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No habiendo sido posible notificar a los interesados que a continuación se relacionan, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, mediante el presente anuncio se comunica que por Orden de la Excma. Sra. Consejera de Gobernación y Justicia, de 10 de abril de 2000, se ha resuelto la condonación de las deudas pendientes de cobro por el Patronato para la Mejora de los Equipamientos Locales de Cádiz, en concepto de devolución de anticipos y préstamos concedidos a particulares.
Contra la presente Resolución, que no pone fina a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Gobernación, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la publicación del presente acto, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación de este acto, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]
El Delegado, José Antonio Gómez Periñán.
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