Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 87 de 29/07/1999

1. Disposiciones generales

Universidades

RESOLUCION de 12 de julio de 1999, de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, por la que se convocan dos becas de Formación de Personal Técnico de Informática.

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La Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, considerando la necesidad de formación de personal cualificado susceptible de integrarse en los servicios de informática de esta Universidad ha resuelto:

Primero. Convocar dos becas de Formación de Personal Técnico de Informática, con arreglo a las normas que se contienen en los Anexos de esta Resolución. Las dos becas convocadas se adscriben al Centro de Informática y Comunicaciones (CIC) de esta Universidad.

Segundo. Estas becas estarán financiadas con cargo al Crédito

30.21.01.422 D-4.48.482.02 de los Presupuestos de la Universidad.

Tercero. Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso- administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al recibo de su notificación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con el artículo

8.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE de 14 de julio), sin perjuicio de que alternativamente pueda presentar recurso de reposición contra esta Resolución, en el plazo de un mes, ante el órgano que la dictó, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto recaiga Resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero de 1999 (BOE de 14 de enero).

Sevilla, 12 de julio de 1999.- La Rectora, Rosario Valpuesta Fernández.

ANEXO I

Normas de la convocatoria de dos becas de Formación de Personal Técnico de Informática

1. Objetivos.

1.1. Estas becas van dirigidas a potenciar la formación de personal cualificado de informática, mediante la incorporación de titulados universitarios para el desarrollo de actividades en el Centro de Informática y Comunicaciones de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla.

1.2. Las actividades que deberán desarrollar los becarios estarán directamente relacionadas con alguno de los siguientes perfiles:

- Estudio y explotación de software científico.

- Sistemas de Información distribuida.

- Desarrollo en lenguaje HTML, JAVA, ACTIVEX y CGI.

- Implantación de un sistema de flujo de trabajo entre las distintas Unidades Administrativas.

- Estudio y dotación de un entorno ofimático para las Unidades Administrativas.

- Estudio y explotación de Laboratorio de Análisis de Imagen.

2. Requisitos de los solicitantes.

2.1. Poseer la nacionalidad española o de un país miembro de la Unión Europea, o ser extranjero residente en España en el momento de finalizar el plazo de solicitud de la convocatoria.

2.2. Estar en posesión de algunas de las siguientes titulaciones:

- Ingeniero Superior.

- Ingeniero Técnico.

- Ldo. Informática.

- Dpdo. Informática.

- Dpdo. Estadística.

- Ldo. en Físicas.

- Ldo. en Químicas.

- Ldo. en Farmacia.

- Ldo. en Biológicas.

2.3. Poseer conocimientos en alguno de los siguientes campos:

- Sistema Operativo UNIX.

- Sistema de información distribuida.

- Lenguaje HTML, JAVA, ACTIVEX y CGI.

- Herramientas ofimáticas.

- Herramientas para el tratamiento de la imagen.

3. Dotación de la beca.

3.1. Cada beca tendrá una asignación de 72.000 pesetas brutas mensuales.

3.2. Seguro combinado de accidentes individuales, intervención quirúrgica, hospitalización y asistencia médica. Este último es extensible al cónyuge e hijos de beneficiarios siempre que no posean cobertura de la Seguridad Social.

3.3 El pago de las becas se efectuará a los beneficiarios por mensualidades completas, contándose la primera de ellas a partir de la incorporación del becario al Centro.

4. Duración de la beca.

4.1. La duración de estas becas será de un año improrrogable.

5. Naturaleza de las becas.

5.1. La concesión de estas becas no establece ningún tipo de vinculación laboral entre el beneficiario y la Universidad Pablo de Olavide, ni implica por parte de ésta ningún

compromiso en cuanto a la posterior incorporación del

interesado a la plantilla de la misma.

5.2. El disfrute de la beca es incompatible con cualquier otra beca o ayuda financiada con fondos públicos o privados

españoles o comunitarios, así como con sueldos o salarios que impliquen vinculación contractual o estatutaria del interesado. En ningún caso, el interesado, una vez concedida la beca, podrá figurar como demandante de empleo en las oficinas del Instituto Nacional de Empleo al tratarse de subvenciones que exigen dedicación exclusiva.

