Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 132 de 16/11/2000

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

RESOLUCION de 9 de octubre de 2000, de la Secretaría General Técnica, por la que se aprueba la clasificación de las vías pecuarias del término municipal de Villanueva de los Castillejos, en la provincia de Huelva (V.P. 539/00).

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Visto el Expediente, instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía en Huelva, relativo al asunto de referencia, resultan los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Por Resolución del Presidente del Instituto Andaluz de Reforma Agraria de fecha 5 de noviembre de 1.990 se acordó el inicio de la Clasificación de las Vías Pecuarias del término municipal de Villanueva de los Castillejos, en la provincia de Huelva.

Segundo. Con fecha 8 de abril de 1999, mediante Resolución del Secretario General Técnico se acordó la caducidad del procedimiento de clasificación de las vías pecuarias del término municipal de Villanueva de los Castillejos.

Posteriormente, mediante Resolución de la Viceconsejería de Medio Ambiente de fecha 12 de abril de 1999, se acordó, nuevamente, el inicio del procedimiento de clasificación de las vías pecuarias de dicho término municipal, disponiéndose la conservación de los trámites relativos a las operaciones materiales de recorrido, reconocimiento y estudio de cada vía pecuaria. Dichos trabajos se iniciaron el 28 de julio de 1997, previos los avisos y comunicaciones reglamentarias, siendo así mismo, publicado el citado extremo en el Boletín Oficial de la Provincia de Huelva núm 158, de fecha 10 de julio de 1997, en Diario La Voz de Huelva y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Villanueva de los Castillejos.

Tercero. Redactada la Proposición de Clasificación, integrada por memoria, actas de clasificación, planos y propuesta, en la que se determina la dirección, anchura y longitud aproximada de las vías pecuarias, con descripción detallada de su itinerario y linderos, la misma fue sometida a exposición pública, previamente anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia de Huelva núm 45, de fecha 24 de febrero de 2000, así como en los siguientes organismos: Ayuntamiento de Villanueva de los Castillejos, Diputación Provincial de Huelva, Cámara Agraria Provincial de Huelva y Oficina Comarcal Agraria de la Puebla de Guzmán.

Asimismo, se ha notificado la apertura del periodo de exposición pública y alegaciones a las siguientes asociaciones: UPA (Andalucía), ASAJA, CEPA y UAGA.

Quinto. A dicha Proposición de Clasificación, se han presentado alegaciones de parte de D. Carlos Lancha Lancha, en nombre y representación de la Asociación Agraria de Jóvenes Agricultores, de la entidad mercantil Celorico y Cía, S.A. y de Dª María Pilar Román Martín.

Sexto. Los extremos alegados por los interesados antedichos pueden resumirse como sigue:

1. La caducidad del procedimiento administrativo al amparo de lo establecido en el art. 44.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, modificado por la Ley

4/1999, al haber transcurrido el plazo de 6 meses.

2. La nulidad del procedimiento administrativo al amparo de lo establecido en el art. 62.1 e) de la LRJAP y PAC, en la medida en la que se prescinde total y absolutamente del procedimiento establecido, al acordarse en la Resolución de inicio la conservación de los trámites relativos a las operaciones materiales de reconocimiento, recorrido y estudio de cada vía pecuaria.

3. La nulidad del procedimiento administrativo al amparo de lo dispuesto en el art. 62. 1 e) de la LRJAP y PAC, al omitirse la notificación personal a los interesados.

4. La nulidad del procedimiento administrativo al amparo de lo establecido en el art. 62.1 c) de la LRJAP y PAC, al

confundirse caminos públicos o vecinales con vías pecuarias; alegando la falta de constancia documental de la vía pecuaria que se pretende clasificar.

A los referidos hechos les son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Compete a esta Secretaría General Técnica la

resolución del presente acto administrativo en virtud de las atribuciones que le vienen conferidas en el Decreto 179/2000, de 23 de mayo, por el que se establece la Estructura Orgánica Básica de la Consejería de Medio Ambiente y el Decreto

155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Andalucía que desarrolla la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias.

Segundo. Según preceptúa el articulo 7 de la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, "la Clasificación es el acto administrativo de carácter declarativo en virtud del cual se determinan la existencia, anchura, trazado y demás

características físicas generales de cada vía pecuaria".

Tercero. En cuanto a las alegaciones presentadas a la

Proposición de Clasificación, y en función de la valoración a las alegaciones acompañadas junto a la propuesta de resolución, se ha de manifestar:

1. En primer término, D. Carlos Lancha Lancha sostiene la caducidad del procedimiento al amparo de lo prevenido en el articulo 42.2 de la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común modificada por la Ley 4/1999, dado que el plazo máximo para notificar la resolución del procedimiento habrá de ser de seis meses, computándose desde la fecha del acuerdo de iniciación, según lo dispuesto en el apartado 3.a) de dicho artículo.

Después de atravesar varios arroyos, la vía pecuaria atraviesa a los 7.805 m el camino de los Millares (P159), bordeado por alambradas, y sigue mojonera adelante por un vallado en el Majal de las Migas; cruza un camino a los 8.505 m (P161) y otro

240 m después (P163), y no abandona el vallado hasta los 9.105 m (P164), en que toma en su interior el camino de los Hierros, con el que llega hasta el final del término al llegar a una cancela (P174), a los 9.928 m, continuando en El Granado.

ANEXO III A LA RESOLUCION DE LA SECRETARIA GENERAL TECNICA, DE FECHA 9 DE OCTUBRE DE 2000, POR LA QUE SE APRUEBA LA

CLASIFICACION DE LAS VIAS PECUARIAS DEL TERMINO MUNICIPAL DE VILLANUEVA DE LOS CASTILLEJOS, PROVINCIA DE HUELVA.

COORDENADAS ABSOLUTAS 13 U.T.M. DE LOS PUNTOS SINGULARES POR DONDE DISCURREN LAS VIAS PECUARIAS DEL TERMINO MUNICIPAL DE VILLANUEVA DE LOS CASTILLEJOS (HUELVA)

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA] Dicha alegación ha de ser desestimada, dado que la reducción del plazo máximo para resolver, operada por la Ley 4/1999, no resulta aplicable al presente procedimiento si tenemos en cuenta que el mismo fue iniciado antes de la entrada en vigor de la citada Ley, es decir, el 12 de abril de 1999. A este respecto, dispone la Disposición Transitoria Segunda: "A los procedimientos iniciados antes de la entrada en vigor de la presente Ley no les será de aplicación la misma, rigiéndose por la normativa anterior".

