Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 140 de 05/12/2000

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Consejería de Salud

RESOLUCION de 25 de octubre de 2000, de la Delegación Provincial de Córdoba, por la que se hace pública la Resolución que se cita.

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A los efectos previstos en el art. 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, e intentada sin efectos la notificación de la Resolución recaída en el expediente iniciado por esta Delegación Provincial a la industria propiedad de «Juan Gámez Aguilera, S.A.¯ para que formulase solicitud de Convalidación o Baja en el Registro General Sanitario de Alimentos, se pone en su conocimiento que, con fecha 18 de septiembre de 2000, se ha procedido por parte de la Ilma. Sra. Directora General de Salud Pública y Participación a dictar la siguiente Resolución:

«Visto el expediente de la industria propiedad de Juan Gámez Aguilera, S.A., con núm. R.S.: 30.0001131/CO, dedicada a la actividad de:

Fabricación y/o elaboración y/o transformación de: Aguardientes, grandy, ginebra, ron, vodka, licores, anís. Envasado de: Aguardientes, licores.

Con domicilio en Ronda de Priego, 2, de Rute (Córdoba).

I. ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Con fecha 31.1.1980 la mencionada industria quedó inscrita en el Registro General Sanitario de Alimentos.

Segundo. Con fecha 13.7.2000 (núm. salida 19930 de

14.7.2000), se le requiere por carta con acuse de recibo para que formule la solicitud de Convalidación o de Baja en el plazo de 10 días.

Tercero. Con fecha 18.7.2000 el interesado recibe el requerimiento, sin presentar solicitud alguna en el plazo establecido.

Cuarto. Con fecha 18.8.2000 tiene entrada en la Consejería de Salud la Propuesta de Anulación de la Autorización Sanitaria de Funcionamiento debidamente motivada.

II. FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Que esta Dirección General es competente para adoptar la resolución pertinente, en virtud de las atribuciones que le confiere el artículo 6.º del Decreto 245/2000, de 31 de mayo, por el que se establece la Estructura Orgánica Básica de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluz de Salud.

Segundo. Que, revisada la documentación mencionada, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9.2 del R.D./91, de

29 de noviembre, sobre Registro General Sanitario de Alimentos, la cancelación de los asientos registrales se producirá a petición del interesado o de oficio por razones de exactitud en el Registro.

Vistos los antecedentes expuestos, normativa citada y demás de general aplicación, esta Dirección General

R E S U E L V E

Primero. La Anulación de la Autorización Sanitaria de Funcionamiento y, en consecuencia, se procede a la cancelación de la Inscripción de la industria.

Segundo. Notificar la presente resolución al interesado, con la indicación de que, si desea impugnarla, podrá interponer, de conformidad con lo previsto en el artículo 114 de la Ley/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, recurso de alzada ante el Ilmo. Sr. Viceconsejero de Salud en el plazo de un mes.

Sellado y rubricado: La Directora General, M.ª Antigua Escalera Urkiaga.¯

Córdoba, 25 de octubre de 2000.- El Delegado, Jesús M.ª Ruiz García.

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