6. Condiciones del disfrute.

6.1. El comienzo del disfrute de la beca corresponde a la incorporación del becario al Centro, dentro del plazo que se señale en la Resolución de adjudicación.

6.2. La aceptación de la beca por parte del beneficiario implica la de las normas incluidas en esta convocatoria, así como las establecidas por la Gerencia de la Universidad para la justificación del gasto de los fondos públicos recibidos.

6.3. Los beneficiarios se comprometen a cumplir el régimen de formación y colaboración establecido por la Dirección del Centro al que resulten adscritos, con una dedicación de 35 horas semanales.

La no observancia de estas normas supondrá la anulación de la beca concedida.

7. Solicitudes y documentación.

7.1. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días naturales a partir de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

7.2 Las solicitudes se formalizarán en el impreso normalizado, conforme al modelo recogido en el Anexo II de esta Resolución, y que estarán a disposición de los interesados en el Registro General de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla,

dirigiéndose a la Excma. y Magfca. Sra. RectoraPresidenta de la Universidad Pablo de Olavide.

7.3. Las solicitudes se presentarán en el Registro General de esta Universidad, Ctra. de Utrera, km 1. 41013 Sevilla, o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

7.4. Las solicitudes deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:

a) Curriculum vitae del solicitante.

b) Título o resguardo de haberlo solicitado y certificación académica oficial, en original o fotocopia compulsada, en la que figuren, de forma detallada, las calificaciones obtenidas, fechas de las mismas y constancia expresa de que las materias constituyen el programa completo de la titulación

correspondiente.

c) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad, pasaporte o tarjeta de residente del solicitante.

d) Resto de méritos debidamente documentados en función de los requisitos señalados en la presente convocatoria.

8. Selección y valoración de solicitudes.

8.1. Para la valoración y selección de los posibles

beneficiarios se nombrará una Comisión de Selección presidida por el Excmo. Sr. Vicerrector de Alumnos y de la que formarán parte, al menos, los siguientes miembros:

Vicepresidente: Ilmo. Sr. Gerente de la Universidad.

Vocales:

- Dr. don Plácido Navas Lloret, Vicerrector de Investigación, o personal en quien delegue.

- Dr. don Santiago Lago Aranda, Decano de la F. de Cc.

Experimentales, o persona en quien delegue.

- Don José Jiménez Cañete, Vicegerente de la Universidad.

- Don Juan Camarillo Casado, Director del CIC.

- Don José Ramón Galera Marcelo, alumno de la F. Cc.

Experimentales.

- Doña María Cruz Vázquez, alumna de la F. de Cc.

Empresariales.

Actuará como Secretario, con voz pero sin voto, doña María Rodríguez Martínez, Jefe de la Unidad de Alumnos.

8.2. La Comisión de Selección tendrá en cuenta, para la baremación de las solicitudes, los siguientes apartados:

Titulación.

- Ingeniero Superior o Licenciado en Informática: 2,5 puntos.

- Licenciados en Física, Licenciado en Matemáticas, Ingeniero Técnico, Diplomado en Informática o Diplomado en Estadísticas:

1,75 puntos.

- Licenciado en Químicas, Licenciado en Farmacia o Licenciado en Biología: 1,25 puntos.

- Expediente académico: Máximo 4 puntos.

- Nivel de formación previa en dicha modalidad y adecuación de la titulación: Máximo 3 puntos.

- Cursos específicos recibidos: Máximo 2 puntos.

- Experiencia Laboral: Máximo 2 puntos.

- Otros méritos relacionados con el tipo de beca: Máximo 1 punto.

Los aspirantes podrán ser convocados, si así lo decide la Comisión, a una entrevista personal con los miembros de la misma. Esta entrevista podrá ser valorada hasta un máximo de 5 puntos. La Comisión de Selección, a la vista de las solicitudes de becas efectuadas, podrá determinar la no concesión de beca cuando no reúnan las condiciones del perfil solicitado en la convocatoria.

El resultado de esta convocatoria se hará público en el tablón de anuncios del Rectorado de la Universidad.

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]