La Ley 4/1999 de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, publicada en el Boletín Oficial del Estado núm. 12 de fecha 14 de enero de 1999, entró en vigor el 14 de abril de 1999, tal como preceptuaba su Disposición Final Unica: "La presente Ley entrará en vigor a los tres meses de su publicación en el Boletín Oficial del Estado".

2. En segundo lugar, también ha de ser desestimada la alegación articulada relativa a la nulidad del procedimiento

administrativo al amparo de lo establecido en el art. 62.1.e) de la LRJAP y PAC, en la medida en que se prescinde total y absolutamente del procedimiento establecido, al acordarse en la Resolución de inicio la conservación de los trámites relativos a las operaciones materiales de reconocimiento, recorrido y estudio de cada vía pecuaria. Dicha alegación no puede

prosperar, en la medida que la conservación de dichos actos viene impuesta por el principio de economía procesal y

encuentra su apoyo legal en lo dispuesto en el art. 66 de la LRJAP y PAC, a cuyo tenor: "El órgano que declare la nulidad o anule las actuaciones dispondrá siempre la conservación de aquellos actos y trámites cuyo contenido se hubiera mantenido igual de no haberse cometido la infracción".

El principio de economía procesal, cuyo ámbito de aplicación se extiende a los procedimientos de toda índole, impone la conservación de los actos o trámites cuyo contenido sería el mismo de repetirse las actuaciones dilatándose la tramitación, en contra del principio de celeridad y eficacia- para llegar a idénticos resultados. Si, racionalmente, puede preverse que se reproducirán los mismos actos, lo lógico es su mantenimiento. Como dice la Sentencia del Tribunal Supremo de fecha 14 de junio de 1993.

3. Respecto a la alegación esgrimida relativa a la nulidad del procedimiento al amparo de lo dispuesto en el art. 62.1 de la LRJAP y PAC, al omitirse la notificación personal a los interesados, se ha de traer a colación, en primer término, la doctrina jurisprudencial relativa a la legitimación para impugnar el acto por defecto de forma. A este respecto dispone la Sentencia de 4 de enero de 1990 que "reiterada doctrina jurisprudencial declara que la indefensión que pueda producir el trámite omitido solamente puede ser alegado por quien personalmente lo padezca ". Así, consta en el expediente que la apertura del periodo de información pública y alegaciones fue notificada al recurrente con fecha 2 de febrero de 2.000.

Por otra parte, lo dispuesto en el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se ha de poner en relación con el art. 7 de la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias y el art. 12 del citado Reglamento que

establecen que la clasificación es el acto administrativo de carácter declarativo en virtud del cual se determina la existencia, denominación, anchura, trazado y demás

características físicas generales de cada vía pecuaria; por tanto, dada la naturaleza del acto de clasificación, y en atención, a la pluralidad indeterminada de posibles

interesados, se ha optado por la publicación del acto en base a lo establecido en el art. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común "La publicación sustituirá a la notificación surtiendo los mismos efectos en los casos siguientes: a) Cuando el acto tenga por destinatario a una pluralidad indeterminada de personas..."

Asimismo, se ha anunciado el comienzo de la apertura del periodo de exposición pública y alegaciones a través de publicaciones en el Boletín Oficial de la Provincia de Huelva, en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Villanueva de los Castillejos, de la Diputación Provincial, de la Cámara Agraria Provincial de Huelva y de la Oficina Comarcal Agraria de la Puebla de Guzmán. Así como, se ha notificado dicho extremo a las siguientes asociaciones: UPA (Andalucía), ASAJA, CEPA y UAGA. Todo ello con objeto de procurar la mayor difusión posible, de conformidad con lo previsto en el Reglamento de Vías Pecuarias.

4. Por último, respecto a la alegada falta de constancia documental de la existencia de las vías pecuarias, se ha de sostener que del fondo documental obtenido a raíz del estudio previo realizado resulta acreditada la existencia de las mismas, tal como consta en el apartado de Antecedentes

Documentales de la Proposición de Clasificación. Así se manifiesta que de las consultas realizadas en distintos Archivos y Fondos Documentales, se ha reunido la siguiente documentación:

Documento núm 1: I.G.N. Documentación y Archivo. Bosquejo Planimétrico a escala 1:25.000 de Villanueva de los

Castillejos.

Documento núm 2: Legajo 1.017 del A.H., sobre Deslindes realizados en 1.928 de las vías pecuarias 2,7 y 10 del presente Anteproyecto.

Documento núm 3: Anteproyecto de Clasificación de vías

pecuarias de 1.960 del Ministerio de Agricultura, no aprobado, donde se reflejan las vías pecuarias 2,3,7,9 y 10.

Documento núm 4: Planos Catastrales donde se refleja parte del trazado de la vía pecuaria núm 1.

Documento núm 5: Fondo Documental de la Delegación Provincial de Medio Ambiente de Huelva.

A dicha información se añade:

La información suministrada por el práctico designado por el Ayuntamiento de Villanueva de los Castillejos: D. Matías Domínguez Domínguez.

El análisis de la red de vías pecuarias clasificadas, tanto en el ámbito territorial comarcal como provincial. Para ambos se ha confeccionado una síntesis cartográfica a escala 1:50.000 y

1:200.000 de los diferentes itinerarios pecuarios que aparecen reseñados en los Proyectos de Clasificación ya aprobados, así como, en su caso, en los antecedentes estudiados de los municipios sin clasificación.

Considerando que en la presente clasificación se ha seguido el procedimiento establecido en el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por el Decreto

155/98, de 21 de julio, con sujeción a lo regulado en la Ley

3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común y demás

legislación aplicable al caso.

Vista la propuesta de resolución de fecha 11 de septiembre de

2000, formulada por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Huelva,

RESUELVO

Aprobar la Clasificación de las Vías Pecuarias del término municipal de Villanueva de los Castillejos (Huelva) de

conformidad con la Propuesta formulada por la Delegación Provincial de Huelva de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, y conforme a la descripción y coordenadas absolutas UTM que se incorporan a la presente a través de los Anexos I, II y III.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía

administrativa, podrá interponerse Recurso de Alzada, conforme a la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes desde la

notificación de la presente, ante la Consejera de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía.

Lo que acuerdo y firmo en Sevilla, a 9 de octubre de 2000. - El Secretario General Técnico, Juan Jesús Jiménez Martín.

