Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 125 de 31/10/2000

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE LO SOCIAL NUM. 25 DE MADRID

EDICTO. (PD. 2698/2000).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Autos núms. D-647/1999, 115/00 y 225/00 Acumuladas. Ejecución núms. 17/2000, 67/00 y 112/00 Acumuladas.

Doña M.ª Josefa González Huergo, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social Núm. 25 de Madrid hace saber:

Que en este Juzgado se siguen autos con el núm. D-647/1999,

115/00 y 225/00 Acumuladas, hoy Ejecución núm. 17/2000, 67/00 y

112/00 Acumuladas a instancia de José Manuel Cruz Hernández, Carmen Fernández Vallesterol y Silvia Herráez Garrido contra ACP Asesores Comerciales y Publicitarios, S.L., en reclamación por despido, en los que en fecha 24.5.2000, 19.6.2000,

26.6.2000, 5.7.2000, 25.7.2000, 6.9.2000, 18.9.2000 y

10.10.2000, se han dictado providencias del tenor literal siguiente:

EL DE LAS COPIAS ADJUNTAS

Y para que sirva de notificación a ACP Asesores Comerciales y Publicitarios, S.L., en ignorado paradero, advirtiéndole que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, expido el presente en Madrid, a diez de octubre de dos mil.

El Secretario Judicial.

Juzgado de lo Social Núm. 25.

C/ Hernani, 59, 5.º, 28020, Madrid.

Auto núm. D-647/1999.

Ejecución núm. 17/2000.

Diligencia. En Madrid, a veinticuatro de mayo de dos mil.

La extiendo yo, el Secretario, para hacer constar que se ha recibido en este Juzgado escrito con fecha 22 de mayo de 2000 presentado por don Eduardo Pérez Medina, representante legal de la entidad Zelig Films, S.L., y escrito de fecha 23 de mayo de

2000, acompañado de documentación, presentado por don Felipe Silvela Silvela, Secretario del Consejo de Administración de Calse. Doy fe.

Providencia Magistrado-Juez.Ilmo. Sr./Sra. Asenjo Pinilla.

En Madrid, a veinticuatro de mayo de dos mil.

Dada cuenta. Los anteriores escritos, únanse a los autos de su razón y pónganse en conocimiento de las partes en la Secretaría de este Juzgado por un plazo de tres días, a fin de que puedan efectuar las alegaciones oportunas.

Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiendo que contra la misma podrán interponer recurso de reposición ante este Juzgado, dentro del plazo de tres días hábiles siguientes al de su notificación (art. 184 LPL).

Así lo mandó y firma SS.ª Ilma. Doy fe.

Ilmo. Sr./Sra. Magistrado-JuezSS.ª el Secretario Judicial

Diligencia. Seguidamente se cumple lo ordenado, enviando a cada uno de los afectados un sobre por correo certificado con acuse de recibo, conteniendo copia de la anterior resolución, en la forma prevista en el art. 56 de la LPL. Doy fe.

Juzgado de lo Social Núm. 25.

C/ Hernani, 59, 5.º, 28020, Madrid.

Auto núm. D-647/1999 y Acum.

Ejecución núm. 17/2000 y Acum.

José Manuel Cruz Hernández ACP Asesores Comerciales y

Publicitarios S.L.

Diligencia. En Madrid, a diecinueve de junio de dos mil.

La extiendo yo, el Secretario, para dar cuenta: SS.ª Ilma. del estado de las presentes actuaciones, y de las

comunicaciones Peronda Peris y Cía., S.A., y Banco de Sabadell, S.A. Doy fe.

Providencia Magistrado-Juez.Ilmo. Sr./Sra. Asenjo Pinilla.

En Madrid, a diecinueve de junio de dos mil.

Dada cuenta, la anterior comunicación de Peronda Peris y Cía., S.A., únase a los autos de su razón, y póngase en conocimiento de las partes en la Secretaría de este Juzgado por un plazo de tres días, a fin de que puedan efectuar las alegaciones oportunas.

