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Tras la iniciativa del Ayuntamiento de Dos Hermanas para agregar a su término municipal una parte del de Sevilla, mediante el procedimiento de alteración de términos, y efectuados ya los preceptivos trámites dispuestos por la Ley
7/93, de 27 de julio, reguladora de la Demarcación Municipal de Andalucía (arts. 12 a 15.1), corresponde ahora abrir la información pública establecida en su art. 15.2. Con ese fin, a propuesta del Servicio de Régimen Jurídico de esta Dirección General, en el expediente 65/2000,
DISPONGO
Primero. Se somete a información pública el referido procedimiento mediante anuncio de esta Resolución, que se insertará en los Boletines Oficiales de la Junta de Andalucía y de la Provincia de Sevilla, así como en los tablones de anuncios de los dos Ayuntamientos interesados.
Segundo. Cualquier persona física o jurídica podrá examinar el expediente, que se encuentra en el Servicio de Régimen Jurídico de esta Dirección General (C/ Albareda, núm. 13, Sevilla, 41001. Teléfono 95/504.29.14), desde la aparición del primero de los anuncios hasta que termine el plazo de alegaciones.
Tercero. Ese plazo será de un mes, que se contará de fecha a fecha, empezando por la del día siguiente al del último Boletín que publique el anuncio.
Cuarto. Los escritos de alegaciones, que se enviarán al Director General de Administración Local, podrán presentarse en el citado Servicio de Régimen Jurídico y en los demás órganos indicados en el art. 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre; también en los dos Ayuntamientos, desde los que interesa que sean remitidos aquí, con diligencia o certificación del Secretario Municipal que acredite las fechas entre las que se exhibió el anuncio de esta Resolución en el tablón así como los escritos de alegaciones presentados.
Quinto. El Jefe del Servicio de Régimen Jurídico remitirá esta Resolución a los Ayuntamientos, rogando la cooperación y asistencia precisas, y gestionará su publicación en los mencionados boletines.
Sevilla, 22 de septiembre de 2000.- El Director General, Alfonso Yerga Cobos.
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