ANEXO I A LA RESOLUCION DE LA SECRETARIA GENERAL TECNICA, DE FECHA 9 DE OCTUBRE DE 2000, POR LA QUE SE APRUEBA LA

CLASIFICACION DE LAS VIAS PECUARIAS DEL TERMINO MUNICIPAL DE VILLANUEVA DE LOS CASTILLEJOS, PROVINCIA DE HUELVA.

Los datos técnicos de las vías pecuarias objeto de esta clasificación son los siguientes:

CUADRO - RESUMEN

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

CUADRO RESUMEN DE LOS LUGARES ASOCIADOS A LAS VIAS PECUARIAS EXISTENTES EN EL TERMINO MUNICIPAL DE VILLANUEVA DE LOS CASTILLEJOS

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

ANEXO II A LA RESOLUCION DE LA SECRETARIA GENERAL TECNICA, DE FECHA 9 DE OCTUBRE DE 2000, POR LA QUE SE APRUEBA LA

CLASIFICACION DE LAS VIAS PECUARIAS DEL TERMINO MUNICIPAL DE VILLANUEVA DE LOS CASTILLEJOS, PROVINCIA DE HUELVA

1. CAÑADA REAL DE AYAMONTE A SEVILLA

FICHA DE CARACTERISTICAS

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

DESCRIPCION

Esta vía pecuaria procede del término municipal de Cartaya y, con una anchura legal de 75 m, realiza todo su recorrido llevando como eje la mojonera entre Villanueva de los

Castillejos y Cartaya, con dirección general O-E.

Penetra por el mojón trifinio que divide los términos de Cartaya, Villanueva y Sanlúcar del Guadiana, situado en el cauce del arroyo El Cuco (P1), y avanza en sentido NE. llevando como eje una alambrada que coincide con la divisoria de términos, entre los parajes de Las Machorras a la derecha y Los Pajosos a la izquierda. A los 280 metros la cañada cruza el arroyo del Colmenar (P5), gira hacia el E. y, siguiendo de nuevo una alambrada de 1,5 m de alta, entra en el Valle de la Sardina, dentro de la finca La Guijarra, que queda al norte de la vía pecuaria, mientras en la zona sur se encuentra La Cumbre de la Mata de Pedro Arco. A los 745 m, tras finalizar el Valle de La Sardina, la cañada, sin dejar la alambrada de La Gujarra, cruza el arroyo La Abejera junto a la Cueva del Moro (P9). Pasados los 1.000 m, la cañada se aparta de la alambrada, y atravesando una pequeña vaguada se dirige en sentido E. hacia un alto donde se encuentra un mojón a los 1.150 m (P12). A partir de aquí el eje de la cañada vuelve a ser la alambrada, y comienza a descender hasta cruzar el camino del pozo Las Caleras e, inmediatamente, el arroyo Las Caleras (P14), para discurrir, con La Alquería del Pozo al norte y Cumbre de la Cañada Gallardo al sur, por una alambrada que coincide con la mojonera, hasta los 3.610 m, donde hay un mojón de término (P36).

Continúa la cañada, ya sin alambrada, llevando ahora a su izquierda la finca El Galvín, para alojarse en ella, a partir de los 3.810 m (P37), un durante unas 335 m, hasta llegar a la casa del Picote (P40 y foto núm. l), situada unos 20 m al sur del eje de la vía pecuaria.

Con la misma dirección que traía, la cañada se dirige, entre El Galvín al norte y El Picote al sur, en línea recta a la cola del embalse del río Piedras, quedando como único vestigio una pequeña senda que aparece de forma discontinua. Cruza el embalse, a los 5.220 m (P42), enfrente de la desembocadura del arroyo Gavilán (P43). Durante unos 2 km asciende la cañada en sentido SE. llevando como eje el cauce del citado arroyo, entre el Lote del Duro a la izquierda y la Dehesa de las Yeguas a la derecha, y a los 7.560 m, habiendo cruzado la bifurcación del camino de Lepe y el de la Dehesa de las Yeguas, llega al descansadero de la Huerta del Pavo (P101 y foto núm2), de unos

2.500 m¯, limitado a su izquierda por una pared de piedras, en el paraje del mismo nombre. Pasado el descansadero, a los 7.700 m, la cañada gira ligeramente al E., con su eje marcado por mojones cada cierta distancia, siguiendo aproximadamente la línea de separación entre los pinos de Cartaya y los eucaliptos de Villanueva, y llevando a partir de ahora un camino en su interior; al finalizar la Huerta del Pavo, vuelve a llevar el Lote del Duro por la izquierda, mientras a la derecha están siempre los pinos del Campo de Cartaya. La vía pecuaria gira en dirección E.-SE. a los 9.000 m y 1.200 m más tarde se adentra en la finca Las Barahonas, a partir de la cual el camino que la cañada traía en su interior se desprende a la derecha, llegando a los 10.925 m al abrevadero de la Laguna de los Gitanos (P146), de unos 500 m¯, en el camino que limita las fincas Las Barahonas y Los Perales, ambas de Villanueva. Con Los Perales a la izquierda y pinos de Cartaya a la derecha, la cañada cruza el arroyo Las Barahonas a los 11.810 m (P154), gira al SE., y

635 m después atraviesa el arroyo Lanterillo (P158). A partir de los 12.810 m (P161) lleva en su interior un camino, con el que cruza 990 m más adelante la vereda del Corte del Medio (vía pecuaria núm. 8), (P164).

La vía continúa ahora llevando como eje una alambrada durante unos 400 m, desciende para cruzar el arroyo de Tariquejo a los

14.420 m (P169), y vuelve a ascender llevando en su interior el arroyo Las Pilitas, con dirección E., encontrándose dos casetas a la izquierda, una de ellas incluida en la vía, y más adelante un pozo y la casa de Domingo Miguel a la derecha, en término de Cartaya (P174). La cañada cruza la carretera local de

Villanueva a Cartaya o carretera de Tariquejo a los 14.805 m (P177), y continúa en dirección E. llevando como eje el arroyo de las Pilitas, entre Los Perales a la izquierda y Casa del Loquino a la derecha, llegándole por la izquierda a los 15.650 m la vereda de Cartaya (vía pecuaria núm. 6), (P190), A partir de aquí la vía pecuaria lleva a la izquierda la finca Las Pilitas, cruza a los 16.145 m el camino de los Hornos (P199) y se adentra en la finca La Tosquilla, continuando por el arroyo de las Pilitas hasta llegar a su nacimiento, a los 16.355 m (P200).

