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En cumplimiento del artículo 15 de la Orden de 3 de enero de 2000 (BOJA núm. 8, de 22 de enero de 2000), por la que se regula la Cooperación con las Diputaciones Provinciales y los Ayuntamientos de municipios con población superior a los veinte mil habitantes, pertenecientes a la Comunidad Autónoma de Andalucía, en materia de Servicios Sociales Comunitarios, se da publicidad al siguiente Convenio:
Convenio de Cooperación entre la Consejería de Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de Andújar para el desarrollo de Servicios Sociales Comunitarios
Financiación:
- M.º de Trabajo y Asuntos Sociales (Plan Concertado):
77.254.800 ptas.
- Consejería de Asuntos Sociales (Plan Concertado): 98.860.440 ptas.
D. G. Atención al Niño.
Para los programas: Ayudas económicas familiares: 6.401.115 ptas.
Total M.A.S. más C.A.: 182.516.355 ptas.
- Diputación: 458.768.833 ptas.
Total Convenio: 641.285.188 ptas.
Sevilla, 15 de noviembre de 2000.- La Secretaria General Técnica, M.ª Angeles Martín Vallejo.
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