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Visto el expediente relativo a la desafectación de terrenos pertenecientes al Descansadero Mesa de Astas, se ponen de manifiesto los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. El Servicio Andaluz de Salud solicita la desafectación de 2.450 metros cuadrados del Descansadero Mesa de Astas, en el término municipal de Jerez de la Frontera, con objeto de construir un Consultorio.
El Plan Municipal de Ordenación Urbana de la ciudad de Jerez de la Frontera, aprobado con fecha 22 de marzo de 1995, contiene entre sus previsiones la delimitación de la Unidad de Ejecución «Mesa de Astas¯, incluido en el área de reparto MA-2. En la misma, se encuentran clasificados como suelo urbano con destino a equipamiento público el tramo objeto de desafectación.
Segundo. Descansadero Mesa de Astas, sito en el término municipal de Jerez de la Frontera, en Cádiz, fue clasificado por Orden Ministerial de fecha 30 de marzo de 1950, publicada en el BOE el 11 de abril de 1950. En la misma, se califica el citado Descansadero como Innecesario, de conformidad con lo preceptuado en el Decreto de 23 de diciembre de 1944.
Tercero. Resolución de la Dirección General de Ganadería, de fecha 1 de agosto de 1960, se aprobó el deslinde del Descansadero Mesa de Astas.
Cuarto. El tramo, objeto de desafectación, ha perdido las características de su definición o destino original, no existiendo tránsito ganadero.
Asimismo, ostenta continuidad respecto del núcleo urbano principal.
A tales antecedentes de hecho, les son de aplicación los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Compete a esta Secretaría General Técnica la Resolución del presente Procedimiento de Desafectación en virtud de lo establecido en el Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el Decreto
202/1997, de 3 de septiembre, por el que se aprueba la Estructura Orgánica Básica de la Consejería de Medio Ambiente.
Segundo. Al presente acto administrativo le es de aplicación, la Disposición Adicional Primera rubricada «Vías Pecuarias afectadas por planeamiento urbanístico¯ del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, dado su calificación como terreno urbano en el Plan Municipal de Ordenación Urbana de la ciudad de Jerez, aprobado con fecha 22 de marzo 1995; la Ley 3/1995, de 23 de marzo de Vías Pecuarias; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y demás legislación aplicable al caso.
Por todo lo expuesto, considerando la solicitud efectuada por el Servicio Andaluz de Salud, el interés público y social de la misma, así como la delimitación de la Unidad de Ejecución «Mesa de Astas¯, contenida en el Plan Municipal de Ordenación Urbana de la Ciudad de Jerez, aprobado con fecha 22 de marzo de 1995.
Vista la Disposición Adicional Primera del Decreto 155/1998, de
21 de octubre; la Ley 3/1995, de 21 de marzo, de Vías
Pecuarias; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, y demás normativa de obligado
cumplimiento,
RESUELVO
Aprobar la Desafectación Parcial del Descansadero Mesa de Astas, en el término municipal de Jerez de la Frontera, correspondiente a un tramo de una superficie de 2.450 metros cuadrados, clasificado como suelo urbano para equipamiento público por el Plan Municipal de Ordenación Urbana de la Ciudad de Jerez. Todo ello, con la finalidad de construir, en el mismo, un Consultorio por el Servicio Andaluz de Salud.
La descripción del citado tramo es la siguiente:
Superficie: 2.450 metros cuadrados.
Límites:
Norte: Descansadero Mesa de Astas.
Sur: Descansadero Mesa de Astas.
Este: Descansadero Mesa de Astas.
Oeste: Descansadero Mesa de Astas.
Contra la presente Resolución, que no agota la vía
administrativa, podrá interponerse Recurso de Alzada ante el Consejero de Medio Ambiente, conforme a lo establecido en la Ley 4/1999, de Modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes desde la notificación de la presente, así como cualquier otro que pudiera corresponder de acuerdo con la normativa aplicable.
Sevilla, 26 de mayo de 1999.- El Secretario General Técnico, Juan Jesús Jiménez Martín.