Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 98 de 24/08/1999

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

ORDEN de 30 de julio de 1999, por la que se acuerda ampliar la acreditación concedida al Laboratorio de Oficina Técnica de Estudios y Control de Obras, SA (OFITECO), localizado en Peligros (Granada), y la inscripción en el Registro de Entidades Acreditadas.

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Por don Angel Pérez Saiz, como representante legal, ha sido presentada solicitud para la ampliación de la acreditación del laboratorio de «Oficina Técnica de Estudios y Control de Obras, S.A. (OFITECO)¯, localizado en Peligros (Granada), Avda. de Asegra, s/n, Parcela 13, acompañada de la documentación correspondiente.

El mencionado laboratorio se encuentra inscrito en el Registro de Entidades Acreditadas, con el número L065-25GR, y acreditado en las áreas: «Area de control de hormigón en masa, de cemento, de áridos y de agua¯ (HC); «Area de ensayos de laboratorio de mecánica del suelo (SE)¯, y «Area de ensayos de suelos, áridos, mezclas bituminosas y sus materiales constituyentes (SV)¯ (BOJA

31.3.98).

Realizada inspección al laboratorio, para la evaluación técnica de la entidad, se estima que cumple las condiciones requeridas.

Considerando que se ha dado cumplimiento a lo previsto en la Orden de esta Consejería de 15 de junio de 1989, por la que se regula el Registro de Entidades Acreditadas para la prestación de asistencia técnica a la construcción y obra pública, así como a lo previsto en las disposiciones reguladoras específicas para las diversas áreas de acreditación, establecidas mediante Ordenes de 5 de febrero y de 24 de octubre de 1991, y Orden de

15 de julio de 1997, a propuesta de la Secretaría General Técnica, y en virtud de las facultades atribuidas por la Orden de 15 de junio citada, esta Consejería ha resuelto lo siguiente:

Primero. Ampliar la acreditación concedida al laboratorio de «Oficina Técnica de Estudios y Control de Obras, S.A. (OFITECO)¯, localizado en Peligros (Granada), como laboratorio de ensayos para el control de calidad de la construcción y obra pública, en la siguiente área técnica:

- «Area de control de firmes flexibles y bituminosos y sus materiales constituyentes (SF)¯.

Segundo. Inscribir la ampliación de la acreditación en el Registro de Entidades Acreditadas para la prestación de asistencia técnica a la construcción y obra pública de esta Consejería.

Tercero. Publicar esta Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Cuarto. La acreditación otorgada tendrá validez por un período de cinco años, quedando supeditada al cumplimiento de lo establecido en la Orden de 15 de junio de 1989, y disposiciones específicas de cada una de las áreas acreditadas, debiendo en todo caso el interesado solicitar la prórroga de la misma dentro de los seis meses anteriores a la expiración de dicho período.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso- administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo con competencia territorial según se prevé en el art. 14 de la Ley 29/1998, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 13 de julio, o, en su caso, ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, y con cumplimiento de los requisitos previstos en la mencionada Ley.

Sevilla, 30 de julio de 1999

FRANCISCO VALLEJO SERRANO

Consejero de Obras Públicas y Transportes

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