Visto el tiempo transcurrido sin que por Fransisten, S.L., y Diario La Razón, hayan cumplido lo requerido en Providencia de

11.5.2000, de conformidad con lo dispuesto en el art. 239.3 del T.R.L.P.L., «... el Organo Judicial podrá imponer multas coercitivas a quienes, no siendo parte en la ejecución

incumplan injustificadamente sus requerimientos tendentes a lograr la debida y completa ejecución de lo resuelto o para obtener el cumplimiento de las obligaciones legales impuestas en una resolución judicial, «a tal efecto, cítese a la

mencionada empresa y a las partes de comparecencia, en única convocatoria, señalándose para tal acto la audiencia del día

11.7.2000 a las 9.40 horas de su mañana, en la Sala de

Audiencias de este Juzgado, sito con la C/ Hernani, 59, 5.º, de esta ciudad, advirtiéndoles que deberán concurrir con los medios de prueba que estimen convenientes.

La comunicación de Banco de Sabadell, S.A., únase y visto que rechazó la comunicación de embargo enviada por este Juzgado el

12 de abril, y que ese mismo día se hacen una serie de

operaciones en la cuenta corriente de la ejecutada, cítese de comparecencia a la partes, así como al Banco de Sabadell S. A., a tenor de lo establecido en el art. 236 del T.R.L.PL, en única convocatoria, señalándose para tal acto la audiencia del día

11.7.2000 a las 9.50 horas de su mañana, en la Sala de

Audiencias de este Juzgado, sito en la C/ Hernani,, 5.º, de esta ciudad, advirtiéndoles que deberán concurrir con los medios de prueba que estimen convenientes.

Notifíquese la presente resolución a las partes advirtiendo contra la misma podrán interponer recurso de reposición ante este Juzgado, dentro del plazo de tres días hábiles, siguientes de su notificación (art. 184 de la LPL). Así lo mandó y firma SS.ª Ilma. Doy fe. Ante mi.

Diligencia. Seguidamente se cumple lo ordenado. Doy fe.

Juzgado de lo Social Núm. 25, C/ Hernani, 59, 5.º, 28020, Madrid.

Autos núm. D-647/1999 y Acumulada.

Ejecución núm. 17/2000 y Acumulada.

Demandante: José Manuel Cruz Hernández y otro.

Demandado: ACP Asesores Comerciales y Publicitarios, S.L.

Diligencia. En Madrid, a veintiséis de junio de dos mil.

La extiendo yo el Secretario, para dar cuenta a Ss. Ilma. del estado de las presentes actuaciones, y del escrito de fecha

24.6.2000, presentado por doña Carmen Gómez Badaya, en nombre y representación de Audiovisual Española 2000, S.A., empresa editorial del Diario La Razón, acompañado de documentación. Doy fe.

Providencia Magistrado-Juez.Ilmo. Sr./Sra. Asenjo Pinilla.

En Madrid, a veintiséis de junio de dos mil.

Dada cuenta, el anterior escrito presentado por la Letrado doña Carmen Gómez Badaya en nombre y representación de

Audiovisual Española 2000, S.A., empresa editora del Diario La Razón, acompañado de documentación, únase a los autos de su razón. Se tiene por cumplimentado el requerimiento efectuado en su día y en consecuencia, póngase en conocimiento de la parte ejecutante, en la Secretaría de este Juzgado, a fin de que en el plazo de tres días haga las alegaciones que estime

pertinentes, y suspéndase la comparecencia prevista el día

11.7.2000 a las 9.40 horas, respecto al Diario La Razón únicamente.

Notifíquese la presente Resolución a las partes, advirtiéndoles que contra la misma cabe interponer recurso de reposición en el plazo de tres días hábiles a contar desde el siguiente al de su notificación.

Así lo mandó y firma SS.ª Ilma. Doy fe.

Ilmo. Sr./Sra. Magistrado-JuezSS.ª El Secretario Judicial

Diligencia. Seguidamente se cumple lo ordenado enviado a cada uno de los afectados un sobre por correo cerrtificado con acuse de recibo, conteniendo copia de la anterior resolución en la forma prevista en el art. 56 de la LPL. Doy fe.

Juzgado de lo Social Núm. 25, C/ Hernani, 59, 5.º, 28020, Madrid.

Autos núm. D-647/1999 y Acum.

Ejecución núm. 17/2000 y Acum.

Demandante: José Manuel Cruz Hernández.

Demandado: ACP Asesores Comerciales y Publicitarios, S.L.

Diligencia. En Madrid, a cinco de julio de dos mil.

