Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 132 de 16/11/2000

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Universidades

RESOLUCION de 21 de septiembre de 2000, de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, por la que se convocan a concurso de méritos plazas de Cuerpos Docentes Universitarios.

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De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria; el Real Decreto

1888/1984, de 26 de septiembre, modificado parcialmente por el Real Decreto 1427/1986, de 13 de junio, y la Ley 3/1997, de 1 de julio, de Creación de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla.

Este Rectorado ha resuelto convocar a concurso de méritos las plazas de Cuerpos Docentes Universitarios que se relacionan en el Anexo I de la presente Resolución, de acuerdo con las siguientes bases:

Primera. Dichos concursos se regirán por lo dispuesto en la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria («Boletín Oficial del Estado¯ de 1 de septiembre); el Real Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre («Boletín Oficial del Estado¯ de 26 de octubre), modificado parcialmente por el Real Decreto 1427/1986, de 13 de junio («Boletín Oficial del Estado¯ de 11 de julio), y en lo no previsto, por la Legislación General de Funcionarios Civiles del Estado. Los concursos se tramitarán independientemente para cada una de las plazas convocadas.

Segunda. Para ser admitido a los citados concursos se requieren los siguientes requisitos generales:

a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos en que ésta se halle definida en el Tratado constitutivo de la Unión Europea.

b) Tener cumplidos dieciocho años y no haber cumplido los setenta años de edad.

c) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de la Administración del Estado o de la Administración Autónoma, Institucional o Local, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas. En el caso de nacional de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halle definida en el Tratado constitutivo de la Unión Europea, no estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

d) No padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que impida el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor de Universidad.

Tercera. Deberán reunir, además, las condiciones específicas que se señalan en el artículo 4.1 ó 4.2 del Real Decreto

1888/1984, de 26 de septiembre, según la categoría de la plaza y clase de concurso.

A estos efectos, y referente a la plaza 14/2000 (Anexo I), podrán presentarse al correspondiente concurso de méritos Catedráticos Numerarios de Bachillerato que estén en posesión del título de Doctor.

Cuarta. Quienes deseen tomar parte en los concursos remitirán la correspondiente solicitud a la Excma. y Magfca. Sra. Rectora Presidenta de la Comisión Gestora de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, carretera de Utrera, km, Sevilla, C.P.

41013, por cualquiera de los procedimientos establecidos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días hábiles, contados a partir de la publicación de esta

convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado¯, mediante instancia, según modelo que se acompaña como Anexo II,

debidamente cumplimentada, junto con los siguientes documentos que acrediten que reúnen los requisitos para participar en el concurso:

a) Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad, pasaporte o tarjeta de identidad.

b) Fotocopia compulsada del título académico exigido, que en caso de haberse obtenido en el extranjero deberá haber sido homologado en España.

c) Certificaciones en las que se acredite el cumplimiento de los requisitos específicos que señala la base tercera para participar en el concurso.

La concurrencia de dichos requisitos deberá estar referida siempre a una fecha anterior a la expiración del plazo fijado para solicitar la participación en el mismo.

Los aspirantes deberán abonar a la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, la cantidad de 5.000 pesetas en concepto de derechos de examen. El ingreso deberá efectuarse en el Monte Caja de Ahorros de Huelva y Sevilla en la cuenta 2098-0028-08-

0102000115, abierta en esa Entidad a nombre de «Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla. Ingresos Varios¯, haciéndose constar los siguientes datos: Nombre y apellidos del interesado y plaza a la que concursa.

A la instancia deberá adjuntarse justificante acreditativo del pago de los derechos. La falta de este justificante determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso la realización del ingreso supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud.

Quinta. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Rectora Presidenta de la Comisión Gestora de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, por cualquiera de los

procedimientos establecidos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, remitirá a todos los aspirantes relación completa de admitidos y excluidos, con indicación de las causas de exclusión. Contra dicha Resolución, aprobando la lista de admitidos y excluidos, los interesados podrán presentar reclamación ante la Rectora Presidenta de la Comisión Gestora de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, en el plazo de quince días hábiles, a contar desde el siguiente al de la notificación de la relación de admitidos y excluidos.

Sexta. La composición de las Comisiones es la que figura en el Anexo I de esta convocatoria, teniendo las mismas un plazo no superior a cuatro meses para constituirse, a contar desde la publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado¯.

Dentro de dicho plazo, el Presidente de la Comisión, previa consulta a los restantes miembros de la misma, dictará una resolución, que deberá ser notificada a todos los interesados con una antelación mínima de quince días naturales, convocando a todos los aspirantes admitidos a participar en el concurso, para realizar el acto de presentación de los concursantes, y con señalamiento del lugar, día y hora de celebración de dicho acto; a estos efectos, el plazo entre la fecha prevista para el acto de constitución de la Comisión y la fecha señalada para el acto de presentación no podrá exceder de dos días hábiles.

Séptima. En el acto de presentación, los concursantes

entregarán al Presidente de la Comisión la documentación señalada en los artículos 9 y 10 del Real Decreto 1888/1984, de

26 de septiembre («Boletín Oficial del Estado¯ de 26 de octubre), modificado parcialmente por el Real Decreto

1427/1986, de 13 de junio («Boletín Oficial del Estado¯ de 11 de julio), en su caso, según se trate de concurso o concurso de méritos (Modelo Currículum vitae en Anexo III).

