Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 124 de 28/10/2000

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 8 de septiembre de 2000, por la que se concede la autorización para impartir Ciclos Formativos de Formación Profesional Específica de Grado Superior al Centro docente privado de Educación Secundaria Escuelas Profesionales de la Sagrada Familia, SAFA-San Luis, de El Puerto de Santa María (Cádiz).

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Visto el expediente instruido a instancia de don Joaquín Morales Ferrer, como representante de la Fundación Benéfico- Docente «Escuelas Profesionales de la Sagrada Familia¯, titular del Centro docente privado «Escuelas Profesionales de la Sagrada Familia, SAFA-San Luis¯, sito en El Puerto de Santa María (Cádiz), Avenida de San Luis Gonzaga, núm. 1, solicitando autorización definitiva para impartir Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Superior, según lo dispuesto en el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General, y el Real Decreto 777/1998, de 30 de abril, por el que se desarrollan determinados aspectos de la ordenación de la Formación Profesional Específica.

Resultando que el Centro privado «Escuelas Profesionales de la Sagrada Familia, SAFA-San Luis¯, de El Puerto de Santa María (Cádiz), por Orden de 8 de mayo de 1998 (BOJA de 16 de junio) tiene autorización para impartir: Ciclos Formativos de Formación Profesional Específica de Grado Medio de: 1 ciclo de Técnico en Gestión Administrativa con 30 puestos escolares, 1 ciclo de Técnico en Comercio con 30 puestos escolares, 1 ciclo de Técnico en Equipos e Instalaciones Electrotécnicas con 30 puestos escolares, 1 ciclo de Técnico en Mecanizado con 30 puestos escolares, 1 ciclo de Técnico en Soldadura y Calderería con 30 puestos escolares, 1 ciclo de Técnico en Electromecánica de Vehículos con 30 puestos escolares y 1 ciclo de Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería con 30 puestos escolares y Ciclos Formativos de Formación Profesional Específica de Grado Superior de: 1 ciclo de Técnico Superior en Secretariado con 30 puestos escolares, 1 ciclo de Técnico Superior en Comercio Internacional con 30 puestos escolares, 1 ciclo de Técnico Superior en Desarrollo y Aplicación de Proyectos de Construcción con 30 puestos escolares, 1 ciclo de Técnico Superior en Producción por Mecanizado con 30 puestos escolares y 1 ciclo de Técnico Superior en Educación Infantil con 30 puestos escolares, y por Orden de 30 de agosto de 1999 (BOJA de

14 de octubre) tiene autorización para 20 unidades de Educación Secundaria Obligatoria, 4 unidades de Bachillerato en la modalidad de Ciencias de la Naturaleza y la Salud, 4 unidades en la modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales y 2 unidades en la modalidad de Tecnología. Actualmente funcionan en régimen de concierto educativo 18 unidades de Educación Secundaria Obligatoria, 8 unidades de Bachillerato, 8 unidades de Ciclos Formativos de Formación Profesional Específica de Grado Medio,

7 unidades de Ciclos Formativos de Formación Profesional Específica de Grado Superior y 3 unidades de Programas de Garantía Social.

Resultando que actualmente solicita autorización para impartir los Ciclos Formativos de Formación Profesional Específica de Grado Superior de un ciclo de Técnico Superior en Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticas y un ciclo de Técnico Superior en Industrias de Proceso Químico.

Vistos: La Constitución española; la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo; la Ley Orgánica 9/1995, de 20 de noviembre, de la participación, evaluación y el gobierno de los centros; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Real Decreto 1004/91, de 14 de junio, por el que se establecen los requisitos mínimos de los Centros que impartan enseñanzas de régimen general no universitarias; el Real Decreto 777/98, de 30 de abril, por el que se desarrollan determinados aspectos de la ordenación de la Formación Profesional en el ámbito del sistema educativo; el Real Decreto

986/1991, de 14 de junio , por el que se aprueba el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, modificado y completado por el Real Decreto 173/98, de 16 de febrero; el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorización de Centros Docentes Privados, para impartir Enseñanzas de Régimen General, y demás normas de vigente aplicación.

Considerando que en el expediente de autorización han recaído informes del Servicio de Inspección de Educación y del

Departamento Técnico del Servicio de Programas y Obras de la Delegación Provincial de la Consejería de Educación y Ciencia en Cádiz, como se contempla en el artículo 9, punto, del Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General.

