Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 10 de 27/01/2000

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 22 de diciembre de 1999, por la que se reconoce e inscribe en el Registro de Fundaciones Docentes Privadas la Fundación denominada Para el Desarrollo de la Formación y Seguridad Vial (Fundauto), de la localidad de Sevilla, calle Beatriz de Suabia, número 103.

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Visto el expediente de reconocimiento e inscripción en el Registro de Fundaciones Docentes de esta Consejería de la Fundación denominada «Para el Desarrollo de la Formación y Seguridad Vial (Fundauto)¯, constituida y domiciliada en la localidad de Sevilla, calle Beatriz de Suabia, núm. 103.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. La Fundación «Para el Desarrollo de la Formación y Seguridad Vial (Fundauto)¯ fue constituida en Escrituras Públicas, de fecha 8 de marzo de 1999, ante don José Luis Ferrero Hormigo, Notario del Ilustre Colegio de Sevilla, con número de protocolo 729, subsanadas por otras de fecha 24de septiembre de 1999 ante el mismo Notario, y con número de protocolo 2.780, figurando como fundador don Antonio Laguillo Cadenas y otros.

Segundo. Tendrá, principalmente, los objetivos y fines siguientes:

A) Difundir información relacionada con la seguridad, educación y formación vial en todos sus ámbitos, empleando para ello el medio de comunicación más adecuado en cada caso.

B) Facilitar la adaptación al medio vial a colectivos con discapacidades físicas o psíquicas, así como colectivos que presenten dificultades de inserción social.

C) Promover el diálogo y la cooperación entre las Administraciones Públicas competentes y las entidades privadas o diversos colectivos relacionados con el sector.

D) Organizar Jornadas, Encuentros y Cursos relacionados con la formación, educación y seguridad vial.

E) Fomentar el desarrollo de investigaciones destinadas a la mejora de la formación, educación y seguridad vial.

F) Editar y publicar todo aquello que se considere de utilidad y que esté relacionado con el tema que nos ocupa.

Tercero. La dotación inicial de la Fundación está constituida por quinientas mil (500.000) pesetas, depositadas a nombre de la Fundación en el Banco Banesto, Sucursal Urbana de Campana, número cuatro, en Sevilla.

Cuarto. El gobierno, administración y representación de la Fundación se confía, de modo exclusivo, a un Patronato, formado por ocho miembros, siendo su Presidente don Antonio Laguillo Cadenas.

Vitos: La Constitución española, el Estatuto de Autonomía de Andalucía, la Ley 30/94, de 24 de noviembre, de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada en Actividades de Interés General; el Decreto 2930/72, de21 de julio, que aprueba el Reglamento de Fundaciones Culturales Privadas y Entidades Análogas, y demás normas de general y pertinente aplicación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Esta Consejería tiene asignada, en virtud del Decreto

42/83, de 9 de febrero, del Consejo de Gobierno de

la Junta de Andalucía, las competencias que, en materia de Educación, se traspasaron por Real Decreto 3936/82, de 29de diciembre, y, en particular, sobre las Fundaciones Docentes que desarrollen principalmente sus acciones en Andalucía, ejerciendo en consecuencia el Protectorado sobre las de esta clase.

Segundo. Se han cumplido en la tramitación del expediente todos los requisitos considerados esenciales por la Ley/94, de 24 de noviembre, de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada en Actividades de Interés General, y el Reglamento de Fundaciones Culturales Privadas, por lo que procede el reconocimiento del interés público de sus objetivos y la inscripción en el pertinente Registro de Fundaciones Docentes.

En consecuencia, y en atención a los hechos y fundamentos de Derecho hasta aquí desarrollados, esta Consejería de Educación y Ciencia, visto el preceptivo informe de la Asesoría Jurídica,

R E S U E L V E

Primero. Reconocer el interés público de la Entidad, e

inscribir, como Fundación Docente Privada, en el

correspondiente Registro a la Fundación «Para el Desarrollo de la Formación y Seguridad Vial (Fundauto)¯, de la localidad de Sevilla, con domicilio en calle Beatriz de Suabia, número 103.

Segundo. Aprobar los Estatutos, contenidos en las Escrituras Públicas de fecha 8 de marzo de 1999, subsanadas por otras de fecha 24 de septiembre de 1999.

Tercero. Confirmar en sus cargos a los miembros del Patronato de la Fundación, cuyos nombres se recogen en la Carta

Fundacional y que han aceptado sus cargos.

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses, a partir de su

publicación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10.1 y 46.1 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 13 de julio de 1998, o, en el plazo de un mes, potestativamente, recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación y Ciencia, conforme a las disposiciones de los artículos 107 y

116 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, modificada por la Ley 4/99.

Sevilla, 22 de diciembre de 1999

MANUEL PEZZI CERETO

Consejero de Educación y Ciencia

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