Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 115 de 5/10/2000

3. Otras disposiciones

Consejería de Asuntos Sociales

RESOLUCION de 8 de septiembre de 2000, del Instituto Andaluz de Servicios Sociales, por la que se revoca parcialmente la delegación de competencias en materia de autorizaciones de servicios y centros de servicios sociales.

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El Decreto 87/1996, de 20 de febrero, por el que se regula la autorización, registro, acreditación e inspección de Servicios Sociales de Andalucía, modificado por el Decreto

102/2000, de 15 de marzo, atribuye a la Dirección Gerencia del Instituto Andaluz de Servicios Sociales la facultad de otorgar o denegar las autorizaciones administrativas en relación con los servicios y centros que desarrollen su actividad en el ámbito de competencias de dicho organismo.

Por su parte, la Directora Gerente del Instituto Andaluz de Servicios Sociales, mediante Resolución de 3 de diciembre de

1999, delegó en los/as Delegados/as Provinciales de la Consejería de Asuntos Sociales la competencia para resolver sobre las autorizaciones citadas.

Sin embargo, el aumento de atribuciones producido, unido a las necesidades de personal existentes en la Delegación Provincial de Sevilla, determina la conveniencia de revocar parcialmente la delegación de competencias realizada, en aras de una mayor eficiencia administrativa.

En su virtud, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 13.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

RESUELVO

Primero. Se revoca la delegación de competencia efectuada en el Delegado Provincial de la Consejería de Asuntos Sociales en Sevilla, mediante Resolución de 3 de diciembre de 1999, para otorgar o denegar las autorizaciones administrativas mencionadas en el artículo 5 del Decreto 87/1996, de 20 de febrero, modificado por el Decreto 102/2000, de 15 de marzo.

Segundo. La revocación de competencia será de aplicación a los procedimientos iniciados y no resueltos antes de la entrada en vigor de esta Resolución.

Tercero. La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 8 de septiembre de 2000.- La Directora Gerente, Adoración Quesada Bravo.

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