Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 8 de 19/01/1999

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

ORDEN de 18 de diciembre de 1998, por la que se concede una subvención al Ayuntamiento de Siles (Jaén) para la rehabilitación de La Glorieta (II Fase).

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Ilmos. Sres.: La Consejería de Obras Públicas y Transportes, en el marco de sus competencias, incluye entre sus Programas de Actuación, la dotación a las Corporaciones Locales de los medios suficientes para atender sus propias necesidades de infraestructura, potenciando con ello la intervención directa de los propios Municipios en la subsanación de las deficiencias que en dicha materia se presenten. En este sentido, el Ayuntamiento de Siles (Jaén) ha redactado un Proyecto de intervención en el Parque de la Glorieta, con el fin de racionalizar su uso, de tal forma que esta zona se integre definitivamente en el casco urbano del municipio.

Considerando la finalidad pública e interés de dicha iniciativa y su carácter excepcional, al amparo de lo establecido en el art. 107 de la Ley General de la Hacienda Pública; visto el expediente instruido por la Secretaría General Técnica, y en virtud de las facultades atribuidas por el art. 39 de la Ley de Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía y por el art. 18 de la Ley 7/1997, de 23 de diciembre, de Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el ejercicio 1998, por esta Consejería se ha resuelto lo siguiente:

Primero. Conceder una subvención al Excmo. Ayuntamiento de Siles (Jaén), por importe de veinte millones (20.000.000 de ptas.) de pesetas, con la finalidad de financiar la «Rehabilitación de La Glorieta (II FASE).

Dicha subvención se hará efectiva en las siguientes cuantías por anualidades:

Anualidad 1998: 15.000.000 de ptas.

Anualidad 1999: 5.000.000 de ptas.

Segundo. El importe de la subvención no podrá ser destinado a finalidad ni actividad distinta de la indicada en el punto anterior de la presente Orden. Asimismo, el plazo de ejecución de las obras se ajustará al plazo de seis meses, según figura en proyecto aportado por el Ayuntamiento. Su incumplimiento obligará a la devolución de los fondos percibidos.

Tercero. La subvención se hará efectiva mediante un primer libramiento, sin previa justificación, por importe del 75% del total de la anualidad prevista para el presente ejercicio, a la publicación de la Orden.

El resto será abonado, previa justificación de la partida anterior, mediante la presentación hasta el 100% del importe de la subvención, de las certificaciones acreditativas de la inversión ejecutada y acreditar mediante certificación del Interventor del Ayuntamiento que se han abonado a los correspondientes perceptores todas las certificaciones anteriormente expedidas.

Cuarto. En todos los casos, en el plazo de quince días a partir de la recepción de los fondos, se aportará por el Excmo. Ayuntamiento certificación de haber sido registrado en su contabilidad el ingreso de la subvención, con expresión del asiento contable, de conformidad con lo dispuesto en el art. 38 del Reglamento de la Intervención de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 149/1988, de 5 de abril, con independencia de lo establecido en la letra f), del artículo 108, de la Ley General de la Hacienda Pública.

Quinto. La Consejería de Obras Públicas y Transportes podrá requerir la documentación que estime necesaria a fin de comprobar la efectiva realización de la inversión y su adecuación a la finalidad de la subvención.

Asimismo, toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención y, en todo caso, la

obtención concurrente de subvenciones o ayudas otorgadas por otras Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, podrá dar lugar a la modificación de la resolución de concesión, según lo dispuesto en el art. 110 de la Ley General de la Hacienda Pública.

Sexto. En cumplimiento de lo establecido en el art. de la Ley General de la Hacienda Pública, esta Orden se publicará en BOJA, entrando en vigor al día siguiente de su publicación.

Lo que se comunica a VV.II. para su conocimiento, notificación a los interesados y demás efectos.

Sevilla, 18 de diciembre de 1998

FRANCISCO VALLEJO SERRANO

Consejero de Obras Públicas y Transportes

Ilmos. Sres.: Viceconsejero, Secretario General de

Planificación y Secretario General Técnico.

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