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Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión Provincial de Precios de Córdoba, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el artículo 7 del Decreto
266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados, en la redacción dada por el Decreto 137/2000, de 16 de mayo,
R E S U E L V O
Autorizar las tarifas de agua potable que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
SOCIEDAD DE GESTION DE SERVICIOS URBANOS, S.A. (SOGESUR, S.A.), PUENTE GENIL (CORDOBA)
Tarifas autorizadas
Concepto IVA excluido
Cuota de contratación:
Cc = 600 d - 4.500 (2 - P/t)
Siendo d = diámetro del contador en mm.
P = 39,62 ptas. para uso doméstico.
P = 41,51 ptas. para uso comercial e industrial. t = 38 ptas. para uso doméstico.
t = 50 ptas. para uso comercial e industrial.
El resto de tarifas (Cuota fija o de servicio, Cuota variable o de consumo, Derechos de acometida y Fianzas) permanece vigente, según lo establecido en la Orden de 8 de mayo de 2000 (BOJA núm. 71, de 20 de junio de 2000), y en la Orden de 25 de junio de 1999 (BOJA núm. 77, de 6 de julio de 1999).
Esta Resolución surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la titular de esta Consejería en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos
114 y 115, en relación con el 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, 27 de julio de 2000.- El Viceconsejero, José Salgueiro Carmona.
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