De ahora en adelante, la delimitación de la mojonera entre Villanueva y Cartaya, eje de la vía pecuaria, viene determinada por mojones redondos y grandes (foto núm. 3). La cañada gira al SE. discurriendo entre pinos generalmente por un pasillo amplio que sirve de cortafuegos entre La Tosquilla al norte y Menajo al sur (foto núm. 4), hasta llegar a los 17.370 m a la

desembocadura del arroyo de La Laguna en el arroyo Menajo. en el paraje Charco del Burro (P204). La vía gira al NE. llevando en su interior el arroyo Menajo, que es la mojonera, durante casi un kilómetro. A los 18.280 m abandona dicho arroyo y continúa por la mojonera, incorporándose seguidamente en su interior un camino (P212) que vuelve a salir de la cañada unos

325 m después (P217), bifurcándose por ambos lados de la misma. La vía se dirige, según la dirección que traía, al mojón trifinio de Villanueva, Cartaya y Gibraleón, situado en la Cruz del Niño, llegándole por la izquierda la vereda del Camino Viejo de la Puebla (vía pecuaria núm. 4), y donde finaliza su recorrido en este término a los 18.851 m (P219), continuando en el término de Cartaya,

2. CORDEL DE PORTUGAL

FICHA DE CARACTERISTICAS

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

DESCRIPCION

La dirección del cordel es 0.-E., su anchura legal 37,5 m, y su recorrido discurre por la carretera que une El Granado con Villanueva de los Castillejos, que en su mayor parte la lleva en su seno, por el camino de Gibraleón o San Bartolomé, y junto a la carretera de Villanueva a San Bartolomé de la Torre, unas veces a la derecha y otras a la izquierda, siendo su longitud total de 19.851 m.

Esta vía pecuaria procede del término municipal de El Granado y entra en Villanueva de los Castillejos por el paraje de Las Tres Muecas (P1), dentro de la dehesa Medio Millar, llevando en su interior la carretera que une El Granado con Villanueva, actualmente en obras. Sigue el cordel llevando a la derecha terrenos del Majadal de la Doncella, también dentro de la finca Medio Millar. A los 1.390 m (P17), ya en terrenos de la finca Dehesa Boyal, se desprende a la izquierda un camino que va al Huerto de Osma, y 665 m más adelante atraviesa el barranco Mateos (P22).

Con la carretera en su interior, al cordel le sale a su izquierda un camino que va a la ermita de Piedras Albas a los

2.675 m (P27), y unos 270 m más adelante cruza el camino de la Dehesa (P30). A los 3.355 m atraviesa a la derecha un camino que va a la casa de la Dehesa y una alambrada (P32), y 235 m más tarde desemboca por la derecha la vereda de Sanlúcar a Villanueva (vía pecuaria núm 9), (P34), apartándose a la derecha 95 m más adelante el camino de los Labradillos: (P36). Después de cruzar el arroyo Monte a los 3.945 m (P40), la vía pecuaria se encuentra con el descansadero-abrevadero Pilar de la Majadilla, que está dentro del cordel de Puerto Colorado (vía pecuaria núm 3), (P43), siguiendo a partir de aquí con los Cercados del arroyo Monte a la derecha y a la izquierda El Callejón de la Obra Pía. A los 4.985 m cruza un camino que se dirige a la Vereda de La Espada (P48), y 380 m más adelante atraviesa la carretera de San Silvestre (P52).

A partir de aquí, el cordel abandona la carretera, y se sitúa paralelo a la derecha de la misma. A los 5.675 m, una vez dejado el cementerio, se desprende a su derecha la vereda del Charco de la Puebla (vía pecuaria núm 7), (P57), sigue entre carretera a la izquierda y cercados de La Ponza a la derecha, y atravesando el camino de Lepe, llega a los 5.905 m a un abrevadero con un pilar (P62). En este punto el cordel cruza la carretera de El Granado y girando hacia el NO., se introduce en el casco urbano durante unos 250 m en los cuales va por una calle cementada, dejando a la izquierda unas naves comerciales y a la derecha una báscula, un edificio de la Cámara Agraria y los antiguos colegios; cruza la antigua carretera dejando en el margen izquierdo la gasolinera, saliendo de la zona urbana al atravesar la carretera de La Puebla de Guzmán a los 6.210 m (P68), donde la vía gira al E. para tomar a partir de ese momento en su interior el camino de Gibraleón. Encuentra enseguida en su seno un poste denominado Cruz del Gallo (P69), y a continuación la vía desciende (foto núm 5) hasta atravesar a los 6.820 m el Barranco del Agua de Verano (P74). El camino de Gibraleón que va en el interior de la vía lleva siempre a ambos lados cercados de piedra o alambre, denominados

genéricamente Cercados del camino de Gibraleón, a una distancia variable, que oscila entre 6 y 15 m según el tramo considerado. Cruza el regajo de las Tripas a los 7.420 m (P82) y

seguidamente comienza por la izquierda la pared de piedras de la finca Villasana, mientras a la derecha hay unas

construcciones. Continúa el cordel con el camino en su

interior, con cercado únicamente a la izquierda, hasta llegar a los 7.990 m a la altura de la carretera H-131 de Villanueva a San Bartolomé (P88 y foto núm. 6).

A partir de aquí, y en el resto de su recorrido, la vía pecuaria irá siempre paralela a la carretera H-131, bien a un lado o a otro de la misma, y como la distancia entre la carretera y los vallados de las diferentes fincas por las que pasa es inferior a la anchura del cordel, éste siempre llevará en su interior dichos vallados. Una vez abandonado el camino de Gibraleón, la vía pecuaria discurre a la izquierda de la carretera, llevando en su interior una alambrada. A los 8.540 m, en La Huerta de la Miga, desemboca por su derecha el cordel de Puerto Colorado (vía pecuaria núm 3), (P93), coincidiendo con el descansadero de La Majada del Santo, y cruza

seguidamente el arroyo del Horno. Continúa el cordel a la izquierda de la carretera hasta llegar al final de La Huerta de la Miga, a los 8.825 m, donde cruza la carretera situándose a la derecha de la misma (P97), se interna en terrenos de La Dehesilla y toma por espacio de unos 100 m un camino en su interior que después sale a la derecha de la vía.

