Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 87 de 29/07/1999

3. Otras disposiciones

Consejería de Trabajo e Industria

RESOLUCION de 9 de julio de 1999, de la Secretaría General Técnica, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada en el recurso contencioso-administrativo núm. 1.262/96, interpuesto por Construcciones A. Luque, SA.

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En el recurso contencioso-administrativo número 1.262/96, interpuesto por Construcciones A. Luque, S.A., contra la Resolución de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo de la Junta de Andalucía de fecha 20 de febrero de 1996, mediante la que se desestimó el recurso ordinario interpuesto contra Resolución de la Delegación Provincial de la Consejería de Salud en Córdoba, de fecha 1 de agosto de 1994, recaída en expediente sancionador núm. 313/92, se ha dictado sentencia por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con fecha 10 de junio de 1998, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

«Fallamos: Que debemos estimar y estimamos el recurso interpuesto por la entidad Construcciones Luque, S.A., contra las Resoluciones citadas en el Fundamento Primero de esta sentencia, que anulamos por su disconformidad con el Ordenamiento Jurídico. Sin costas¯.

Mediante Certificación de fecha 25 de junio de 1999 se declara firme la sentencia anterior acordándose que se lleve a puro y debido efecto lo resuelto.

En virtud de lo establecido en el artículo 2º5 de la Orden de

8 de julio de 1996, de delegación de competencias y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 118 de la Constitución y 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y 104 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa, he dispuesto el cumplimiento en sus propios términos de la expresada sentencia, así como su publicación en el BOJA.

Sevilla, 9 de julio de 1999.- El Secretario General Técnico, Javier Aguado Hinojal.