Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 1 de 4/1/2000

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Consejería de Trabajo e Industria

RESOLUCION de 27 de octubre de 1999, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se concede autorización administrativa a Servicios Integrales de Ahorro Energéticos, SA, para instalar una planta eólica de generación eléctrica en los términos municipales de San Roque y La Línea de la Concepción (Cádiz). (PP. 3395/99).

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ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Con fecha 30 de octubre de 1998, la empresa Servicios Integrales de Ahorro Energéticos, S.A. (Sinae), con domicilio social en Madrid, Paseo de Recoletos, 25, solicitó en la Delegación Provincial de la Consejería de Trabajo e Industria de Cádiz autorización administrativa para realizar una planta de generación eólica denominada «Sierra Carbonera¯, sita en el paraje del mismo nombre en los términos municipales de San Roque y La Línea de la Concepción (Cádiz).

Segundo. De acuerdo con el artículo 9 del Decreto 2617/66, de

20 de octubre, que regula el procedimiento para el otorgamiento de autorización administrativa en materia de instalaciones eléctricas, se sometió el expediente a información pública, insertándose anuncios en el BOJA núm. 6, de 14 de enero de

1999, en el BOP de Cádiz núm. 296, de 24 de diciembre de 1998, produciéndose alegaciones por parte de la Asociación Ecologista Verdemar, siendo recogidas las mismas en la Declaración de Impacto Ambiental de la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente de Cádiz.

Tercero. Con fecha 13 de agosto de 1999, la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente de Cádiz emite Declaración de Impacto Ambiental por la que declara viable la actividad con los condicionados recogidos en dicho documento.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Esta Dirección General de Industria, Energía y Minas es competente para conceder la citada autorización, según lo dispuesto en el Título I, artículo 13.14, del Estatuto de Autonomía para Andalucía, así como el Decreto del Presidente de la Junta de Andalucía 132/1996, de 16 de abril, sobre Reestructuración de Consejerías, y el Decreto 316/1996, de 2 de julio, por el que se establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Trabajo e Industria.

Vista la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, así como el Decreto 2617/66 citado anteriormente.

Vista la Declaración de Impacto Ambiental de la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente de Cádiz, así como el informe favorable de la Delegación Provincial de la Consejería de Trabajo e Industria de Cádiz.

Esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, a propuesta del Servicio de Energía,

R E S U E L V E

Conceder Autorización Administrativa a la empresa Servicios Integrales de Ahorro Energético, S.A. (Sinae), para realizar la instalación referida, cuyas características principales serán:

- 22 Aerogeneradores, 17 Gamesa G47-660 de 660 KW y 5 Gamesa G27 de 225 KW con generador asíncrono a 690 V. Rotor de 3 palas de 47 y 27 metros de diámetro respectivamente y con superficies de rotación de 1.735 y 573 m¯, emplazado en torres metálicas tubulares.

- 18 Centros de transformación 17 x 800 + 1 x 2.000 KVA,

0,69/20 KV tipo interior.

- Red Eléctrica subterránea de Alta Tensión a 20 KV.

Esta autorización se otorga de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, sin perjuicio de las que correspondan conceder a otros organismos para instalaciones anejas a la planta que quedan fuera de la competencia de esta Dirección General de Industria, Energía y Minas.

La citada instalación no podrá entrar en servicio mientras no cuente el peticionario de la misma con la aprobación de su proyecto de ejecución, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el Capítulo IV del citado Decreto 2617/1966, de

20 de octubre, debiendo solicitarse la indicada aprobación en un plazo máximo de 9 meses. Caso de no ser factible lo

anteriormente expuesto, se procederá por el peticionario de la autorización a cumplimentar lo que para concesión de prórrogas se ordena en el Capítulo IV del Decreto 1775/1967, de 22 de julio.

Lo que se notificará a los interesados, advirtiéndoles que contra la presente Resolución, que no agota la vía

administrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo e Industria en el plazo de un mes, contado a partir del día de su notificación, de

conformidad con lo establecido en el artículo 114.2 de la Ley

4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de

26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 27 de octubre de 1999.- El Director General,

Francisco Mencía Morales.

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