Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 111 de 26/9/2000

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 5 de septiembre de 2000, de la Delegación del Gobierno de Cádiz, por la que se aprueba la transferencia a la Diputación Provincial de Cádiz del importe correspondiente a planes provinciales de obras y servicios para 2000.

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En el marco de lo dispuesto en la Ley 11/1987, de 26 de diciembre, de relaciones entre la Comunidad Autónoma de Andalucía y las Diputaciones Provinciales; el Decreto 131/1991, de 2 de julio, establece en su artículo los criterios con arreglo a los cuales se distribuirá entre las Diputaciones Provinciales la aportación de la Comunidad Autónoma de Andalucía a los planes provinciales de obras y servicios de competencia municipal, así como el Decreto 69/1993, de 18 de mayo, que dio nueva redacción al artículo 12 del Decreto antes citado.

En base a dichos criterios, la Orden de 28 de junio de 2000, de la Consejería de Gobernación, establece la distribución de la aportación de la Junta de Andalucía a los planes provinciales de obras y servicios para 2000, delegando en los Delegados del Gobierno de la Junta de Andalucía, dentro de su correspondiente ámbito territorial, la competencia para dictar la Resolución por la que se apruebe la transferencia a su respectiva Diputación Provincial, así como la aprobación del gasto, su compromiso y liquidación, interesando de la Consejería de Economía y Hacienda la ordenación de los pagos correspondientes.

En su virtud, y en uso de las facultades que me confiere el artículo 2 de la Orden de la Consejería de Gobernación de 28 de junio de 2000,

RESUELVO

Primero. Aprobar la transferencia a la Diputación Provincial de Cádiz, por importe de ciento ochenta y ocho millones setecientas cincuenta mil pesetas (188.750.000 ptas.), correspondiente a la aportación de la Junta de Andalucía al plan provincial de obras y servicios para 2000.

Segundo. Aprobar, con cargo a la aplicación presupuestaria

765.02.81A.7, el gasto correspondiente a la citada transferencia, que se hará efectiva mediante el abono de un primer pago correspondiente al 50% de su importe, librándose el

50% restante una vez justificado el primer pago.

Tercero. Tanto el primer pago como el segundo deberán justificarse en el plazo de tres meses, a partir de la fecha de su respectiva materialización, ante la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Cádiz mediante certificación, con indicación del número y fecha del correspondiente asiento contable.

Cuarto. De acuerdo con lo previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida potestativamente en reposición, ante esta Delegación del Gobierno, o ser impugnada directamente ante el orden jurisdiccional Contencioso-Administrativo, en la forma y plazos previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción.

Cádiz, 5 de septiembre de 2000.- El Delegado, José Antonio Gómez Periñán.

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