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

Esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto:

Primero. Autorizar, de acuerdo con el artículo 9 del

Decreto/1992, de 9 de junio, la impartición de las enseñanzas de los Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Superior de un ciclo de Técnico Superior en Sistemas de Telecomunicación e Informáticos, y un ciclo de Técnico Superior en Industrias de Procesos Químicos al Centro privado de Educación Secundaria «Escuelas Profesionales de la Sagrada Familia, SAFA-San Luis¯, de El Puerto de Santa María (Cádiz), y, como consecuencia de ello, establecer la configuración del mismo que se describe a continuación:

Denominación genérica: Centro de Educación Secundaria.

Denominación específica: «Escuelas Profesionales de la Sagrada Familia, SAFA-San Luis¯.

Titular: Fundación Benéfico-Docente «Escuelas Profesionales de la Sagrada Familia¯.

Domicilio: Avenida de San Luis Gonzaga, núm. 1.

Localidad: El Puerto de Santa María.

Municipio: El Puerto de Santa María.

Provincia: Cádiz.

Código núm.: 11004349.

Enseñanzas que se autorizan:

a) Educación Secundaria Obligatoria:

Capacidad: 20 unidades y 600 puestos escolares.

b) Bachillerato.

Modalidad: Ciencias de la Naturaleza y la Salud.

Capacidad: 4 unidades y 140 puestos escolares.

Modalidad: Humanidades y Ciencias Sociales.

Capacidad: 4 unidades y 140 puestos escolares.

Modalidad: Tecnología.

Capacidad: 2 unidades y 70 puestos escolares.

c) Ciclos Formativos de Formación Profesional Específica de Grado Medio:

- Un Ciclo de Técnico en Gestión Administrativa.

Capacidad: 30 puestos escolares.

- Un Ciclo de Técnico en Comercio.

Capacidad: 30 puestos escolares.

- Un Ciclo de Técnico en Equipos e Instalaciones

Electrotécnicas.

Capacidad: 30 puestos escolares.

- Un Ciclo de Técnico en Mecanizado.

Capacidad: 30 puestos escolares.

- Un Ciclo de Técnico en Soldadura y Calderería.

Capacidad: 30 puestos escolares.

- Un Ciclo de Técnico en Electromecánica de Vehículos.

Capacidad: 30 puestos escolares.

- Un Ciclo de Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería. Capacidad: 30 puestos escolares.

d) Ciclos Formativos de Formación Profesional Específica de Grado Superior:

- Un Ciclo de Técnico Superior en Secretariado.

Capacidad: 30 puestos escolares.

- Un Ciclo de Técnico Superior en Comercio Internacional. Capacidad: 30 puestos escolares.

- Un Ciclo de Técnico Superior en Desarrollo y Aplicación de Proyectos de Construcción.

Capacidad: 30 puestos escolares.

- Un Ciclo de Técnico Superior en Producción por Mecanizado. Capacidad: 30 puestos escolares.

- Un Ciclo de Técnico Superior en Educación Infantil.

Capacidad: 30 puestos escolares.

- Un Ciclo de Técnico Superior en Sistemas de Telecomunicación e Informáticos.

Capacidad: 24 puestos escolares.

- Un Ciclo de Técnico Superior en Industrias de Proceso Químico.

Capacidad: 22 puestos escolares.

Segundo. La presente autorización surtirá efectos a partir del curso escolar 2000/2001. No obstante, las enseñanzas autorizadas no suponen otorgamiento del concierto educativo, que deberá solicitarse de acuerdo con lo establecido en el Reglamento de Normas Básicas sobre Conciertos Educativos, aprobado por Real Decreto 2377/1985, de 18 de diciembre (BOE del 27).

Tercero. Antes del inicio de las enseñanzas autorizadas en la presente Orden, la Delegación Provincial de Educación y Ciencia de Cádiz, previo informe del Servicio de Inspección de

Educación, aprobará expresamente la relación de personal que impartirá docencia en el centro.

Cuarto. Dicho Centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya que modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Quinto. La presente Orden modifica las Ordenes dictadas con fecha 8 de mayo de 1998 (BOJA de 16 de junio) y 30 de agosto de

1999 (BOJA de 14 de octubre).

Sexto. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía

administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso contencioso-

administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOJA, ante la Excma. Sra. Consejera de Educación y Ciencia, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 8 de septiembre de 2000

CANDIDA MARTINEZ LOPEZ

Consejera de Educación y Ciencia

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