La extiendo yo, el Secretario, para dar cuenta a S.S.ª Ilma. que se ha recibido en este Juzgado, Exhorto núm. 12/00 C, devuelto por el Juzgado de lo Social Núm. 2 de Sevilla. Doy fe.

Providencia Magistrado-Juez.Ilmo. Sr./Sra. Asenjo Pinilla.

En Madrid, a cinco de julio de dos mil.

Dada cuenta, el anterior Exhorto num. 12/ C, devuelto por el Juzgado de lo Social núm. 2 de Sevilla, parcialmente

cumplimentado, unan a los autos de su razón. Se ratifica el embargo practicado por dicho Juzgado, con fecha 26 de junio de

2000, en el domicilio del ejecutado, sito en la C/ San

Francisco Javier, 22, de Sevilla. Nómbrese por dicho Juzgado, Perito a fin de practicar el avaluó de los bienes embargados y dado que son presumiblemente insuficientes para cubrir el principal, intereses y costas de la presente ejecución, así como de las acumuladas num. 67/00 y 112/00 y, habiéndose acordado por Providencia de fecha 11 de mayo de 2000 se practicará también embargo de los bienes que se hallaran en el otro domicilio del ejecutado, sito en la C/ Avisena, núm. 23, piso 6, ático, requiérasele a fin de que se lleve a efecto lo acordado. Devuélvase al Juzgado de lo Social Núm. 2 de Sevilla, el Exhorto para su cumplimiento.

Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiéndoles que contra la misma cabe interponer recurso de reposición en el plazo de tres días hábiles a contar desde el siguiente al de su notificación.

Así lo mandó y firma SS.ª Ilma. Doy fe.

Ilmo. Sr./Sra. Magistrado-JuezSS.ª El Secretario Judicial

Diligencia. Seguidamente se cumple lo ordenado, enviando a cada uno de los afectados un sobre por correo certificado con acuse de recibo, conteniendo copia de la anterior resolución, en

Juzgado de lo Social Núm 25, C/ Hernani, 59, 5.º, 28020, Madrid.

Autos núms. D-647/1999, 115/00 y 225/00 Acumuladas.

Ejecución núms. 17/2000, 67/00 y 112/00 Acumuladas.

Demandante: José Manuel Cruz Hernández, Carmen Fernández Vallesterol y Silvia Herráez Garrido.

Demandado: ACP Asesores Comerciales y Publicitarios, S.L.

Diligencia. En Madrid, a veinticinco de julio de dos mil.

La extiendo yo, el Secretario, para dar cuenta a SS.ª Ilma. del estado de las presentes actuaciones, del escrito de fecha

18.7.2000 presentado por José Manuel Cruz Hernández, del escrito de fecha 17.7.2000 presentado por Fransistem, S.L., y de la comparecencia de fecha 21.7.2000, y de las comparecencias de fechas 11 y 12 de julio realizadas por el Banco de Sabadell, S.A. Doy fe.

Providencia Magistrado-Juez.Ilmo. Sr./Sra. Asenjo Pinilla.

En Madrid, a veinticinco de julio de de dos mil.

Dada cuenta; Visto el contenido de las comparecencias

efectuadas por el Banco de Sabadell, S.A., en fechas 11.7.2000 y 12.7.2000, esta última acompañada de resguardo de ingreso bancario por importe de 1.364.729 pesetas, únase. Se tiene por aportado domicilio a efectos de notificaciones, y por efectuada la consignación de 1.364.729 pesetas, y en consecuencia, póngase a disposición de los ejecutantes y en proporción a sus respectivos créditos la mencionada cantidad, correspondiendo a don José Manuel Cruz Hernández, la cantidad de 1.151.554 pesetas, a doña Carmen Fernández Vallesterol la cantidad de

94.297 pesetas y a doña Silvia Herráez Garrido la cantidad de

118.878 pesetas, requiriéndoles para que, una vez firme la presente resolución, comparezcan cualquier miércoles de 10 a 13 horas, para hacerles entrega de mandamiento de devolución a su favor.

