Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 110 de 23/09/2000

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Consejería de Economía y Hacienda

RESOLUCION de 20 de julio de 2000, de la Viceconsejería, por la que se autorizan tarifas de taxis de Algeciras (Cádiz). (PP. 2305/2000).

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De conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional del Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados, vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión de Precios de Andalucía, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el artículo 7 del citado Decreto 266/1988, de 2 de agosto, en la redacción dada por el Decreto 137/2000, de 16 de mayo,

R E S U E L V O

Autorizar las tarifas de taxis que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

ASOCIACION COMARCAL DE EMPRESARIOS AUTONOMOS DE AUTOTAXI, AUTOTURISMO Y GRAN TURISMO DEL CAMPO DE GIBRALTAR Y SOCIEDAD COOPERATIVA ANDALUZA ALGECIREÑA DE RADIO TAXI. ALGECIRAS (CADIZ)

Tarifas autorizadas

Concepto IVA incluido

Tarifa 1

Carrera mínima 391 ptas.

Bajada de bandera 140 ptas. Por cada km recorrido 83 ptas. Hora de espera o de parada 1.895 ptas.

Esta tarifa será de aplicación los días laborables de 6 horas a 22 horas.

Tarifa 2

Carrera mínima 488 ptas. Bajada de bandera 175 ptas. Por cada km recorrido 105 ptas. Hora de espera o de parada 2.368 ptas.

Esta tarifa será de aplicación:

- Días laborables de 22 horas hasta las 6 horas.

- Sábados y vísperas de festivos a partir de las 14 horas.

- Domingos, festivos y días de Feria de junio desde las 0 horas hasta las 24 horas.

Suplementos

Por cada maleta o bulto de más de 60 cm 51 ptas. Espigón Isla Verde 205 ptas. Muelle del Navío 205 ptas. Parada del Puerto (espera cualquier tipo

de embarcación) 100 ptas.

Esta Resolución surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la titular de esta Consejería en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos

114 y 115, en relación con el 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 20 de julio de 2000.- El Viceconsejero, José

Salgueiro Carmona.

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