Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 96 de 19/8/1999

3. Otras disposiciones

Consejería de Trabajo e Industria

ORDEN de 26 de julio de 1999, por la que se delegan competencias en materia de concursos de méritos para la provisión de puestos de trabajo adscritos a personal funcionario de la Consejería.

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El Decreto 151/1996, de 30 de abril, regula los concursos para la provisión de puestos de trabajo de la Administración de la Junta de Andalucía adscritos a personal funcionario y aprueba el baremo que ha de regir los mismos, atribuyendo a los Consejeros, en su artículo 7.1, la competencia para convocar y resolver los concursos en relación con los puestos de trabajo adscritos a su Consejería.

Dado que la finalidad del precitado Decreto es la de aportar soluciones eficaces a la provisión de los puestos de trabajo vacantes que se vayan produciendo, se considera necesario delegar en el Viceconsejero y en los Delegados Provinciales, en los Servicios Centrales y Periféricos, respectivamente, de esta Consejería, la competencia para convocar y resolver los concursos que afecten a los puestos de trabajo adscritos a los mismos, posibilitando con ello una mayor agilidad y eficacia en la gestión y resolución de tales concursos, todo ello sin que afecte a la necesaria homogeneidad de las bases de las convocatorias, que habrán de ser autorizadas por la Secretaría General para la Administración Pública, ni, por tanto, a la valoración de los méritos.

En su virtud, de acuerdo con el artículo 47 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, de Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y con el artículo 13 de la vigente Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero), DISPONGO

Artículo 1º Se delegan en el Viceconsejero de Trabajo e Industria la convocatoria y resolución de los concursos de méritos para la provisión de puestos de trabajo adscritos a los Servicios Centrales de la Consejería de Trabajo e Industria. Artículo 2º Se delegan en los Delegados Provinciales de la Consejería de Trabajo e Industria la convocatoria y resolución de los concursos de méritos para la provisión de puestos de trabajo adscritos a las respectivas Delegaciones Provinciales.

Artículo 3º Las competencias que se delegan serán ejercidas de acuerdo con el Decreto 151/1996, de 30 de abril, y con las normas de general aplicación.

Artículo 4º Conforme a lo establecido en el artículo 14 de la precitada Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el titular de la Consejería podrá avocar en cualquier momento la delegación de competencias efectuada mediante esta Orden, la cual, no obstante, subsistirá en sus propios términos en tanto no sea revocada o modificada de forma expresa.

Artículo 5º En los actos y Resoluciones que se adopten, en virtud de esta delegación, se hará constar expresamente tal circunstancia.

Disposición Final. La presente Orden surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 26 de julio de 1999

GUILLERMO GUTIERREZ CRESPO

Consejero de Trabajo e Industria

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