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Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión Provincial de Precios de Granada, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el artículo 7 del Decreto
266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados, en la redacción dada por el Decreto 137/2000, de 16 de mayo,
R E S U E L V O
1.º Autorizar las tarifas de agua potable que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
AYUNTAMIENTO DE GOR (GRANADA)
Tarifas autorizadas
Concepto IVA excluido
Cuota fija o de servicio
Uso doméstico 200 ptas./trimestre
Cuota variable
Uso doméstico
De 0 hasta 15 m?/trimestre 22 ptas./m? Más de 15 hasta 25 m?/trimestre 27 ptas./m? Más de 25 hasta 35 m?/trimestre 37 ptas./m? Más de 35 m?/trimestre 100 ptas./m?
Derechos de acometida
Parámetro A: 1.967 ptas./mm
Parámetro B: 0 ptas./L/seg.
Fianzas
Calibre del contador en mm
132.600 ptas.
204.000 ptas.
255.000 ptas.
2.º Desestimar la cuota de contratación al no ajustarse a lo establecido en el artículo 56 del Reglamento del Suministro Domiciliario de Agua.
Esta Resolución surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada ante el titular de esta Consejería en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos
114 y 115 en relación con el 48 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, 16 de octubre de 2000.- El Viceconsejero, José Salgueiro Carmona.
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