El anterior escrito presentado por el ejecutante don José Manuel Cruz Hernández, de fecha 18.7.2000, únase. Se tienen por hechas sus manifestaciones y como quiera que el Banco de Sabadell ha consignado prácticamente todo el principal a que las presentes ejecuciones se contraen, requiérase al citado para que en el plazo de tres días, y de forma expresa,

manifieste a este Juzgado, si insiste en lo solicitado en su escrito, o, si por el contrario, desiste de lo allí

relacionado.Presentado escrito el 17.07.2000 por don Alejandro López-Chacarra, en calidad de Consejero Apoderado de la Mercantil Fransistem, S.L., según manifiesta, y posterior comparecencia acompañando los documentos que decía acompañar al escrito y no acompañaba, únase. Póngase en conocimiento en la Secretaría de este Juzgado a las partes, y requiéraseles para que en el plazo de tres días, manifiesten lo que a su derecho convenga, con apercibimiento de que si transcurrido dicho plazo no hace manifestación alguna, se tendrá por cumplimentado el requerimiento efectuado en su día a la empresa Fransistem, S.L., se suspenderá la comparecencia prevista para el próximo día 28.9.2000 a las 9.00 horas, referente a dicha empresa.

Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiéndoles que contra la misma cabe interponer recurso de reposición en el plazo de tres días hábiles a contar desde el siguiente al de su notificación.

Así lo mandó y firma SS.ª Ilma. Doy fe.

Ilmo. Sr./Sra. Magistrado-JuezSS.ª El Secretario Judicial

Diligencia. Seguidamente se cumple lo ordenado, enviando a cada uno de los afectados un sobre por correo certificado con acuse de recibo, conteniendo copia de la anterior resolución, en la forma prevista en el art. 56 de la LPL. Doy fe.

Juzgado de lo Social Núm 25, C/ Hernani, 59, 5.º, 28020, Madrid.

Autos núms. D-647/1999, y Acum.

Ejecución núms. 17/2000 y Acum.

Demandante: José Manuel Cruz Hernández.

Demandado: ACP Asesores Comerciales y Publicitarios, S.L.

Diligencia. En Madrid, a seis de septiembre de dos mil.

La extiendo yo, el Secretario, para dar cuenta a S.S.ª Ilma. del estado de las presentes actuaciones y del escrito de fecha

2.8.2000, presentado por don José Manuel Cruz Hernández. Doy fe.

Providencia Magistrado-Juez.Ilmo. Sr./Sra. Asenjo Pinilla.

En Madrid, a seis de septiembre de dos mil.

Dada cuenta. El anterior escrito de don José Manuel Cruz Hernández, únase a los autos de su razón. Visto su contenido, en el que desiste de las pretensiones solicitadas en su escrito de fecha 18.7.00 y que el resto de los actores nada han manifestado al respecto, se acuerda suspender la comparecencia prevista en este Juzgado para el día 28.9.2000, a las 9,10 horas, poniéndose en conocimiento del Banco de Sabadell a los efectos oportunos.

Visto igualmente su contenido en relación a la Mercantil Fransistem, S.L., y el tiempo transcurrido sin que por el resto de los ejecutantes se haya hecho manifestación alguna en relación al escrito de 17.7.00 de dicha Mercantil y posterior comparecencia de la misma, acompañando documentos, se tiene por cumplimentado el requerimiento efectuado en su día a dicha empresa y en consecuencia también se suspende la comparecencia señalada para el día 28.9.00 a las 9 horas.

Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiéndoles que contra la misma cabe interponer recurso de reposición en el plazo de tres días hábiles a contar desde el siguiente al de su notificación.

Así lo mandó y firma SS. Ilma. Doy fe.

Ilmo. Sr./Sra. Magistrado-Juez.SSª El Secretario Judicial

Diligencia. Seguidamente se cumple lo ordenado, enviando a cada uno de los afectados un sobre por correo certificado con

Juzgado de lo Social Núm 25, C/ Hernani, 59, 5.º, 28020, Madrid.

Autos núms. D-647/1999, y Acumuladas.

Ejecución núms. 17/2000, y Acumuladas.

Demandante: José Manuel Cruz Hernández y otros.

Demandado: ACP Asesores Comerciales y Publicitarios, S.L.

Diligencia. En Madrid, a dieciocho de septiembre de dos mil.

La extiendo yo, el Secretario, para dar cuenta a S.S.ª Ilma. del estado de las presentes actuaciones, de los sobres

devueltos por el Servicio de Correos, dirigidos a ACP Asesores Comerciales y Publicitarios, S.L., en los que, consta

«caducado¯, y del escrito de fecha 11.9.2000, presentado por ejecutante. Doy fe.

