Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 112 de 28/9/2000

3. Otras disposiciones

Consejería de la Presidencia

ORDEN de 26 de julio de 2000, por la que se decide el cumplimiento de la sentencia núm. de 2000, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Segunda, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, recaída en el recurso 332/96, promovido por la entidad mercantil Radiotona, SA, contra Resolución que se cita.

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Recibida en esta Consejería, el 12 de julio de 2000, ejecutoria recaída en el recurso contencioso-administrativo núm./96 de la Sección 2.ª de esa jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, sede de Granada, promovido por la entidad mercantil «Radiotona, S.A.¯, contra Resolución de esta Consejería de 20 de noviembre de 1995, desestimatoria del recurso ordinario interpuesto contra otra Resolución de 3 de julio de ese mismo año, de la Dirección General de Comunicación Social, recaída en el expediente sancionador

5/SG.05/95.

Conforme a los artículos 117.3 de la Constitución y 103.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,

HE RESUELTO

Ordenar que se cumpla en sus propios términos la ejecutoria referida, cuyo fallo dice como sigue:

«Desestimamos el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de la entidad mercantil "Radiotona, S.A.", contra la Resolución de la Consejería de la Presidencia de la Junta de Andalucía de 20 de noviembre de 1995, recaída en el expediente sancionador

5/SG.05/95, desestimatoria del recurso ordinario deducido frente a otra Resolución de 3 de julio de ese mismo año, de la Dirección General de Comunicación Social, consecuencia de la apreciación de una infracción grave del artículo 33.3, apartados b) y h), de la Ley de Ordenación de las Telecomunicaciones, según redacción dada por la Ley 32/1992, de

3 de diciembre, con imposición de una sanción consistente en multa de un millón (1.000.000) de pesetas y la accesoria de precintado de los equipos radioeléctricos componentes de las instalaciones no autorizadas, resolución sancionatoria que confirmamos en todos sus términos por entenderlos ajustados a derecho; sin imposición en costas.¯

Sevilla, 26 de julio de 2000

GASPAR ZARRIAS AREVALO

Consejero de la Presidencia

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