Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
De conformidad con los arts. 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y habida cuenta de que han sido intentadas las notificaciones sin que hayan surtido efecto, se notifican por medio de su anuncio, haciendo saber a los interesados que podrán comparecer en un plazo de diez días, en este Organismo, sito en C/ Angel, 16, a fin de conocer el contenido íntegro de la Resolución dictada.
Expte.: 149/99. Don Francisco Fernández Cortés y doña Mª Cortés Fernández, que con fecha 9-7-99 se ha dictado Resolución de desamparo y acogimiento residencial, respecto del menor J.F.C., pudiendo formular oposición ante el Juzgado de 1ª Instancia-Familia de esta capital.
Exptes.: 112, 114 y 115/99. Don José Manuel Jiménez García y doña Trinidad García Martínez, que con fecha 7-7-99 se ha dictado Resolución de desamparo y acogimiento residencial respecto de los menores E.R.G., R.J.G. y M.D.J.G., pudiendo formular oposición ante el Juzgado de 1ª Instancia-Familia de esta capital.
Granada, 19 de julio de 1999.- La Delegada, Mª José Sánchez Rubio.