Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 89 de 03/08/1999

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Consejería de Gobernación y Justicia

ANUNCIO de la Delegación del Gobierno de Cádiz, sobre notificación de Propuesta de Resolución y Resolución de 11 de junio de 1999.

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Automatismo Andaluz, S.L., con domicilio en Residencial Corimbo, 2, de Mairena del Aljarafe (Sevilla). Expte.:/98/M.

Infracción: El pasado día 5-11-98, a las 17,05 horas, se encontraba instalada y en funcionamiento, en el establecimiento denominado Bar Hondon, sito en C/ Hondon, 47, de Olvera, la máquina recreativa tipo A, modelo Vídeo Val, con serie y número A-2847, careciendo de matrícula de la CAA. Se sanciona con multa de cincuenta mil una pesetas (50.001 ptas.), como responsable de una infracción a lo dispuesto en el art. 25.4 de la Ley 2/86, de 19 de abril, del Juego y Apuestas de la CAA y en el art. 23 del Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar, tipificada con el carácter de grave en el art. 29.1 de la Ley

2/86, de 19 de abril, del Juego y Apuestas y art. 53.1 de dicho Reglamento.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada ante la Excma. Sra. Consejera de Gobernación y Justicia de la Junta de Andalucía, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación, con los requisitos señalados en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero. El importe de la sanción deberá hacerlo efectivo en el plazo de treinta días hábiles, contados a partir del día siguiente a la fecha en que esta Resolución adquiera firmeza en vía administrativa. La referida firmeza se producirá si transcurriese el plazo de un mes, contado desde la fecha de la notificación de la presente Resolución, sin que haya sido interpuesto contra la misma el recurso de alzada a que se hace referencia en el párrafo anterior. En el supuesto de que se interponga el recurso aludido, el plazo señalado de treinta días hábiles para el pago en período voluntario comenzará a contarse desde el día siguiente a la notificación de la Resolución recaída en el mencionado recurso. Transcurridos los citados plazos sin que el pago haya sido efectuado, se remitirán las actuaciones a la Consejería de Economía y Hacienda para que proceda a su cobro mediante detracción/ejecución de la fianza, quien liquidará a su vez el interés de demora que corresponda. Asimismo, a efectos de dicho procedimiento de ejecución, se le concede trámite de audiencia por plazo de 10 días, a contar desde el siguiente al de la notificación de este escrito, en el que podrá formular las alegaciones que estime pertinentes, todo ello de conformidad a lo dispuesto en el artículo 20 del Real Decreto 161/97, de 7 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento General de la Caja de Depósitos.

El Delegado, Francisco Menacho Villalba.