Llevando paralela a su izquierda la carretera, el cordel cruza el arroyo Charco de la Piedra a los 9.320 m (P102) y unos 450 m más adelante el barranco Barahonal (P103). Cruza a los 10.160 m el arroyo de Pedro Benito (P104), y unos 630 m más adelante atraviesa el arroyo Corte de la Palma (P105). La vía vuelve a cruzar la carretera a los 11.390 m (P109), situándose a partir de ahora a la izquierda de la misma, cruza unos 70 m más adelante el arroyo Charco del Alcornoque (P111), llevando en su interior el vallado de la finca La Gozala. A los 12.375 m el cordel cruza el arroyo de la Viña (P112), y pasados los 13.125 m cruza el camino que va al cortijo de la Gozala (P113), llevando a partir de aquí en su interior el vallado de la finca La Bellida.

El cordel cruza de nuevo la carretera a los 13.335 m (P115), situándose ahora paralelo a ella por la derecha, alojando la alambrada de La Bellida, cruza el arroyo de los Barros a los

13.575 m (P117), y unos 330 m más adelante atraviesa la vereda del Corte del Medio (vía pecuaria núm 8), (P118). Se desprende a la derecha de la vía la carretera de Tariquejo a los 14.795 m (P120), y 1.300 m después atraviesa la valla que limita La Bellida de La Madre del Agua, por donde discurre tan sólo unos

200 m, pues el cordel atraviesa de nuevo la carretera (P127), quedando ésta a la derecha, yendo paralelo a ella, y llevando en su interior el cercado de la finca El Obispo. Transcurridos unos 17.100 m de su recorrido, el cordel deja a su izquierda un camino (P131), y 995 m más adelante cruza la portada de la finca del Obispo (P137). Siguiendo siempre el cordel paralelo a la izquierda de la carretera, a los 18.870 m (P142) abandona El Obispo y entra en la dehesa El Colegial, y llega así a la mojonera, donde finaliza su recorrido en este término a los

19.851 m (P149), continuando en San Bartolomé de la Torre.

3. CORDEL DE PUERTO COLORADO

FICHA DE CARACTERISTICAS

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

DESCRIPCION

Esta vía pecuaria procede del término municipal de El Almendro y con anchura legal de 37,5 m recorre el término de Villanueva primero con dirección N.-S., y luego 0.-E., para terminar a los

5.837 m de recorrido en el cordel de Portugal.

El cordel penetra en Villanueva por el vértice de la cerca Los Cuartones (P1), dejando una nave a la derecha, y lleva en su interior la pared de piedras de la cerca y un camino, el cual se desprende a la izquierda a los 45 m (P2), mientras la vía pecuaria sigue por el cercado en dirección SO. A los 325 m, en la Huerta del Arco, al cordel se le incorpora en su interior el barranco de la Majadilla, denominado El Callejón, que es un arroyo de anchura variable de 3 a 8 m encajonado entre los cercados colindantes. A partir de los 600 m el barranco sólo lleva la pared norte, y 100 m después a la vía se le incorpora el camino del Pilar de la Majadilla, quedando a la izquierda El Alto de la Goropía. El cordel gira al S. y a los 985 m la vía pecuaria se ensancha (P20 y foto núm 7), al comenzar el descansadeto-abrevadero del Pilar de la Majadilla, de gran extensión (unas 5 Has), que tiene al principio un pilar y dos pozos de diferente tamaño. Este descansadero está limitado por dos cercados distantes unos 70 m, engloba un tramo de la carretera de Villanueva a El Granado por donde va el cordel de Portugal (vía pecuaria núm. 2), y llega hasta el arroyo Monte, a los 1. 170 m (P21 y foto núm. 8).

La vía pecuaria aloja en su seno dicho arroyo y sigue en dirección SE. (foto núm 9) encajada entre el cercado de alambre de la Dehesa Boyal, y las paredes de Los Cercados del Arroyo Monte. A partir de los 1.780 m la alambrada que llevaba a la derecha deja paso durante unos 300 m a un muro de mampostería perteneciente al Cercado de Ponce (P32), al cabo del cual arranca a la derecha la vereda de la Espada (vía pecuaria núm

10), (P35). El cordel se encuentra a los 2.280 m con un poste denominado Cruz del Delfin (P38), y unos 60 m (foto núm. 10) más adelante abandona el arroyo Monte, justo en la confluencia con otro arroyo que viene por la izquierda, y en dirección E.-SE. toma en su interior una pared durante unos 300 m, hasta cruzar la carretera H-122 de Villanueva a San Silvestre a los

2.670 m (P41).

La vía pecuaria se adentra, cruzando una alambrada, en la Dehesa Boyal, pasa a los 2.800 m por La Primera Encina, y sale de la Dehesa Boyal, poco antes de cruzar, a los 3.070 m, la vereda del Charco de la Puebla (vía pecuaria núm 7), (P42), ya dentro de La Dehesilla, a unos 40 m al sur de los cercados de La Ponza. Dejando una escombrera a la derecha, el cordel se dirige hacia el Alto de los Tojales para continuar en la misma dirección y cruzar el camino de Lepe a los 3.700 m (P44). A partir de este momento, y durante casi 300 m, el límite izquierdo de la vía pecuaria lo constituyen los cercados de Las Lajillas, llevando un camino en su interior. Sigue por Las Vegas en dirección NE., dejando a unos 20 metros a la derecha los tocones de eucaliptos que actualmente están cercados; a los

4.165 m atraviesa el arroyo Huertecillo o de las Lajillas (P49), el camino se desvía a la derecha, mientras la vía pecuaria va en línea recta hasta llegar a los 4.500 m al nuevo camino de Tariquejo, junto a una alambrada que queda a la derecha.

Sigue el cordel con la misma dirección por la Majada del Santo, llevando una senda en su interior y dejando unos 100 m a la izquierda un cerro donde se observa una escombrera y unas ruinas (P54). Después de cruzar un camino a los 5.280 m (P56), la vía pecuaria, llevando un camino asentado en su interior, deja a la izquierda el Cercado de Ezequiel Martínez Gómez, cuyo vértice final, a los 5.540 m es el límite izquierdo del cordel, quedando a la derecha, a más de 100 metros, La Casa de Cristino (P63). Sigue la vía por el camino, alejándose del cercado, y a los 5.800 m, entre el arroyo Horno al este y la Huerta de la Miga al norte, llega al descansadero de la Majada del Santo, de unas 5 Has, con el cual atraviesa la carretera de Villanueva a Huelva y finaliza su recorrido a los 5.837 m (P65), al unirse al cordel de Portugal (vía pecuaria núm. 2).

