Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 118 de 14/10/2000

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico

RESOLUCION de 21 de septiembre de 2000, de la Secretaría General Técnica, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada en el recurso contencioso-administrativo número 12/1999, interpuesto por Sevillana de Electricidad, SA.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

En el recurso contencioso-administrativo número 12/1999, interpuesto por Sevillana de Electricidad, S.A., contra la Resolución de 6 de abril de 1999, de la Consejería de Trabajo e Industria de la Junta de Andalucía, por la que se desestimó el recurso ordinario interpuesto por don Manuel Montero Camacho, en nombre y representación de Compañía Sevillana de Electricidad, S.A., contra Resolución de la Delegación Provincial de la Consejería de Trabajo e Industria en Sevilla, de fecha 13 de septiembre de 1996, recaída en los expedientes acumulados de reclamación números 42/96 y 44/96, se ha dictado Sentencia por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 5 de Sevilla, con fecha 7 de febrero de 2000, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

«Fallo que, sin imposición de costas a ninguna de las partes:

1. Estimo la demanda rectora de esta litis y anulo las Resoluciones impugnadas, señaladas en el encabezamiento de esta Resolución.

2. Declaro la procedencia de la suspensión del suministro solicitada en su día a la Delegación de Industria y Trabajo por adecuarse a las circunstancias y formalidades a la sazón vigentes.

3. Declaro la responsabilidad patrimonial del Ayuntamiento de Villanueva del Río y Minas por el consumo de energía eléctrica suministrada, facturada y no pagada, desde que se solicitó el corte del suministro hasta la fecha de esta Sentencia.¯

Mediante Providencia de fecha 13 de marzo de 2000, se declara firme la sentencia anterior, acordándose que se lleve a puro y debido efecto lo resuelto.

En virtud de lo establecido en el artículo 2.º5 de la Orden de

8 de julio de 1996, de delegación de competencias, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 118 de la Constitución y 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y 104 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa, he dispuesto el cumplimiento en sus propios términos de la expresada sentencia, así como su publicación en el BOJA.

Sevilla, 21 de septiembre de 2000.- El Secretario General Técnico, Juan Francisco Sánchez García.

Descargar PDF