Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 80 de 13/07/1999

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Consejería de Agricultura y Pesca

RESOLUCION de 7 de mayo de 1999, del Instituto Andaluz de Reforma Agraria, por el que se acuerda iniciar expediente expropiatorio y convocar levantamiento de Actas Previas de ocupación de tierras en la zona regable del Chanza (Huelva), correspondiente a los propietarios que en el Anexo se citan.

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Por R.D. 1242/1985, de 17 de julio (BOE de 25 de julio), se declara de Interés Nacional la Zona Regable del Chanza.

La primera parte del Plan Coordinado de Obras, Subzona Este, de la Zona Regable del Chanza, aprobado por Orden del Ministerio de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno de

15 de septiembre de 1987 (BOE núm. 226, de 21 de septiembre) y por Orden de las Consejerías de Obras Públicas y Transporte y de Agricultura y Pesca de 31 de julio de 1987 (BOJA núm. 80, de

25 de septiembre), anejo único, consta entre otras actuaciones el Acondicionamiento de la Red de Caminos de los Sectores 2, 3,

4 y 5, el proyecto fue aprobado por Resolución de la Presidencia del Instituto Andaluz de Reforma Agraria de 13 de diciembre de 1990.

La segunda parte del Plan Coordinado de Obras, Subzona Oeste, de la Zona Regable del Chanza, aprobado por Orden del Ministerio de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno de 5 de febrero de 1988 (BOE 32, de 6 de febrero) y Orden de las Consejerías de Obras Públicas y Transportes y de Agricultura y Pesca de 5 de febrero de 1988 (BOJA, de 2 de marzo), anejo único, consta entre otras actuaciones la Red de Caminos del Sector 8 cuyo proyecto fue aprobado por Resolución de la Presidencia del Instituto Andaluz de Reforma Agraria de

15 de septiembre de 1988. La obras es de Interés General.

La declaración por el Gobierno del interés nacional de la transformación de la Zona unida a la publicación del Decreto aprobando el Plan de Transformación o Proyecto de obras conforme preceptúa el artículo 113.1 de la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario, lleva implícita la declaración de utilidad pública y la necesidad de ocupación de los bienes y derechos cuya expropiación fuese necesaria a tal fin, todo ello en aplicación del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, y entendiéndose las actuaciones a realizar con las personas que se refieren los artículos 3 y 4 de la citada Ley.

Esta Presidencia, de conformidad con la legislación vigente en la materia y en virtud de las atribuciones que tiene conferidas por la Ley 8/1984, de 3 de julio, de Reforma Agraria, y por la Orden de 5 de junio de 1996, por la que se publica el Texto Integrado del Decreto 220/1994, de 6 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura y Pesca y del Instituto Andaluz de Reforma Agraria,

HA RESUELTO

Primero. Iniciar el procedimiento expropiatorio respecto de los terrenos afectados por las obras de construcción de la Red de Caminos de los Sectores 3, 4, 5 y 8, de la Zona Regable del Chanza (Huelva).

Segundo. Convocar a los propietarios afectados en el expediente expropiatorio, que en el Anexo se relacionan, para proceder al levantamiento de las Actas Previas de Ocupación en el Ayuntamiento de Cartaya el día 4 de octubre de 1999 y en el Ayuntamiento de Lepe los días 4 y 5 de octubre de 1999, a las horas que en Anexo se indican, con el fin de desplazarse posteriormente a la finca objeto de ocupación.

A dicho acto deberán asistir los titulares afectados personalmente, aportando la documentación acreditativa de la titularidad y el último recibo de la contribución, pudiendo asistir acompañados, a su cargo, de Peritos y Notarios.

Tercero. Publicar la relación de interesados, así como los bienes y derechos que resulten afectados por la expropiación en el Boletín Oficial de la Provincia de Huelva, tablones de anuncios del Ayuntamiento de Cartaya y Lepe, y si lo hubiera en dos diarios de la capital de la provincia.

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Agricultura y Pesca, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la notificación o publicación del presente acto, de conformidad con lo establecido desde su notificación o publicación de fecha a fecha, ante el Sr. Consejero de

Agricultura y Pesca, sin perjuicio de los demás recursos que en derecho procedan, conforme a lo previsto en el artículo 114, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero.

Sevilla, 7 de mayo de 1999.- El Presidente, José Emilio Guerrero Ginel.

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]