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Por el Ayuntamiento de La Rinconada (Sevilla) fueron ofrecidas a la Comunidad Autónoma de Andalucía dos parcelas ubicadas en el Plan Parcial de Urbanización «Caserío del Mocho¯ de dicho municipio, con destino a la construcción de un Centro de Enseñanza Secundaria.
Por la Consejería de Educación y Ciencia se considera de interés la aceptación de la referida donación, que permitirá incrementar la dotación para escolarización secundaria.
En su virtud, a propuesta de la Consejera de Economía y Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en reunión celebrada el 1 de junio de 1999,
DISPONGO
Primero. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se acepta la donación ofrecida por el Ayuntamiento de La Rinconada (Sevilla) de las siguientes parcelas de terreno, que obran inscritas en el Registro de la Propiedad núm. 6, de Sevilla, a favor de dicho Ayuntamiento:
- Parcela de terreno designada en el Plan Parcial de Urbanización «Caserío del Mocho¯, quinta fase, con el núm. 46, del término municipal de La Rinconada. Ocupa una superficie de
7.083 m¯. Linda: Al Norte, con la parcela 47; al Sur, con calle abierta en la finca matriz denominada Casa del Sueño; al Este y Oeste, con sendas calles aún sin nombre, asimismo, abiertas en la finca matriz. Inscrita al folio 8 del tomo 467, libro 212, finca 11.380.
- Parcela de terreno designada en el Plan Parcial de Urbanización «Caserío del Mocho¯, quinta fase, con el núm. 47, del término municipal de La Rinconada. Ocupa una superficie de
10.032 m¯. Linda: Al Norte y Oeste con la acequia principal 27- M de la Comunidad de Regantes del Valle Inferior del Guadalquivir; al Este, con calle sin nombre abierta en la finca matriz; y, al Sur, con la parcela núm. 46. Inscrita al folio del tomo 467, libro 212, finca 11.381.
Segundo. De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 14 de la mencionada Ley, las parcelas donadas deberán incorporarse al Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, una vez inscritas a su favor en el Registro de la Propiedad, quedando adscritas a la Consejería de Educación y Ciencia con destino a la construcción de un Centro de Enseñanza Secundaria.
Tercero. Por la Consejería de Economía y Hacienda, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto dispone el presente Decreto.
Sevilla, 1 de junio de 1999
MANUEL CHAVES GONZALEZ
Presidente de la Junta de Andalucía
MAGDALENA ALVAREZ ARZA
Consejera de Economía y Hacienda