Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 93 de 12/8/1999

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Consejería de Gobernación y Justicia

RESOLUCION de 13 de julio de 1999, de la Dirección General de Recursos Humanos y Medios Materiales, por la que se dispone dar publicidad a la Resolución que se cita, por la que se aprueba la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos a las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Auxiliares de la Administración de Justicia, turnos promoción interna y libre.

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Mediante Resolución de 14 de junio de 1999, la Secretaría de Estado de Justicia aprueba la relación provisional de admitidos y excluidos a las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Auxiliares de la Administración de Justicia, turnos promoción interna y libre.

De conformidad con lo dispuesto en el art. 20 del Reglamento Orgánico de los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares y Agentes al servicio de la Administración de Justicia, aprobado por Real Decreto 249/1996, de 16 de febrero, y en ejercicio de las competencias atribuidas en virtud de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma; el Decreto del Presidente 1/1997, de 13 de marzo; el Decreto 315/1996, y el Decreto 84/1997, del 13 de marzo, esta Dirección General de Recursos Humanos y Medios Materiales,

DISPONE

Dar publicidad a la Resolución de 14 de junio de 1999, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se aprueba la relación provisional de admitidos y excluidos a las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Auxiliares de la Administración de Justicia, turnos promoción interna y libre, que se inserta como Anexo a la presente Resolución.

Los listados se encuentran expuestos al público en las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía y se podrán consultar en la Oficina de Información de la Junta de Andalucía, Tlf.: 900/50.92.92.

Sevilla, 13 de julio de 1999.- El Director General, José Antonio Muriel Romero.

ANEXO

RESOLUCION DE 14 DE JUNIO DE 1999, DE LA SECRETARIA DE ESTADO DE JUSTICIA, POR LA QUE SE APRUEBA LA RELACION PROVISIONAL DE ASPIRANTES ADMITIDOS Y EXCLUIDOS A LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA INGRESO EN EL CUERPO DE AUXILIARES DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA, TURNOS PROMOCION INTERNA Y LIBRE

Finalizado el plazo de presentación de instancias, y de conformidad con lo establecido en la base 5.1. de la Orden de

23 de noviembre de 1998 (BOE del día 5 de diciembre), que hizo pública la convocatoria de pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Auxiliares de la Administración de Justicia, turnos promoción interna y libre, rectificada por Orden de 17 de marzo de 1999 (BOE de 6 de abril de 1999), esta Secretaría de Estado de Justicia ha resuelto:

Primero. Aprobar y publicar las relaciones provisionales de aspirantes excluidos a las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Auxiliares de la Administración de Justicia, turnos promoción interna y libre, con indicación de las causas de exclusión, que figuran en el Anexo de la presente Resolución (aspirantes excluidos por no especificar ámbito y aspirantes excluidos por ámbitos territoriales).

Segundo. Las listas certificadas completas quedarán expuestas al público en los Servicios de Información de este Ministerio, calle de la Manzana, número 2, y San Bernardo, número 21,

18015, Madrid, órgano competente de las Comunidades Autónomas donde se convocan plazas, Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia, Tribunales Superiores de Justicia, Audiencias Provinciales y Centro de Información Administrativa de Administraciones Públicas, calle María de Molina, 50, 28035 Madrid.

Los aspirantes deberán comprobar no sólo que no figuran en la relación de excluidos, sino, además, que sus nombres constan en la relación de admitidos.

Tercero. De conformidad con lo dispuesto en las bases de la convocatoria, los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de quince días naturales, contados a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado, para subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o su omisión, circunstancia que, en su caso, dará origen a la oportuna rectificación de la lista de admitidos.

Quienes no subsanen la exclusión o aleguen la omisión,

justificando su derecho a ser incluidos, serán definitivamente excluidos.