Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 92 de 10/08/1999

3. Otras disposiciones

Consejería de Salud

RESOLUCION de 16 de julio de 1999, de la Dirección General de Salud Pública y Participación, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias en materia de autorizaciones sanitarias de funcionamiento de las industrias alimentarias.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

El Real Decreto 1712/1991, de 29 de noviembre, por el que se regula el Registro General Sanitario de Alimentos, establece en su artículo tercero como requisito previo a la inscripción en dicho Registro la autorización sanitaria de funcionamiento de las industrias y establecimientos alimentarios otorgada por la correspondiente Comunidad Autónoma.

El Decreto 317/1996, de 2 de julio, por el que se establece la Estructura Orgánica Básica de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluz de Salud, atribuye en su artículo 5.e) a la Dirección General de Salud Pública y Participación competencias sobre autorizaciones administrativas sanitarias en las materias que afectan al ámbito competencial de la Dirección General.

La adaptación de los procedimientos administrativos a la reforma introducida por la Ley 4/1999, de 13 de enero, en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el principio de eficacia y la mayor proximidad territorial a los interesados en la actuación de la Administración Pública, aconsejan la delegación de determinadas competencias en los procedimientos de autorización sanitaria de funcionamiento de las industrias alimentarias.

En su virtud, de conformidad con el artículo 13 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Adininistraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y con el artículo 47.1 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía,

RESUELVO

Primero. Se delega la competencia para la iniciación e instrucción de los procedimientos de autorización sanitaria de funcionamiento de las industrias alimentarias, así como para la resolución de los mismos en los supuestos de prescripción, renuncia del derecho, caducidad del procedimiento, desistimiento de la solicitud y desaparición sobrevenida del objeto del procedimiento, en los Delegados Provinciales de la Consejería de Salud.

Segundo. Las resoluciones que se adopten en virtud de esta delegación indicarán expresamente dicha circunstancia, y se considerarán dictadas por el órgano delegante.

Tercero. La Dirección General de Salud Pública y Participación podrá revocar en cualquier momento el ejercicio de las competencias delegadas por la presente Resolución.

Cuarto. La presente Resolución producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 16 de julio de 1999.- La Directora General, Mª Antigua Escalera Urkiaga.