Octava. En todo lo restante referente a convocatoria,

integración de las Comisiones, pruebas, propuestas,

nombramientos y reclamaciones, se estará a lo dispuesto en el Real Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre («Boletín Oficial del Estado¯ de 26 de octubre), modificado parcialmente por el Real Decreto 1427/1986, de 13 de junio, y demás disposiciones vigentes que lo desarrollen.

Novena. Los candidatos propuestos para la provisión de las plazas deberán presentar en el Registro General de la

Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, en el plazo de quince días hábiles siguientes al de concluir la actuación de la Comisión, por cualquiera de los medios señalados en el artículo

38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los

siguientes documentos:

a) Certificado médico oficial de no padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que le incapacite para el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor de Universidad.

b) Declaración jurada de no haber sido separado de la

Administración del Estado, Institucional o Local, ni de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, en virtud de expediente disciplinario, y de no hallarse inhabilitado para el ejercicio de la función pública. En el caso de nacional de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados

Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de

trabajadores en los términos en que ésta se halla definida en el Tratado constitutivo de la Unión Europea, declaración jurada de no estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

Los que tuvieran la condición de funcionarios públicos de carrera estarán exentos de justificar tales documentos y requisitos, debiendo presentar certificación del Ministerio u organismo del que dependan, acreditativa de su condición de funcionarios y de cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios.

Décima. Contra esta Resolución podrá interponerse por los interesados recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con el artículo 8.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE de 14 de julio), sin perjuicio de que alternativamente se pueda presentar recurso de reposición contra esta Resolución, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la dicta, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-

administrativo anteriormente citado en tanto recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero de 1999 (BOE de 14 de enero).

Sevilla, 21 de septiembre de 2000.- La Presidenta de la Comisión Gestora, Rosario Valpuesta Fernández.

ANEXO I

Profesores Titulares de Universidad

Clase de convocatoria: Concurso de méritos

Plaza número 13/2000.

Departamento: Humanidades.

Area de conocimiento: «Filosofía¯.

Actividad a realizar: Docencia e investigación en Historia del Pensamiento Filosófico y Científico.

Número de plazas: Una.

Comisión Titular:

Presidente: Don Mariano Peñalver Simó, C.U. de la Universidad de Cádiz.

Secretario: Don Rafael Rodríguez Sández, T.U. de la Universidad de Cádiz.

Vocales: Don Fernando Fernández-Savater Martín, C.U. de la Universidad Complutense de Madrid.

Doña Gloria Santos Gómez, T.U. de la Universidad de Córdoba. Don Manuel Cruz Rodríguez, C.U. de la Universidad Central de Barcelona.

Comisión suplente:

Presidente: Don Eduardo Bello Reguera, C.U. de la Universidad de Murcia.

Secretario: Don Juan López Alvarez, T.U. de la Universidad de Cádiz.

Vocales: Don Víctor Gómez Pin, C.U. de la Universidad Autónoma de Barcelona.

Don Manuel J. Barrios Casares, T.U. de la Universidad de Sevilla.

Don José Manuel Sevilla Fernández, T.U. de la Universidad de Sevilla.

Plaza número 14/2000.

Departamento: Humanidades.

Area de conocimiento: «Historia del Arte¯.

Actividad a realizar: Docencia e investigación en Historia del Arte Moderno y Contemporáneo.

Número de plazas: Una.

Comisión Titular:

Presidente: Don Víctor M. Nieto Alcaide, C.U. de la UNED. Secretario: Don Jesús M. Viñuales González, T.U. de la UNED. Vocales: Don Vicente Lleó Cañal, C.U. de la Universidad de Sevilla.

Don Pedro A. Galera Andréu, C.U. de la Universidad de Jaén. Don Rafael J. López Guzmán, T.U. de la Universidad de Granada.

Comisión suplente:

Presidente: Don Enrique Valdivieso González, C.U. de la Universidad de Sevilla.

Secretario: Doña Teresa Laguna Paul, T.U. de la Universidad de Sevilla.

Vocales: Don Ignacio Henares Cuéllar, C.U. de la Universidad de Granada.

Don Federico Castro Morales, T.U. de la Universidad Carlos III. Don Alfonso Pleguezuelo Hernández, T.U. de la Universidad de Sevilla.

Plaza número 15/2000.

Departamento: Humanidades.

Area de conocimiento: «Historia Medieval¯.

Actividad a realizar: Docencia e investigación en Historia Medieval.

Número de plazas: Una.

Comisión Titular:

Presidente: Don Manuel González Jiménez, C.U. de la

Universidad de Sevilla.

Secretaria: Doña Mercedes Borrero Fernández, T.U. de la Universidad de Sevilla.

Vocales: Don José Sánchez Herrero, C.U. de la Universidad de Sevilla.

Doña Paulina López Pita, T.U. de la UNED.

Doña Gloria Díaz Padilla, T.U. de la Universidad de La Laguna.

Comisión suplente:

Presidente: Don Alfonso Franco Silva, C.U. de la Universidad de Cádiz.

Secretario: Don Antonio Collantes de Terán Sánchez, T.U. de la Universidad de Sevilla.

Vocales: Don Eduardo Aznar Vallejo, C.U. de la Universidad de La Laguna.

Doña María Asenjo González, T.U. de la Universidad Complutense de Madrid.

Doña Benedicta Rivero Suárez, T.U. de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria.

Ver Anexos en páginas 16.263 a 16.267 del BOJA núm., de

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