Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 57/1987, de 25 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento del Consejo Andaluz de Consumo, a propuesta del Director General de Consumo, y en virtud de los artículos 39 y
44.4 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y de la Administración General de la Comunidad Autónoma, así como del Decreto 138/2000, de 16 de mayo, por el que las competencias en estas materias quedan asumidas por la Consejería de Gobernación,
D I S P O N G O
Artículo único. Vengo a nombrar como miembro suplente del Consejo Andaluz del Consumo a doña M.ª del Valle Díaz Gálvez, por la Federación Andaluza de Consumidores y Amas de Casa (Al- Andalus), con todas las atribuciones que le confiere la legislación vigente.
Sevilla, 16 de octubre de 2000
ALFONSO PERALES PIZARRO
Consejero de Gobernación
Descargar PDF