Providencia Magistrado-Juez.Ilmo. Sr./Sra. Asenjo Pinilla.

En Madrid, a dieciocho de septiembre de dos mil.

Dada cuenta. Recibidos sobres devueltos por el Servicio de Correos dirigidos a ACP Asesores Comerciales y Publicitarios, S.L., en los que consta «caducado¯, y escrito presentado por José Manuel Cruz Hernández, únanse a los autos de su razón, y antes de proceder a lo interesado en el mencionado escrito, notifíquense las resoluciones de fechas 24.5.2000, 19.6.2000,

26.6.2000, 5.7.2000, 11.7.2000, 25.7.2000, 6.9.2000, así como la presente por medio de Exhorto dirigido al Juzgado Decano de lo Social de Sevilla, a ACP Asesores Comerciales y

Publicitarios, S.L., con domicilio en la Avenida San Francisco Javier, núm. 22, Edificio Catalana Occidente, núm. 3, Módulo

1.º C, y C/ Avisena, núm. 23, 6.º ático, ambas de Sevilla, a fin de que lleven a cabo las mencionadas notificaciones de forma personal por el Agente Judicial de aquel Juzgado.

No obstante lo cual, notifíquense las citadas resoluciones a la ejecutada ACP Asesores Comerciales y Publicitarios, S.L., por medio de Edictos que se publicarán en el BOCAM y Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Y con su resultado se acordará lo procedente.

Visto el tiempo transcurrido sin que por el Juzgado Decano de lo Social de Sevilla y Juzgado de lo Social núm. 2 de Sevilla, se hayan cumplimentado los exhortos enviados con fecha

5.7.2000, recuérdese el urgente diligenciado de los mismos.

Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiéndoles que contra la misma cabe interponer recurso de reposición en el plazo de tres días hábiles a contar desde el siguiente al de su notificación.

Así lo mandó y firma SS.ª Ilma. Doy fe.

Ilmo. Sr./Sra. Magistrado-Juez SS.ª El Secretario Judicial

Diligencia. Seguidamente se cumple lo ordenado, enviando a cada uno de los afectados un sobre por correo certificado con acuse de recibo, conteniendo copia de la anterior resolución, en la forma prevista en el art. 56 de la LPL. Doy fe.

Juzgado de lo Social Núm 25, C/ Hernani, 59, 5.º, 28020, Madrid.

Autos núm. D-647/1999.

Ejecución núm. 17/2000.

Demandante: José Manuel Cruz Hernández.

Demandado: ACP Asesores Comerciales y Publicitarios, S.L.

Diligencia. En Madrid, a diez de octubre de dos mil.

La extiendo yo, el Secretario, para dar cuenta a S.S.ª Ilma. del estado de las presentes actuaciones, y del recibo de la anterior comunicación del Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, devolviendo edicto sin publicar, arguyendo que adolecen de defectos. Doy fe.

Providencia Magistrado-Juez.Ilmo. Sr. Asenjo Pinilla.

En Madrid, a diez de octubre de dos mil.

Dada cuenta, la anterior comunicación del Boletín Oficial de la Junta de Andalucía junto con edicto sin publicar, únase a los autos de su razón y envíese nuevo edicto al mencionado

organismo a fin de que procedan a notificar a la ejecutada ACP Asesores Comerciales y Publicitarios, S.L., las resoluciones de fechas 24.5.2000, 19.6.2000, 26.6.2000, 5.7.2000, 25.7.2000,

6.9.2000, 18.9.2000, así como la presente, cuyas copias por duplicado y numeradas se envían.

Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiéndoles que contra la misma cabe interponer recurso de reposición en el plazo de tres días hábiles a contar desde el siguiente al de su notificación.

Así lo mandó y firma SS.ª Ilma. Doy fe.

Ilmo. Sr./Sra. Magistrado-Juez SS.ª El Secretario Judicial

Diligencia. Seguidamente se cumple lo ordenado, enviando a cada uno de los afectados un sobre por correo certificado con acuse de recibo, conteniendo copia de la anterior resolución, en la forma prevista en el art. 56 de la LPL. Doy fe.

Descargar PDF