 de junio de 1999

FRANCISCO VALLEJO SERRANO

Consejero de Obras Públicas y Transportes

REAJUSTE CUADRO DE AMORTIZACION DE PRESTAMO HIPOTECARIO REGIMEN ESPECIAL EN ALQUILER (R.D. 2190/1995)

Expediente: 14-1-0005/97.

Promoción: 16 VPO REPPA.

Municipio: Córdoba.

Promotor: Vimcorsa.

AÑOS CARENCIA CAPITAL INTERESES ANUALIDAD

1998 502.395 502.395.-

1999 973.650 274.758 1.333.947 2.582.355.-

2000 600.731 2.640.810 3.241.541.-

2001 692.164 2.598.001 3.290.164.-

2002 789.542 2.549.974 3.339.517.-

2003 893.210 2.496.400 3.389.610.-

2004 1.003.529 2.436.925 3.440.454.-

2005 1.120.881 2.371.179 3.492.061.-

2006 1.245.672 2.298.770 3.544.442.-

2007 1.378.327 2.219,281 3.597.608.-

2008 1.519.297 2.132,275 3.651.572.-

2009 1.669.059 2.037.287 3.706.346.-

2010 1.828.113 1.933.828 3.761.941.-

2011 1.996.992 1.821.379 3,818.370.-

2012 2.176.255 1.699.391 3.875.646.-

2013 2.366.493 1.567.288 3.933.779.-

2014 2.568.331 1.424.456 3.992.787.-

2015 2.782.428 1.270.250 4.052.679.-

2016 3.009.482 1.103.987 4.113.469.-

2017 3.250.226 924.945 4.175.171.-

2018 3.505.437 732.360 4.237.798.-

2019 3.775.935 525.430 4.301.366.-

2020 4.062.585 303.301 4.365.885.-

2021 4.366.300 65.074 4.431.374.-

2022 4.688.045 190.200 4.497.845.-

2023 5.028.838 463.525 4.565.313.-

2024 2.638.433 338.784 2.299.649.-

TOTAL 1.476.045 59.231.063 37.494.029 98.201.137.-