Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 114 de 03/10/2000

3. Otras disposiciones

Consejería de Turismo y Deporte

RESOLUCION de 4 de septiembre de 2000, de la Viceconsejería, por la que se concede el título-licencia de agencia de viajes mayorista-minorista a la entidad International Travel Network and Gallery Promotions, SA, con el C.I.AN-29578-3.

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Por don David Darby Suero, en nombre y representación de la entidad «International Travel Network and Gallery Promotions, S.A.¯, se ha solicitado de esta Consejería la concesión del título-licencia de agencia de viajes mayorista-minorista, de conformidad con el Real Decreto 271/1988, de 25 de marzo, y la Orden Ministerial de 14 de abril de 1988, reguladores del ejercicio de las actividades propias de agencias de viajes y vigentes en la fecha de presentación de la solicitud, habiéndose aportado la documentación que acredita reunir los requisitos exigidos por las mencionadas disposiciones legales.

En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Planificación Turística, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.º del Real Decreto 271/1988, de 25 de marzo, y en uso de las facultades delegadas en esta Viceconsejería por el artículo 1.º de la Orden de 24 de junio de 1996,

R E S U E L V O

Conceder el título-licencia de agencia de viajes mayorista- minorista a la entidad «International Travel Network and Gallery Promotions, S.A.¯, con el código identificativo AN-

29578-3 y sede social en Marbella (Málaga), Avenida Ricardo Soriano, 16, 8.ª planta, B, pudiendo ejercer su actividad a partir de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con sujeción a los preceptos de la Orden Ministerial de 14 de abril de 1988, y demás disposiciones aplicables.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación, o bien directamente recurso contencioso- administrativo, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, ante la Sala de lo Contencioso- Administrativo en Málaga del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de conformidad con lo establecido en el artículo

46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 4 de septiembre de 2000.- La Viceconsejera, Ana María Uruñuela Nieves.

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