Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 118 de 14/10/2000

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 5 de septiembre de 2000, por la que se concede la autorización para impartir Ciclos Formativos de Formación Profesional Específica de Grado Superior al Centro docente privado de Formación Profesional Superior Nuevas Profesiones I, de Sevilla.

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Visto el expediente instruido a instancia de doña M.ª José Uruñuela Mesa, como representante de la entidad «Nuevas Profesiones, S.A.¯, titular del Centro docente privado «Nuevas Profesiones I¯, sito en Sevilla, calle Isabela, núms.-3, solicitando autorización definitiva para impartir Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Superior, según lo dispuesto en el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General, y el Real Decreto 777/1998, de

30 de abril, por el que se desarrollan determinados aspectos de la ordenación de la Formación Profesional Específica.

Resultando que el Centro privado «Nuevas Profesiones I¯, de Sevilla, por Orden de 3 de septiembre de 1996 (BOJA de 1 de octubre) tiene autorización definitiva para un centro de Formación Profesional Superior para impartir los siguientes Ciclos Formativos de Grado Superior: Un ciclo de Técnico Superior en Administración de Sistemas Informáticos con 30 puestos escolares, un ciclo de Técnico Superior en Desarrollo de Aplicaciones Informáticas con 30 puestos escolares, un ciclo de Técnico Superior en Comercio Internacional con 30 puestos escolares, un ciclo de Técnico Superior en Gestión Comercial y Márketing con 30 puestos escolares, un ciclo de Técnico Superior en Gestión del Transporte con 30 puestos escolares, un ciclo de Técnico Superior en Servicios al Consumidor con 30 puestos escolares, un ciclo de Técnico Superior en Alojamiento con 30 puestos escolares y un ciclo de Técnico Superior en Agencias de Viajes con 30 puestos escolares.

Resultando que actualmente solicita autorización para impartir un Ciclo Formativo de Formación Profesional Específica de Grado Superior en Administración de Sistemas Informáticos.

Vistos: La Constitución española; la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo; la Ley Orgánica 9/1995, de 20 de noviembre, de la Participación, Evaluación y el Gobierno de los Centros; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Real Decreto 1004/91, de 14 de junio, por el que se establecen los requisitos mínimos de los Centros que impartan enseñanzas de régimen general no universitarias; el Real Decreto 777/98, de 30 de abril, por el que se desarrollan determinados aspectos de la ordenación de la Formación Profesional en el ámbito del sistema educativo; el Real Decreto

986/1991, de 14 de junio, por el que se aprueba el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, modificado y completado por el Real Decreto 173/98, de 16 de febrero; el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorización de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General, y demás normas de vigente aplicación.

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

Considerando que en el expediente de autorización han recaído informes del Servicio de Inspección de Educación y del Departamento Técnico del Servicio de Programas y Obras de la Delegación Provincial de la Consejería de Educación y Ciencia en Sevilla, como se contempla en el artículo 9, punto 2, del Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General.

Esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto:

Primero. Autorizar, de acuerdo con el artículo 9 del Decreto

109/1992, de 9 de junio, la impartición de las enseñanzas del Ciclo Formativo de Formación Profesional de Grado Superior de Técnico Superior en Administración de Sistemas Informáticos al Centro privado de Educación Secundaria «Nuevas Profesiones I¯, de Sevilla, y, como consecuencia de ello, establecer la configuración del mismo que se describe a continuación:

Denominación genérica: Centro de Formación Profesional

Superior.

Denominación específica: «Nuevas Profesiones I¯.

Titular: Nuevas Profesiones, S.A.

Domicilio: Calle Isabela, núms. 1-3.

Localidad: Sevilla.

Municipio: Sevilla.

Provincia: Sevilla.

Código núm.: 41701471.

Enseñanzas que se autorizan:

a) Ciclos Formativos de Formación Profesional Específica de Grado Superior:

- Dos Ciclos de Técnico Superior en Administración de

Sistemas Informáticos. Capacidad: 60 puestos escolares.

- Un Ciclo de Técnico Superior en Desarrollo de Aplicaciones Informáticas. Capacidad: 30 puestos escolares.

- Un Ciclo de Técnico Superior en Comercio Internacional. Capacidad: 30 puestos escolares.

- Un Ciclo de Técnico Superior en Gestión Comercial y

Márketing. Capacidad: 30 puestos escolares.

- Un Ciclo de Técnico Superior en Gestión del Transporte. Capacidad: 30 puestos escolares.

- Un Ciclo de Técnico Superior en Servicios al Consumidor. Capacidad: 30 puestos escolares.

- Un Ciclo de Técnico Superior en Alojamiento. Capacidad: 30 puestos escolares.

- Un Ciclo de Técnico Superior en Agencias de Viajes.

Capacidad: 30 puestos escolares.

Segundo. La presente autorización surtirá efectos a partir del curso escolar 2000/2001.

Tercero. Antes del inicio de las enseñanzas autorizadas en la presente Orden, la Delegación Provincial de Educación y Ciencia de Sevilla, previo informe del Servicio de Inspección de Educación, aprobará expresamente la relación de personal que impartirá docencia en el centro.

Cuarto. Dicho Centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya que modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Quinto. La presente Orden modifica la Orden dictada con fecha

3 de septiembre de 1996 (BOJA de 1 de octubre).

Sexto. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía

administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso contencioso-

administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOJA, ante la Excma. Sra. Consejera de Educación y Ciencia, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 5 de septiembre de 2000

CANDIDA MARTINEZ LOPEZ

Consejera de Educación y Ciencia

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