4. VEREDA DEL CAMINO VIEJO DE LA PUEBLA

FICHA DE CARACTERISTICAS

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

DESCRIPCION

Procedente de El Almendro, esta vía pecuaria, con una anchura legal de 20 m, recorre el término de Villanueva de los

Castillejos durante 10.430 m, dividida en dos tramos, de 7.993 y 2.437 m respectivamente, interrumpidos por su incursión en San Bartolomé de la Torre.

TRAMO I

La vereda penetra en Villanueva con sentido SE.(P1), llevando en su interior el camino viejo de La Puebla, cruza a los 155 m el arroyo del Hornillo (P5), y sigue por el camino hasta que a los 1.050 m el camino actual se desvía al cortijo del Gozal (P13), mientras la vía sigue por donde iba el antiguo camino, del que apenas quedan vestigios. A los 1.250 m atraviesa el camino de la Hijuela (P15) y 250 m más adelante la rivera del Aserrador (P18), sigue por El Pastillo, cruza el barranco de Urraca Alosno a los 2.745 m (P27), para entrar en El Alamillo Alto, y siguiendo por un pequeño arroyo deja a la izquierda un pequeño embalse a los 3.105 m (P30). Atraviesa el barranco de San Sebastián a los 3.850 m (P34) y 410 m más tarde el camino del Guijo (P37), ya en terrenos del Alamillo Bajo, cruza el arroyo del Guijo de María Martín a los 4.950 m, siguiendo con su trazado durante 400 m Dentro de la finca El Obispo, continúa por Cabezo del Pajar, y después de atravesar un arroyo a los

6.000 m (P46) toma en su interior en 200 m el camino a Valle Grande, cruza el camino del Obispo a los 6.545 m (P51) y por Valle del Toro atraviesa el arroyo de las Multas a los 7.055 m (P53). Continúa por El Charco de la Vaca, dentro de la finca El Obispo (P57), hasta llegar a los 7.993 m al límite de término con San Bartolomé de la Torre, donde continúa.

TRAMO II

Después de atravesar el término de San Bartolomé, la vía pecuaria vuelve a aparecer en Villanueva por La Laguna (P58), por un carril más ancho que deja la plantación de pinos que era el antiguo camino de Aljaraque, y después de atravesar un cortafuegos a los 8.050 m, asciende por una loma hasta tomar en su interior un carril a los 8.300 m. A los 9.130 m la vereda llega a la mojonera de Villanueva con Gibraleón (P69),

discurriendo por ella, pero íntegramente en término de

Villanueva, por la finca La Tosquilla, con un camino en su interior, quedando a la derecha Valdeoscuro. Continúa igual hasta los 10.290 m (P89), en que abandona el camino que traía para llegar a La Cruz del Niño, donde finaliza su recorrido a los 10.430 m (P90) al desembocar en la cañada de Ayamonte a Sevilla (vía pecuaria núm. 1).

5. VEREDA DEL CAMINO VIEJO DE ALOSNO POR EL RINCONCILLO FICHA DE CARACTERISTICAS

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

DESCRIPCION

Procedente de Alosno, esta vía pecuaria de 20 m de anchura legal recorre el término de Villanueva de los Castillejos de norte a sur durante 6.553 metros, continuando en San Bartolomé de la Torre. Penetra en Villanueva (P1) llevando en su interior el camino de Alosno a San Bartolomé durante 530 m (P9), al cabo de los cuales, al final de un cercado, el camino actual sigue por la izquierda, mientras la vía pecuaria discurre por el camino viejo de Alosno, del cual apenas quedan vestigios, Continúa la vereda por Tierras de Adricó, cruza a los 1.000 m un arroyo (P12) y asciende por una vaguada al puerto de las Andrajas, por donde desciende faldeando hasta cruzar a los

2.470 m la rivera de la Dehesa Boyal (P28).

A los 3. 010 m, por El Hornito, la vía pecuaria atraviesa el camino de la Laguna (P33), desciende por una vaguada para cruzar un arroyo a los 3.520 m (P37), pasa por un camino 100 m más adelante, y después de atravesar un arroyo a los 3.845 m (P39), sigue paralela a la rivera del Aserrador, para cruzarla

455 m después (P43). Asciende por una vaguada en Charco de la Piedra (P45), sigue entre Cabezos Tejonera a la izquierda y Cabezos Romero a la derecha, en el puerto coincide unos 100 m con un camino, y desciende por El Rinconcillo, dejando unas construcciones a la izquierda a los 5.285 m, a la vez que atraviesa un camino (P50). Unos 500 m más adelante, la vereda cruza otro camino, y siguiendo paralela a un arroyo, llega al arroyo de las Multas a los 6.553 m (P57), donde finaliza su recorrido en este término para continuar en el de San

Bartolomé.

6. VEREDA DE CARTAYA O DEL SEMIDERO

FICHA DE CARACTERISTICAS

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

DESCRIPCION

Procedente del término municipal de San Bartolomé de la Torre y con 20 m de anchura legal, esta vía pecuaria se introduce en Villanueva de los Castillejos por la finca La Tosquilla, y recorre el término durante 2.767 m en dirección N.S., hasta desembocar en la cañada real de Ayamonte a Sevilla.

Arranca de la unión del arroyo del Mimbre con la carretera local de San Bartolomé a Tariquejo (P1), y a los 105 m del inicio, por la izquierda se incorpora a la vereda un camino (P2), que se aloja desde ese momento en su interior. A los 705 m, la vía pecuaria cruza perpendicularmente un camino que se dirige a la casa de la Tosquilla (P10) y unos 275 m después atraviesa otro camino (P18), adentrándose por la derecha en Las Bodegas, mientras por la izquierda continúa la finca Tosquilla. Siguiendo con el camino alojado, la vereda cruza a los 1.270 m el camino de La Tosquilla (P25) y 155m más adelante atraviesa el arroyo de los Antones (P28). A los 1.520 m la vía deja unos

60 m a la derecha la casa del Remillado (P29), apareciendo a partir de ahora, en un espacio de unos 700 m, una serie de registros de agua situados al borde del camino que va en el interior de la vereda. Después de atravesar varios caminos entrecruzados, a los 2.000 m la vereda corta perpendicularmente el camino de Aljaraque (P36), y unos 285 m más adelante se llega a otro cruce de caminos (P41).

