Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 138 de 30/11/2000

3. Otras disposiciones

Otros. CAMARA DE CUENTAS DE ANDALUCIA

RESOLUCION de 14 de noviembre de 2000, por la que se ordena la publicación del Informe de Fiscalización de determinadas Areas del Ayuntamiento de Huelva, correspondientes al ejercicio 1998.

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En virtud de las facultades que me vienen atribuidas por el artículo 21 de la Ley 1/1988, de 17 de marzo, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, y del acuerdo adoptado por el Pleno de esta Institución, en la sesión de 17 de octubre de 2000,

R E S U E L V O

De conformidad con el art. 12 de la citada Ley 1/1988, ordenar la publicación del Informe de Fiscalización de determinadas Areas del Ayuntamiento de Huelva, correspondiente al ejercicio 1998.

Sevilla, 14 de noviembre de 2000.- El Consejero Mayor, Rafael Navas Vázquez.

FISCALIZACION DE DETERMINADAS AREAS DEL AYUNTAMIENTO DE HUELVA

Ejercicio 1998

El Pleno de la Cámara de Cuentas de Andalucía, en su sesión celebrada el día 17 de octubre de 2000, con asistencia de cinco de sus siete miembros, ha acordado aprobar por unanimidad de los presentes el Informe de Fiscalización de determinadas Areas del Ayuntamiento de Huelva, correspondiente al ejercicio 1998.

INDICE

I. Introducción.

I.1 Objetivo, alcance y metodología.

I.2 Limitaciones al alcance.

II. Areas de Fiscalización.

II.1 Tramitación del presupuesto y su liquidación. II.2 Operaciones de préstamos a corto y largo plazo. II.3 Carga financiera de la Corporación al 31 de diciembre de

1998.

II.4 Tesorería de la Corporación.

II.5 Incidencia de los derechos pendientes de cobro en el remanente de Tesorería.

II.6 Análisis de las variables ahorro bruto y ahorro neto.

III. Análisis sobre la evolución económico-financiera del Ayuntamiento de Huelva.

IV. Conclusiones y recomendaciones.

V. Estados contables.

- Balance de situación.

- Cuenta de resultados.

- Liquidación del presupuesto.

- Remanente de Tesorería.

- Estado de Tesorería.

VI. Estados contables ajustados.

VII. Anexo I.

Criterios para determinar los derechos que pudieran considerarse de difícil materialización según los artículos 172 de la Ley de Haciendas Locales y 101 y siguientes del Real Decreto 500/90.

VIII. Alegaciones al contenido del informe.

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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