Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 124 de 28/10/2000

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 8 de septiembre de 2000, por la que se concede la modificación de las enseñanzas de Bachillerato al Centro privado de Educación Secundaria Nuestra Señora de la Victoria, de Málaga.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Visto el expediente instruido a instancia de don Francisco Texeira Moreno, como representante del Instituto de los Hermanos Maristas de la Enseñanza (Provincia Bética), titular del Centro docente privado «Nuestra Señora de la Victoria¯, sito en Málaga, Calle de la Victoria, núm. 108, solicitando autorización para reducir 2 unidades de Bachillerato en la modalidad de Tecnología y ampliar 2 unidades de Bachillerato en la modalidad de Ciencias de la Naturaleza y la Salud, según lo dispuesto en el Título IV, art. 19.f), del Decreto 109/1992, de

9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General.

Resultando que el Centro privado «Nuestra Señora de la Victoria¯, de Málaga, por Orden de 12 de febrero de 1996 (BOJA de 16 de marzo) tiene autorización definitiva para dos centros, uno de Educación Primaria con una capacidad de 19 unidades y

475 puestos escolares y otro centro de Educación Secundaria con capacidad para: Educación Secundaria Obligatoria con 12 unidades y 360 puestos escolares, b) Bachillerato con 2 unidades y 70 puestos escolares en la modalidad de Ciencias de la Naturaleza y la Salud, 2 unidades y 70 puestos escolares en la modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales y 4 unidades y

140 puestos escolares en la modalidad de Tecnología, y por Orden de 14 de febrero de 2000 (BOJA de 28 de marzo) tiene autorización para reducir 2 unidades de Bachillerato en la modalidad de Tecnología y ampliar 2 unidades de Bachillerato en la modalidad de Ciencias de la Naturaleza y la Salud. Funcionan en régimen de concierto educativo 18 unidades de Educación Primaria y 12 unidades de Educación Secundaria Obligatoria.

Vistos: La Constitución española; la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 9/1995, de 20 de noviembre, de la participación, evaluación y el gobierno de los centros docentes; la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Común; el Real Decreto 1004/91, de 14 de junio, por el que se establecen los requisitos mínimos de los Centros que impartan enseñanzas de régimen general no universitarias; el Real Decreto 777/98, de 30 de abril, por el que se desarrollan determinados aspectos de la ordenación de la Formación Profesional en el ámbito del sistema educativo; el Real Decreto 986/1991, de 14 de junio, por el que se aprueba el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, modificado y completado por el Real Decreto 173/98, de 16 de febrero; el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorización de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General, y demás normas de vigente aplicación.

Considerando que en el expediente de autorización han recaído informes favorables del Servicio de Inspección Educativa y del Departamento Técnico de Construcciones del Servicio de Programas y Obras de la Delegación Provincial de Educación y Ciencia de Málaga, como se contempla en el art. 9, punto 2.º, del Decreto 109/92, de 9 de junio.

Considerando que se han cumplido, en el presente expediente, todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

Esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto:

Primero. Autorizar, de acuerdo con el artículo 9 del Decreto

109/1992, de 9 de junio, la modificación de la autorización de las enseñanzas de Bachillerato al centro de Educación Secundaria «Nuestra Señora de la Victoria¯, de Málaga, y, como consecuencia de ello, establecer la configuración definitiva del mismo que se describe a continuación:

Denominación genérica: Centro de Educación Secundaria.

Denominación específica: «Nuestra Señora de la Victoria¯. Titular: Instituto de los Hermanos Maristas de la Enseñanza (Provincia Bética).

Domicilio: Calle Victoria, núm. 108.

Localidad: Málaga.

Municipio: Málaga.

Provincia: Málaga.

Código: 29004341.

Enseñanzas que se autorizan:

- Educación Secundaria Obligatoria.

Capacidad: 12 unidades y 360 puestos escolares.

- Bachillerato.

Modalidad: Ciencias de la Naturaleza y la Salud.

Capacidad: 6 unidades y 210 puestos escolares.

Modalidad: Humanidades y Ciencias Sociales.

Capacidad: 2 unidades y 70 puestos escolares.

Segundo. La presente autorización surtirá efectos a partir del curso escolar 2000/2001. No obstante, las enseñanzas autorizadas no suponen otorgamiento del concierto educativo, que deberá solicitarse de acuerdo con lo establecido en el Reglamento de Normas Básicas sobre Conciertos Educativos, aprobado por Real Decreto 2377/1985, de 18 de diciembre (BOE del 27).

Tercero. Antes del inicio de las enseñanzas autorizadas por la presente Orden, la Delegación Provincial de Educación y Ciencia de Málaga, previo informe del Servicio de Inspección de Educación, aprobará expresamente la relación de personal que impartirá docencia en el centro.

Cuarto. El Centro queda obligado al cumplimiento de la

legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya que modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Quinto. La presente Orden modifica la Orden de 12 de febrero de 1996 (BOJA de 16 de marzo) y deroga la Orden de fecha 14 de febrero de 2000 (BOJA de 28 de marzo).

Sexto. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía

administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso contencioso-

administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, o potestivamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOJA, ante la Excma. Sra. Consejera de Educación y Ciencia, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 8 de septiembre de 2000

CANDIDA MARTINEZ LOPEZ

Consejera de Educación y Ciencia

Descargar PDF