A la derecha del camino alojado en la vereda se deja un pozo de riego a los 2.375 m, y unos 50 m más adelante el camino se aparta a la derecha (P42), siguiendo la vía pecuaria por el lindero que forman las fincas Los Perales y Las Pilitas, que más tarde se convierte en arroyo, desembocando en el arroyo de las Pilitas (P47), dentro de la cañada real de Ayamonte a Sevilla (vía pecuaria núm. 1), donde finaliza la vereda a los

2.767 m de recorrido.

7. VEREDA DEL CHARCO DE LA PUEBLA

FICHA DE CARACTERISTICAS

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

DESCRIPCION

Esta via pecuaria parte del Cordel de Portugal (vía pecuaria núm. 2) junto al cementerio, con anchura legal de 20 m, y tras recorrer 1.720 m en dirección sur, finaliza en el abrevadero del Charco de la Puebla.

La vereda arranca de la carretera de Villanueva a El Granado (P1), alojada en el cordel de Portugal (vía pecuaria núm. 2), con su límite derecho a unos 50 m de las paredes del

cementerio, su limite izquierdo a unos 20 m de los cercados de La Ponza, y llevando en su interior el camino de Ayamonte. A partir de los 100 m (P2), pasado el cementerio, la vía avanza con el camino en su interior, entre los cercados El Toril a la derecha y La Ponza a la izquierda. A partir de los 290 m finaliza el cercado El Toril a la derecha y comienzan los terrenos de la Dehesilla (P4). A los 650 m finalizan los cercados de La Ponza, e inmersa en la Dehesilla, la vía pecuaria cruza a los 695 m el cordel de Puerto Colorado (vía pecuaria núm. 3), (P9) y a partir de aquí se dirige en línea recta a los cercados de Boniel existiendo tramos en los que el camino actual de Ayamonte (que no coincide con el antiguo trazado) no está dentro de la vía pecuaria.

A los 1.000 m, después de desprenderse un camino a la

izquierda, la vereda llega a los cercados de Boniel (P10 y foto núm. 11), que es el límite izquierdo, quedando a la derecha la alambrada de La Dehesa Boyal. Gira ligeramente la vía a la izquierda para ir paralela a los cercados, incorporándose por la izquierda el arroyo del Charco de la Puebla, que hasta el final va alojado en la vereda, mientras el camino de Ayamonte sólo está incluido en algunos tramos. La vía pecuaria finaliza al llegar, a los 1.720 m, al abrevadero del Charco de la Puebla, de unas 0,5 Has. de superficie, que tiene un charco en su interior, quedando a la izquierda una depuradora y a la derecha la alambrada de La Dehesa Boyal (P20 y fotos núms. 12 y

13).

8. VEREDA DEL CORTE DEL MEDIO

FICHA DE CARACTERISTICAS

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

DESCRIPCION

Procedente de El Almendro, esta vía pecuaria recorre con 20 m de anchura legal el término de Villanueva de los Castillejos de norte a sur durante 16.924 m, desembocando en la cañada real de Ayamonte a Sevilla (vía pecuaria núm. l).

Penetra en Villanueva de los Castillejos después de cruzar el arroyo del Hornillo (P1), en El Hermanillo, unos 30 m al oeste del mojón de término M-5, llevando en su interior el camino de la Puebla, de unos 4 m de ancho. Siempre inmersa en la finca La Gozala, la vereda cruza un arroyo a los 260 m (P6), a la vez que se desprende a la izquierda el camino de Fresnito. Asciende en sentido SE. hacia Puerto Colorado dejando un pequeño embalse a la derecha (P9), y a los 705 m, algo antes de coronar el puerto, la vía deja el camino que traía en su interior a la derecha (P14) y toma una pequeña vaguada, formada por los vestigios del antiguo camino, que va paralela al arroyo Valdelayegua. La vereda cruza este arroyo a los 865 m (P15), situándose paralela a la derecha del mismo, y unos 320 m después vuelve a tomar en su seno el camino de la Puebla, justo donde se desprende un camino a la izquierda (P19).

Lleva la vía en su seno el camino de la Puebla durante unos

1.000 m, y habiendo girado al S., llega a un cruce de caminos, donde atraviesa una cancela (P38 y foto núm. 14), tras la cual la vereda abandona el camino, y discurre con el arroyo de los Barros en su seno, dentro de la finca La Gozala. A los 2.815 m la vía cruza un arroyo (P49), y unos 195 m más adelante el camino Valdecasa (P55), quedando el cortijo de La Gozala unos

150 m a la derecha. Aparece también a la derecha de la vereda una pared de piedras medio derruida y algo más adelante un vallado de alambre a la izquierda. A partir de los 3.505 m la vereda linda a la derecha con el embalse de Las Minas del Carril (P63), mientras más adelante por la izquierda se le incorpora un camino en un corto trayecto, hasta atravesar a los

3.790 m un camino, justo donde acaba el embalse (P67).

La vía pecuaria se incorpora de nuevo al arroyo de los Barros hasta cruzar, pasados los 4.025 m, el camino que separa las fincas La Gozala y La Bellida (P71), y a partir de aquí gira levemente a la izquierda, abandona el arroyo y, después de cruzar el vallado de La Bellida, a los 4.570 m atraviesa la carretera H-131 de Villanueva a San Bartolomé unos 50 m al este de las cancelas de la finca. Inmediatamente después la vereda cruza el cordel de Portugal (vía pecuaria núm. 2), (P75), en cuyo seno está otra alambrada y continúa por La Bellida en sentido SE., atravesando a los 5.580 m el arroyo del Carril (P83) y más adelante los dos ramales del arroyo del Infierno (P85 y 86). A los 6.725 m la vía aloja en su interior la carretera de Villanueva a Cartaya (P88), unos 250 m antes de llegar al km 21, y continúa así durante más de 5 kilómetros, en los que, en un principio, discurre por la derecha el vallado de La Bellida y por la izquierda el de La Madre del Agua, a partir de los 9.865 m de su recorrido, la vereda lleva La Bellida a ambos lados (P102), y 800 m más adelante por la izquierda discurre la finca Monte Colorado.

La vía pecuaria abandona la carretera a los 11.850 m (P114), en el km 16, y se adentra en la finca Las Barahonas, alojando en su interior el camino de La Puebla o del Lote. Después de atravesar el arroyo o cañada de Macías a los 12.385 m (P123), deja a la izquierda los huertos de Ballesteros, cruza otro arroyo 395 m más adelante (P130), y a partir de los 13.175 m (P141), tras cruzar un vallado, el camino que va en el interior de la vereda se estrecha y desaparece en algunos tramos. A los

13.740 m la vía cruza un arroyo por una barrera vegetal que separa las fincas Las Barahonas y Los Perales (P152) y, girando al SE., atraviesa unos 345 m más adelante una agrupación de pinos denominada Los Pinos del Carril (P157), y seguidamente toma de nuevo en su interior el camino de la Puebla, que vuelve a aparecer ya definitivamente, y que más adelante aparece vallado. A los 15.755 m se desprende un camino a la izquierda, mientras la vereda gira al S. por el camino de La Puebla (P176), ahora más ancho, incorporándose a los 16.250 m también un arroyo (P179), continuando igual hasta llegar a enlazar con la cañada de Ayamonte a Sevilla (P191), donde finaliza su recorrido, a los 16.924 m.

9. VEREDA DEL CAMINO DE SANLUCAR

FiCHA DE CARACTERISTICAS

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

DESCRIPCION

Esta vereda tiene su inicio en el cordel de Portugal y con anchura legal variable entre 8 y 10 m recorre de E. a O. el término a lo largo de 3.185 m hasta introducirse en el término de El Granado, donde se conoce como Colada del Camino de Sanlucar.

Arranca del cordel de Portugal (vía pecuaria núm. 2), junto a un vallado, a unos 50 m al oeste del entronque del camino de los Labradillos con la carretera de Villanueva de los

Castillejos a El Granado, Sin vestigio alguno, salvo una pequeña vaguada por la que discurre (P1), la vía pecuaria asciende en sentido suroeste entre terreno cultivado de la Dehesa Boyal, hasta llegar casi a los 245 m de su recorrido a una valla alambrada y un camino, a los que cruza a unos 100 m al sur de la carretera de Villanueva a El Granado. Sigue ascendiendo la vereda por una pequeña hasta cruzar, a los 600 m de su recorrido (P3), el camino de la Dehesa, a unos 20 m al sur del cruce actual de los caminos de la Dehesa y de Sanlúcar. Continúa con la misma dirección que traía hasta confrontar, a los 675 m, con el camino de Sanlúcar (P4), de unos 3 m de ancho, que a partir de ahora la vereda lo lleva en su seno hasta el final de su recorrido en el término municipal.

A los 935 m sale a la izquierda de la vía un camino, y

seguidamente la vereda cruza una alambrada por una portada (P10), encontrándose con unas rocas. Continúa la vereda con el camino de Sanlúcar en su seno, y a los 1.430 m le salen a la derecha un arroyo y un camino particular (P18). A los 2.180 m cruza por una portada otra alambrada que separa la finca Dehesa Boyal de la finca Medio Millar (P29), en donde se interna la vía entre terrenos de monte bajo, con el camino de Sanlúcar en su interior. Unos 135 m más adelante llega al pequeño pantano de Fuente de los Perros (P31 y foto núm. 15), que está a la izquierda del camino. A los 2.430 m cruza un arroyo (P33), y

350 m más adelante (P37) se llega a la portada de una alambrada que separa las fincas Medio Millar y Los Labradillos. A partir de aquí la vía pecuaria lleva en su interior la alambrada de separación entre ambas fincas y el camino de Sanlúcar hasta los

3.005 m (P40), en que dicha alambrada se desprende a la derecha, junto a un camino. La vereda, en dirección O., sigue por el interior de Los Labradillos, llevando en su interior una alambrada y los vestigios del camino de Sanlúcar, y finaliza su recorrido al llegar, a los 3.185 m (P41), a la divisoria con El Granado, por donde continúa.

10. COLADA DE LA ESPADA

FICHA DE CARACTERISTICAS

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

DESCRIPCION

Esta vía pecuaria de 5 m de anchura legal comienza en el cordel de Puerto Colorado (vía pecuaria núm. 3) y discurre por este término en dirección NE.-SO. durante 9.928 m, continuando en El Granado, donde se conoce de igual manera.

Arranca en sentido O. del arroyo Monte (P1), llevando durante unos 100 m como límite derecho el muro de piedra del Cercado de Ponce, llevando a la izquierda terrenos de la Dehesa Boyal hasta que, una vez pasada la cancela del cercado, la vereda va a llevar alojado siempre en su interior el camino de la Espada, hasta finalizar éste en La Pedrera de los Frailes. Inmersa en la Dehesa Boyal y girando progresivamente al S., la vía pecuaria atraviesa a los 390 m un arroyo dejando a su derecha un pequeño embalse (P9), asciende por el Cabezo de Tío

Silvestre, y con sentido SO. continúa dejando a la izquierda el Cabezo de la Tienda, cruzando el camino de la Dehesa por una cancela a los 1.100 m (P25).

Unos 260 m más adelante la vereda atraviesa un camino (P31), y después de pasar un arroyo cruza a los 1.600 m la cancela de un vallado (P34); deja a su izquierda un pantano a los 1.995 m (P5O), y 135 m después se desprende a la derecha la Carrera del Caballo, camino apenas perceptible (P53). A los 2.385 m la vía cruza la alambrada que conduce a la finca Los Labradillos (P60), 1.050 m más adelante, después de pasar otra cancela, atraviesa el camino de los Murtales (P93), que conduce a la casa de Bembalá, a unos 40 m a la derecha de la vereda. A partir de aquí el camino de la Espada está compactado hasta los

3.990 m, donde, al lado de un cortijo, se desprende un camino a la derecha de la vía pecuaria (P108), continuando ésta para dejar 250 m más adelante un camino a la derecha. A los 4.965 m en el paraje La Pedrera de los Frailes, la vereda llega a la mojonera de Villanueva con El Granado (P126 y foto núm. 16), justo donde se encuentra el vértice de la alambrada que divide las fincas Los Labradillos y Mesto y donde termina el camino de la Espada, del que se desprende hacia El Granado el camino de Antequera.

A partir de aquí, y hasta el final, la vía pecuaria toma como eje la mojonera entre Villanueva y El Granado, que coincide hasta los 5.555 m con el vallado que separa Los Labradillos a la derecha y Mesto a la izquierda (P137), y con el que separa Antequera y Mesto hasta los 6.275 m (P149). Sigue la vereda un corto trecho con un camino en su interior, atraviesa una portada (P150) y discurre por tierras de La Golondrina, en donde cruza a los 7.100 m el arroyo del Colmenar (P154), dejando unos 100 m a la derecha el pozo de la Golondrina.